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Pág. 180624 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 1999 4. Integrar el Comité Especial de Licitaciones para estudios, ejecución y supervisión de inversiones públicas municipales 5. Aprobar las valorizaciones de avance de estudios, ejecución y supervisión de obras públicas municipales. 6. Dar conformidad a la recepción de las Obras Públi- cas municipales y dictaminar sobre el cumplimiento de los contratos y la liquidación de los estudios, ejecución y supervisión de las obras públicas contratadas. 7. Proponer al Director Municipal los planes de reno- vación urbana en coordinación con la Dirección de Plani- ficación del Desarrollo Local. 8. Representar a la Municipalidad ante organismos públicos, privados, nacionales o internacionales para la coordinación de actividades relacionadas con la promo- ción de la renovación urbana. 9. Proponer a la Alta Dirección los estudios y progra- mas de inversión privadas en infraestructura pública, dictaminando sobre los proyectos de infraestructura pú- blica por iniciativa privada. Artículo 2º.- Derogar el Item IV, del punto d, del inciso 5, del Artículo 13º, los incisos 2), 4) y 5) del Artículo 69º, los incisos 5), 6), 7) y 8) del Artículo 72º, el inciso 6), del Artículo 73º, el inciso 4), del Artículo 76º; los Artículos 80º, 81º y 82º, el inciso 9) del Artículo 99º y los incisos 2),4) y 5) del Artículo 100º del Edicto Nº 003-MDA, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Ate, aprobado el 14 de mayo de 1999. Artículo 3º.- Modificar los Artículos 13º, 68º, 71º, 73º, 93º, 98º, 99º, 100º y 102º, del Edicto Nº 003-MDA, del 14 de mayo de 1999, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: Artículo 13º.- Estructura de la organización mu- nicipal.- La Municipalidad Distrital de Ate tendrá la siguiente estructura de organización: 1. Organos de Gobierno Local: a) Concejo Municipal b) Alcaldía 2. Organo de Control del Gobierno Local: a) Auditoría Interna 3. Organo Consultivo y Organo de Coordinación del Gobierno Local: a) Concejo Económico Social b) Comités Comunales c) Comité Distrital de Defensa Civil d) Comité de Apoyo Social 4. Organos de Apoyo del Gobierno Local: a) Secretaría General b) Secretaría de Cooperación y Relaciones Internacio- nales c) Secretaría de Prensa y Relaciones Públicas. 5. Organos de Gestión Municipal: a) Comité de Gestión b) Dirección Municipal i. Oficina de Inversiones en infraestructura ii. Oficina de Asuntos Legales y Judiciales c) Dirección de Administración i. Subdirección de Personal ii. Subdirección de Informática iii. Subdirección de Finanzas iv. Subdirección de Logística d) Dirección de Servicios Municipales i. Subdirección de Servicios Públicos ii. Subdirección Autorizaciones, Certificaciones y Re- gistros iii. Subdirección de Fiscalización y Control e) Dirección de Seguridad Ciudadana i. Subdirección de Serenazgo y Policía Municipal ii. Subdirección de Defensa Civil f) Dirección de Participación Ciudadanai. Subdirección de Promoción Humana y Social ii. Subdirección de Promoción de la Economía Local iii. Subdirección de Promoción Educativa, Cultural y Deportiva g) Dirección de Planificación del Desarrollo Local i. Subdirección de Planificación y Presupuesto ii. Subdirección de Catastro y Estadística iii. Subdirección de Desarrollo Institucional La estructura de la organización de la Municipalidad Distrital de Ate se representa de manera gráfica en el Organigrama, el cual está contenido en hoja anexa, for- mando parte integrante de este Edicto. Artículo 68º.- Objeto.- La Dirección de Servicios Municipales, es un órgano de gestión de la Dirección Municipal, tiene como objeto brindar los servicios públi- cos locales; emitir las autorizaciones certificaciones, con- cesiones y adjudicaciones en el ámbito de su competencia y jurisdicción; orientar y difundir los servicios adminis- trativos requeridos por la comunidad, administrando el proceso de gestión documentaria y el archivo general de la Municipalidad; cautelar el cumplimiento de las normas y disposiciones municipales administrativas. Está a cargo de un Director, quien depende del Direc- tor Municipal. Artículo 71º.- Objeto.- La Subdirección de Servicios Públicos es un órgano de Gestión de la Dirección de Servicios Municipales, tiene como objeto desarrollar las actividades de; supervisión de los servicios públicos, equi- pamiento, ampliación y de áreas verdes, saneamiento ambiental, mantenimiento vial y de mobiliario urbano. Está a cargo de un Subdirector, quien depende del Director de Servicios Municipales. Artículo 73º.- Competencias.- Las competencias de la Subdirección de Servicios Públicos son: 1. Ejecutar el Plan de Acción y Presupuesto Municipal correspondiente a la Subdirección de Servicios Públicos, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presu- puestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados. 2. Proponer políticas y normas para la adecuada pres- tación de servicios públicos que brinda la municipalidad en administración de mercados minoristas. 3. Proponer la contratación de terceros para la ejecu- ción y supervisión de los servicios públicos locales, defi- niendo las modalidades del servicio, las condiciones técni- cas y la estructura de costos. 4. Dar la conformidad de los servicios prestados por terceros para atención o supervisión de los servicios públicos locales. 5. Imponer sanciones y penalidades a los operadores de los servicios públicos locales por incumplimiento de las normas técnicas, legales y contractuales en la operación del servicio. 6. Otorgar la autorización de uso y celebración de contratos de alquiler de puestos de venta, servicios higié- nicos y servicios de almacenamiento y refrigeración en mercados minoristas. 7. Representar a la Municipalidad ante organismos internos y externos para las coordinaciones de las activi- dades en el ámbito de su competencia. 8. Asesorar a la Alta Dirección en el ámbito de su competencia. 9. Cumplir con las demás competencias que le asigne el Director de Servicios Municipales. Artículo 93º.- Funciones.- Las funciones de la Direc- ción de Participación Ciudadana son: 1. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de promoción social, integrando a la pobla- ción en la gestión Municipal; así como integrar plenamen- te a la vida de la Comunidad a las personas en condición vulnerable. 2. Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con promoción de la vivienda y la recuperación de inmuebles y ambientes monumentales de valor artístico y/o histórico-arquitectónico del Distrito de Ate. 3. Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con promoción y administración de los