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Pág. 180597 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 1999 Dan de baja insumos químicos deco- misados por tráfico ilícito de drogas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1149-99-IN-1101 Lima, 22 de noviembre de 1999 Visto, el Informe Técnico Nº 011-99-IN/1105 de fecha 12.NOV.99, formulado por la Oficina de Drogas e Insumos Químicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), recomienda la Neutralización Química, Dilución, Eliminación y/o Destrucción de los Insumos y Químicos decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o excedentes de las diversas empresas que utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, que se encuentran bajo custodia de la OFECOD en el Depó- sito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial - Lima, por mal estado de conservación y sus propiedades físico químicas inherentes, y por representar un peli- gro para la integridad física del personal que labora en dicho Depósito. CONSIDERANDO: Que, el Art. 66º del D.L. Nº 22095, Ley General de Drogas, dispone el decomiso de los Insumos Químicos empleados en la producción y fabricación ilícita de drogas; Que, el Art. 1º del D.L. Nº 25623, dispone que los "Productos e Insumos Químicos directa e indirectamente destinados a la elaboración de Pasta Básica de Cocaína; Pasta Lavada y Clorhidrato de Cocaína, estarán sujetos a control y fiscalización"; Que, bajo custodia de la OFECOD en el Depósito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial - Lima, se encuentran: Ciento cincuenta y tres kilogramos con treinticinco gramos (153,035 kg.) de ACETONA; Tres- cientos sesenta y seis kilogramos con setecientos gra- mos (366,700 kg.) de ACIDO CLORHIDRICO; Dos- cientos noventa y cuatro kilogramos (294,000 kg.) de ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO); Un kilogra- mo con trescientos gramos (1,300 kg.) de ACIDO NI- TRICO; Doscientos setenta y dos kilogramos con seis- cientos cuarenta gramos (272,640 kg.) de ACIDO SUL- FURICO; Novecientos gramos (0,900 kg.) de ACIDO SULFURICO DILUIDO; Ciento veintiún kilogramos con trescientos gramos (121,300 kg.) de AMONIACO; Cincuenta y tres kilogramos (53,000 kg.) de BENCE- NO; Ciento setenta y tres kilogramos con quinientos gramos (173,500 kg.) de CARBON ACTIVADO; Quin- ce kilogramos con novecientos gramos (15,900 kg.) de CARBONATO DE CALCIO; Ciento veintidós kilogra- mos con quinientos ochenta y cinco gramos (122,585 kg.) de CARBONATO DE SODIO; Dos kilogramos (2,000 kg.) de CLORURO DE AMONIO; Doscientos veinte kilogramos con quinientos gramos (220,500 kg.) de CLORURO DE CALCIO; Ocho kilogramos (8,000 kg.) de CLORURO y CARBONATO DE CAL- CIO; Un kilogramo (1,000 kg.) de ETER; Seiscientos gramos (0,600 kg.) de ETER ETILICO; Quince kilogra- mos (15,000 kg.) de HIDROXIDO DE AMONIO; Tres kilogramos con ochocientos gramos (3,800 kg.) de MEZCLA DE SOLVENTES; Trece kilogramos con ochocientos gramos (13,800 kg.) de OXIDO DE CAL- CIO; Cuarenta y seis kilogramos con seiscientos no- venta gramos (46,690 kg.) de PERMANGANATO DE POTASIO; Un kilogramo con quinientos gramos (1,500 kg.) de PERMANGANATO DE POTASIO EN SOLU- CION; Veintiséis mil trescientos dieciséis kilogramos con setecientos veinticinco gramos (26 316,725 kg.) de SULFATO DE SODIO; Siete kilogramos con cuatrocientos quince gramos (7,415 kg.) de TOLUE- NO; Noventa y un kilogramos con quinientos gramos (91,500 kg.) de UREA; haciendo un total de Veintiocho mil trescientos tres kilogramos con trescientos noven- ta gramos (28 303,390 kg.) de Insumos Químicos diver- sos; decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o exce- dentes de las diversas empresas que utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, considerando que todos los Insumos Químicos mencionados anteriormente se encuentran en mal estado de conservación, dada sualta toxicidad y propiedades físico químicas represen- tan un peligro para la integridad física del personal que labora en dicho depósito, por lo que resulta nece- sario proceder a su inmediata Neutralización Quími- ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción; De conformidad, a lo establecido en el Art. 79º Inc. d), del D.L. Nº 22095, D.L. Nº 25623 y D.S. Nº 008-93-ITINCI del 28.MAY.93; y, Estando, a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar de baja a Veintiocho mil tres- cientos tres kilogramos con trescientos noventa gra- mos (28 303,390 kg.) de Insumos Químicos diversos, decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o exceden- te de las diversas empresas que utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, que se encuentran bajo custodia de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas en el Depósito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial - Lima, procediendo a su inmediata Neutralización Química, Dilución, Eliminación y/o Destrucción. Artículo 2º.- En el Acto de Neutralización Quími- ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción, estarán presentes el representante del Ministerio Público; el Director General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD); representante de la Policía Nacio- nal del Perú; Directora de la Dirección de Drogas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Dro- gas (DIGEMID) del Ministerio de Salud; representan- te del Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos, quienes formularán el Acta de Neutralización Quími- ca, Dilución, Eliminación y/o Destrucción respectiva, la que será debidamente firmada por los representan- tes mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14645 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1150-99-IN-1101 Lima, 22 de noviembre de 1999 Visto, el Informe Técnico Nº 011-99-IN/1105 de fecha 12.NOV.99, formulado por la Oficina de Drogas e Insumos Químicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), en el cual están comprendidos Insumos Químicos decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o excedentes de las diversas empresas que utilizan Insumos Químicos Fiscalizados y otros, que se encuentran bajo custodia de la OFECOD en el Depó- sito Oficial de Insumos Químicos Pro-Industrial Lima, en cuyo informe se recomienda su Comercialización y/ o Transferencia por encontrarse en buenas condicio- nes y estado de conservación, pero debido a que se viene incrementando el internamiento de Insumos Químicos por TID y/o excedentes de las empresas, así como por no cumplir con las normas técnicas de alma- cenaje ha resultado que el volumen de los Insumos Químicos almacenados ha cubierto la capacidad máxi- ma de almacenamiento, por lo que se recomienda su Neutralización Química, Dilución, Eliminación y/o Des- trucción de los Insumos Químicos; CONSIDERANDO: Que, el Art. 66º del D.L. Nº 22095, Ley General de Drogas, dispone el decomiso de los Insumos Químicos empleados en la producción y fabricación ilícita de drogas; Que, el Art. 1º del D.L. Nº 25623, dispone que "Los Productos e Insumos Químicos directa e indirectamente destinados a la elaboración de Pasta Básica de Cocaína;