Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 1999 (09/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 1999

ECONOMIA Y FINANZAS

MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12921

Aprueban transferencia de inmuebles de propiedad del Banco Minero del Aprueban transferencia de inmuePeru en Liquidacion, a favor del Minis- ble de propiedad del Banco de Vivienda del Peru en Liquidacion, a faterio de Relaciones Exteriores vor de la Superintendencia de BieDECRETO SUPREMO Nº 160-99-EF nes Nacionales EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de la Republica de Bolivia ha presentado al Gobierno de la Republica del Peru reclamos por los danos sufridos en su sede diplomatica en MORDAZA como consecuencia de atentados terroristas perpetrados en 1987 y 1992, los cuales ascienden a US$ 149 000,00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas del 18 de MORDAZA de 1961, ratificada por el Gobierno de la Republica del Peru, ha establecido que es practica comun en la via diplomatica que los Estados receptores, en este caso Peru, resarzan los danos que puedan haber sufrido las propiedades de los paises acreditados en su territorio; Que, en el MORDAZA de las conversaciones sostenidas por ambos gobiernos se ha acordado la transferencia, en pago y cancelacion de los indicados reclamos, de dos inmuebles de propiedad del Banco Minero del Peru, en Liquidacion, con cargo y a cuenta de la deuda que este le tiene al Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en consecuencia es necesario aprobar la transferencia de los inmuebles de propiedad del Banco Minero del Peru, en Liquidacion, ubicados en el octavo piso del edificio situado en la primera cuadra de la MORDAZA Bolivia, en la jurisdiccion del distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que este en nombre del Gobierno de la Republica del Peru lo transfiera en propiedad privada a la Republica de Bolivia; De conformidad con los incisos 1), 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999-; DECRETA: Articulo 1º.- TRANSFERENCIADEINMUEBLES.-Apruebase la transferencia en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, de los inmuebles de propiedad del Banco Minero del Peru, en Liquidacion, referidos en el MORDAZA considerando de esta norma. Articulo 2º.- CARACTER ONEROSO DE LAS TRANSFERENCIAS.- Las transferencias de los citados inmuebles constituidos por un departamento con un valor comercial de US$ 40 600,72 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS Y 72/100 DOLARES AMERICANOS) y dos mezzanines con un valor comercial de US$ 79 860,29 (SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 29/100 DOLARES AMERICANOS), los cuales hacen un valor total de US$ 120 461,01 (CIENTO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN Y 01/100 DOLARES AMERICANOS) se realizaran con cargo y a cuenta de la deuda que tiene el Banco Minero del Peru, en Liquidacion con el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- AUTORIZACION A RELACIONES EXTERIORES.- Autorizase al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que en nombre del Gobierno de la Republica del Peru, transfiera en propiedad privada los inmuebles descritos en la parte considerativa de esta MORDAZA legal, en favor de la Republica de Bolivia, conforme a la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas del 18 de MORDAZA de 1961, cumpliendose de esta manera con la cancelacion del resarcimiento solicitado por el Gobierno de la Republica de Bolivia por los danos sufridos en su sede diplomatica de MORDAZA, como consecuencia de atentados terroristas perpetrados en 1987 y 1992. El Ministerio de Relaciones Exteriores suscribira la documentacion necesaria para formalizar la transferencia en propiedad privada de los inmuebles citados a la Republica de Bolivia, debiendo informar de ello a la Superintendencia de Bienes Nacionales para que efectue los registros correspondientes. Articulo 4º.- COMPENSACION DE OBLIGACIONES.Autorizase a la Comision Administradora de Carteras y a la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a efectuar los ajustes que MORDAZA necesarios en las correspondientes cuentas, por efecto de las transferencias autorizadas en este dispositivo legal. Articulo 5º.- REFRENDO DE LA NORMA.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica DECRETO SUPREMO Nº 162-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 03295, se encargo a la Comision Administradora de Carteras la conduccion de los procesos de liquidacion del Banco Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru, en Liquidacion; Que el Banco de la Vivienda del Peru, en Liquidacion, es propietario del inmueble ubicado con frente a la Alameda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, (Alameda 3) lote Nº 2, Proyecto "Los Proceres", distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la referida Comision Administradora de Carteras, ha informado al Ministerio de Economia y Finanzas que el Banco de la Vivienda del Peru, en Liquidacion, tiene un Patrimonio Neto positivo y que la transferencia del inmueble al que se refiere el considerando precedente no afectaria el MORDAZA de liquidacion; Que, en ese sentido es conveniente autorizar la transferencia del mencionado bien inmueble a titulo oneroso, al valor de tasacion determinado por el Consejo Nacional de Tasaciones CONATA a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales, para que esta lo asigne a una entidad que se encargue de conducir un centro cultural, educativo y recreativo para las ninas y ninos del Peru en el referido predio; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la transferencia del inmueble de propiedad del Banco de Vivienda del Peru, en Liquidacion, ubicado con frente a la Alameda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA (Alameda 3), lote de terreno Nº 2, Proyecto "Los Proceres", distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales, para que esta, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia, lo asigne a una entidad que se encargue de conducir un centro cultural, educativo y recreativo para las ninas y ninos del Peru en dicho predio. Articulo 2º.- La transferencia a la que se refiere el articulo precedente, se realizara a titulo oneroso al valor de tasacion establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA-, ascendente a la suma de US$ 1 663 778,85 (UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 85/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a la participacion que corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas en el Patrimonio Neto resultante de la liquidacion de dicho banco. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 12934

EDUCACION
Aceptan renuncia de Viceministra de Gestion Pedagogica
RESOLUCION SUPREMA Nº 139-99-ED MORDAZA, 8 de octubre de 1999

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