Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1999 (07/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de octubre de 1999

Que, es responsabilidad de los senores Decanos, la direccion y administracion de las referidas unidades academicas, debiendo exigir a los graduados el cumplimiento del requisito previo, como es el de rendir el Examen de Suficiencia Profesional, modalidad aprobada por esta Universidad, segun el Reglamento de Estudios y Titulacion, aprobado mediante Resolucion Nº 307-94-R-UNE, de fecha 18 de MORDAZA de 1994, hecho que no ha ocurrido en el presente caso, incumpliendose lo normado en los articulos Art. 63 e incs. c), i), del Art. 69° del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion N° 223-88-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988; Que, el incumplimiento de las funciones y atribuciones inherentes al cargo de Decano por parte de los servidores docentes procesados, al tramitar irregularmente la obtencion de Titulos Profesionales de Licenciado en Educacion por la Modalidad Automatico, ha originado gastos diversos a los Bachilleres involucrados en el presente caso, refiriendo el organo de Auditoria Interna que los gastos aproximadamente ascienden a la suma de S/. Once mil, Ciento veinte y 00/100 Nuevos Soles; Que, asimismo, el organo de control, refiere que los Ex Decanos de las Facultades de Humanidades y Ciencias de esta MORDAZA Superior de Estudios, habrian incumplido lo previsto en el inciso c) del articulo 69° del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion N° 22388-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988, toda vez que se aprecia falta de control, custodia y supervision de los Resoluciones Decanales, expedidas por las referidas facultades, por el periodo comprendido entre el 1° de MORDAZA de 1996 al 30° de junio de 1999; asi como los Libros de Actas de los Consejos de Facultad de Humanidades y Ciencias no se encuentran legalizados notarialmente; asimismo los libros de cargo de las Resoluciones Decanales expedidas por las precitadas facultades, no se encuentran registradas las firmas de las personas a favor de quienes se expidieron tales Resoluciones, por lo que los referidos ex Decanos habrian incurrido en falta prevista en el inciso a) del Articulo 28° del Decreto Legislativo N° 276; Que, en consecuencia, como se advierte de los hechos descritos en el referido Informe N° 004-99-UNE/OAI emitida por la Oficina de Auditoria Interna, cometidas presuntamente por los senores Ex Decanos de las Facultades de Humanidades y Ciencias de esta MORDAZA Superior de Estudios, los mismos que habrian transgredido lo dispuesto en los Art. 3° y 5° de la Resolucion N° 114-92- R-UNE, de fecha 24 de febrero de 1992 y Resolucion Nº 307-94-R-UNE, de fecha 18 MORDAZA de 1994, donde se aprueba el Reglamento de Estudios y el Reglamento de Titulacion de la UNE, concordante con los articulos 22°, 23° de la Ley Universitaria N° 23733, modificada por el Art. 1° del Decreto Legislativo N° 739 de fecha 8 de noviembre de 1991 respectivamente; Que, mediante Oficio N° 694-99-DE/SG, de fecha 2 de agosto de 1999 expedida por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), remite a la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA el Informe Nº 291-99AL, expedida por la Oficina de Asesoria Legal del precitado ente rector, senalando que la terminacion de los estudios profesionales no es suficiente para acceder automaticamente al Titulo profesional; siendo necesario una evaluacion previa es decir debe rendir el Examen de Suficiencia Profesional, u otra alternativa autorizada legalmente, para aprobar el otorgamiento del Titulo Profesional correspondiente, ratificando en consecuencia lo expuesto por el organo de control interno; En consecuencia la Oficina de Auditoria Interna de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, ha determinado presunta responsabilidad en la gestion administrativa y Academica de los senores docentes Mg. MORDAZA Sumarriva MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Decanos de la Facultades de Ciencias y Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Decanos de la Facultad de Humanidades respectivamente, por haber indebidamente aprobado el otorgamiento de Titulos Profesionales de Licenciado en Educacion por la Modalidad Automatica, mediante la expedicion de diecisiete Resoluciones Decanales, contraviniendo lo normado en el articulo 22° de la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, modificada por el articulo 1° del Decreto Legislativo N° 739 y demas disposiciones academicas y administrativas vigentes, inobservandose el Articulo 21° inciso a) y d), del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo por tanto en falta prevista en el inciso d) del Art. 28 de la citada Ley concordante con el inciso b) del articulo 51° de la Ley N° 23733- Ley Universitaria;.

Que, mediante Resolucion Nº 0728-99-PCR-UNE de fecha 25 de agosto de 1999, se acepta la renuncia al cargo de Docente Ordinaria en la categoria de Profesora Principal D.E. (40 horas), adscrita a la Facultad de Humanidades de la U.N.E., formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VARGAS; Que, los precitados servidores docentes, habrian incumplido, lo prescrito en los articulos Art. 63 e inc. c) del Art. 69° del Reglamento General de la UNE 449° concordante con los incisos a y b) del articulo 451°, inciso a) del Articulo 452º, 456º e inc. f) del Articulo 453º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion N° 223-88-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988 concordante con el Articulo 25°, incisos a), b), d), del articulo 28 del Decreto Legislativo N° 276 y articulo 163°, 173°, 174º del Decreto Supremo N° 00590-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, es necesario indicar que el Informe N° 004-99/OAI evacuado por la Oficina de Auditoria Interna de la UNE constituye prueba plena Pre -Constituida de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del articulo 16 de la ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, para la iniciacion de procesos administrativos y disciplinarios en las entidades publicas; y, De conformidad con lo previsto en el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el inc. b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria; y, En uso de sus atribuciones conferidas en el Articulo 4° de la Ley Nº 26457, modificado por el Articulo 3° de la Ley No. 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 y a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM, de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE : Articulo 1º.- INSTAURAR, MORDAZA administrativo disciplinario contra docentes ordinarios y ex Docente cesante de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, por haber incurrido en la comision de faltas de caracter disciplinario, conforme a los fundamentos de hecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, los mismos que a continuacion se indican:
q Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Profesora Principal D.E. (40 horas) - Cesante q Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Profesor Principal D.E. (40 horas) q Mg. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Profesor Principal D.E. (40 horas) q Mg. MORDAZA Sumarriva MORDAZA Profesora Principal T.C. (40 horas)
Ex Decana de la Facultad de Humanidades. Ex Decano de la Facultad de Humanidades. Ex Decano de la Facultad de Ciencias. Ex Decana de la Facultad de Ciencias.

Articulo 2º.- NOTIFICAR y CONCEDER, el plazo de cinco (5) dias habiles a los servidores docentes y ex Docente, descritos en el articulo precedente, a fin que cumplan con realizar sus descargos por escrito y las pruebas que estimen conveniente para su defensa. Articulo 3º.- REMITIR, a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, el Informe N° 004-99-UNE/OAI expedida por la Oficina de Auditoria Interna de la UNE, referentes a los resultados del "Examen Especial al Otorgamiento de Titulos de Licenciado por la Modalidad Automatica por parte de las Facultades de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle", con el objeto de establecer el grado de responsabilidad de los referidos docentes y recomendar las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar, sin perjuicio de las acciones civiles y penales correspondientes. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR, La presente Resolucion a la Comision de Educacion y Cultura del Congreso de la Republica, Asamblea Nacional de Rectores y a la Contraloria General de la Republica para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 5º.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

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