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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (27/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 180623 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 1999 Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolu- ción no ocasionará gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE DIAZ ORTEGA Presidente del Consejo Directivo (e) 14770 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican Estructura Orgánica y Re- glamento de Organización y Funcio- nes de la Municipalidad EDICTO Nº 004- 99-MDA Ate, 30 de setiembre de 1999. EL ALCALDE DEL CONCEJO DISTRITAL DE ATE; VISTO; El Dictamen Nº 038-99-C.E.PyPPTO, de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto, así como el Dictamen Nº 019-99-CAL, de la Comisión de Asuntos Legales y el Informe Nº 049-99-DPDL/MDA, de la Dirección de Planificación del Desarrollo Local, respec- to a la modificación de la Estructura Orgánica y el Regla- mento de Organización y Funciones, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ate, es un órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, son organismos de derecho público que de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Constitución Política del Estado tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales, afrontan nuevas y comple- jas situaciones socioeconómicas producto del actual pro- ceso de globalización de las economías a escala internacio- nal, proceso que conlleva velocidad en el incremento del conocimiento, constantes avances tecnológicos y mayores niveles de comunicación; todo lo cual condiciona las for- mas de realizar el trabajo humano y el papel de las Instituciones; Que, la actual administración municipal tiene entre sus objetivos convertir al distrito de Ate en una ciudad moderna con bienestar y oportunidades de desarrollo para todos los vecinos, realizando por ello la Reforma Municipal, aprobando Mediante Edicto Nº 003-99-MDA, del 14 de mayo de 1999, el nuevo organigrama estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de la Muni- cipalidad Distrital de Ate; Que, la Dirección de Planificación del Desarrollo Local ha realizado la evaluación de la Implantación de la Refor- ma Municipal, en la cual ha determinado la necesidad de realizar ajustes en la organización a efectos de lograr una mayor eficiencia en los temas que por su naturaleza requieren un nivel de coordinación más directa y estrecha con la alta Dirección; Que, conforme a la Ley de Desarrollo Constitucional, en este caso, la Ley Orgánica de Municipalidades, corres- ponde al Concejo aprobar el régimen de Organización Interior de la Municipalidad, así como las funciones admi- nistrativas de los servicios públicos municipales; Que, de acuerdo al Dictamen Nº 038-99-C.E.P.yPPTO. de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto, el Dictamen Nº 019-C.A.L., de la Comisión de Asuntos Legales y el Informe Nº 049-99-DPDL/MDA, de la Direc- ción de Planificación del Desarrollo Local, analizados y aprobado en la Sesión Extraordinaria del 30-9-99 y con el voto Unánime de los Sres. Regidores; y al amparo de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Inc. 1), Arts. 10º y 110º segundo párrafo, se ha dado, el siguiente: EDICTO QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo 1º.- Crear la Oficina de Inversiones en Infra- estructura; debiendo incorporarse en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Ate, los siguientes artículos: a) Incorporar en el Reglamento de Organización y Funciones ROF el artículo correspondiente al objeto de la Oficina de Inversiones e Infraestructura, el mismo que se detalla a continuación: Objeto.- La Oficina de Inversiones en Infraestructu- ra, es un Organo de Gestión de la Alta Dirección tiene por objeto la realización de las Inversiones Públicas de la Municipalidad Distrital de Ate, en función al Plan de Inversiones elaborado con la Dirección de Planificación del Desarrollo Local y aprobado por el Concejo; así como la promoción y aprobación de las habilitaciones y renova- ción urbana dentro de la Jurisdicción del Distrito. Está a cargo de un Director quien depende del Direc- tor Municipal. b) Incorporar en el Reglamento de Organización y Funciones el Artículo correspondiente a las funciones de la Oficina de Inversiones en Infraestructura, el mismo que se detalla a continuación: Funciones.- Las funciones de la Oficina de Inversio- nes en Infraestructura son: 1. Programar, organizar, dirigir y controlar las accio- nes relacionadas con la elaboración de los estudios defini- tivos de obras de inversión pública Municipal. 2. Programar, organizar, dirigir y controlar las accio- nes relacionadas con la ejecución de obras públicas muni- cipales. 3. Programar, organizar dirigir y controlar las accio- nes relacionadas con la supervisión de las obras públicas municipales. 4. Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con la promoción de la habilitación y renovación urbana. 5. Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con el otorgamiento de las autoriza- ciones y certificaciones referente a terrenos rústicos que comprende la habilitación, la regularización, la subdivi- sión, independización del uso del suelo y alineamiento. 6. Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con la promoción de la inversión en la ejecución de obras de infraestructura necesaria para el desarrollo del Distrito con la participación de la población organizada. c) Incorporar en el Reglamento de Organización y Funciones al artículo correspondiente a las competencias de la Oficina de Inversiones en Infraestructura, el mismo que se detalla a continuación. Competencias.- Las competencias de la Oficina de Inversiones en Infraestructura son: 1. Ejecutar el Plan de Acción y Presupuesto Municipal correspondiente a la Oficina de Inversiones en Infraes- tructura , disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, mate- riales y equipos asignados. 2. Proponer al Director Municipal el Plan de Inversio- nes Públicas Municipales, para cada periodo anual, en coordinación con la Dirección de Planificación del Desa- rrollo Local. 3. Proponer modalidades de ejecución de estudios y obras.