Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (22/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 179559 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de octubre de 1999 mantendrán sus funciones sobre el saneamiento físico - legal de las posesiones informales y, consecuentemente, podrán seguir emitiendo las Resoluciones y/o actos admi- nistrativos de carácter general e individual que corres- pondan en los procedimientos sobre el particular. En estos casos, dichas entidades deberán poner en conoci- miento de COFOPRI el contenido de las Resoluciones y/o actos administrativos emitidos sobre los procedimientos de saneamiento físico - legal de posesiones informales, dentro de los tres (3) días siguientes a su aprobación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El procedimiento de asunción de competen- cia previsto en esta Directiva se ejecutará progresivamente por distrito, área geográfica y/o posesiones informales en particular, a partir de la(s) comunicación(es) que se haga(n) a las autoridades pertinentes, disponiéndose que COFOPRI asumirá inmediata competencia sobre las posesiones infor- males ubicadas en la provincia de Coronel Portillo, departa- mento de Ucayali, de acuerdo con el siguiente detalle: Nº POSESIONES INFORMALES DISTRITO 1 Agrupamiento de Familias Roca Fuerte Calleria 2 Agrupamiento de Familias Sagrado Corazón de Jesús Calleria 3 Asentamiento Humano Marginal Federico Basadre Calleria 4 Asentamiento Humano Marginal Las Palmeras Calleria 5 Asentamiento Humano Marginal Javier Pérez de Cuéllar Calleria 6 Asentamiento Humano Marginal Virgen de las Nieves Calleria 7 Asentamiento Humano Municipal Héctor Arceo del Risco Calleria 8 Asentamiento Humano Municipal 9 de Mayo Calleria 9 Asentamiento Humano Jaime Yoshiyama Tanaka Calleria 10 Asentamiento Humano Martha Chávez II Calleria 11 Asentamiento Humano Villa El Salvador Calleria 12 Asentamiento Humano La Molina Calleria 13 Pueblo Joven Nuevo Paraíso Calleria 14 Pueblo Joven 21 de Enero Calleria 15 Agrupamiento de Familias San Valentín Yarinacocha 16 Agrupamiento de Familias Paikan Yarinacocha 17 Agrupamiento de Familias Mariscal Nieto Yarinacocha 18 Asentamiento Humano Marginal Los Cedros de Corpac Yarinacocha 19 Asentamiento Humano Marginal Faustino Maldonado Yarinacocha 20 Asentamiento Humano Municipal Agustín Cauper Videyra Yarinacocha 21 Asentamiento Humano Municipal Las Alamedas Yarinacocha 22 Asentamiento Humano Municipal Roberto Ruiz Vargas Yarinacocha 23 Asentamiento Humano Municipal Alan García Pérez (Los Rosales) Yarinacocha 24 Asentamiento Humano Municipal Los Jardines Yarinacocha 25 Asentamiento Humano Aviación Yarinacocha 26 Asentamiento Humano Los Húsares del Perú Yarinacocha 27 Asentamiento Humano José Faustino Sánchez Carrión Yarinacocha 28 Asentamiento Humano Las Gaviotas Yarinacocha 29 Asentamiento Humano La Juventud Yarinacocha Segunda.- La Gerencia de Planeamiento y Operacio- nes establecerá progresivamente las posesiones informa- les, áreas geográficas y/o distritos sobre los que COFOPRI asumirá competencia. 13321 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador intervenir en proceso judicial seguido contra ex fun- cionarios y ex servidores de la Geren- cia Subregional Bagua-Utcubamba, CTAR Amazonas RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 124-99-CG Lima, 19 de octubre de 1999 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 35-99-CG/PPU de la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República y el Exhorto Nº 7354-99 del Segundo Juzgado Penal para Procesos en Reserva de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, este Organis- mo Superior de Control ha tomado conocimiento del proceso penal que viene tramitándose contra ex funcio-narios y ex servidores de la Gerencia Subregional Bagua- Utcubamba del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Amazonas, por la presunta comisión de Delitos contra la Administración Pública, específicamen- te los de Peculado y Malversación de Fondos, cuyos autos se encuentran sustanciando en el Juzgado Mixto de Ba- gua, con Causa Nº 99-0416; Que, según se advierte de la documentación alcanza- da, los hechos denunciados están referidos a presuntas irregularidades cometidas en la administración de los recursos fiscales, evaluados a través del Sistema Nacional de Control, de conformidad con el Informe Especial Nº 001-99-CTAR-AMAZONAS/GRCI "Examen Especial a la Gestión de la Gerencia Subregional Bagua-Utcubamba; Período julio 1998 a marzo 1999", emitido por la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR Amazonas en virtud de la acción de control ejecutada en dicha entidad; Que, atendiendo a lo señalado, este Organismo Superior de Control considera necesario autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General, a fin que se apersone al mencionado proceso, para que en uso de sus atribuciones, adopte las acciones pertinen- tes en resguardo de los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, y en uso de las atribuciones previstas por el Artículo 24º inciso h) de la Ley del Sistema Nacional de Control aprobada por Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar, al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, se apersone al proceso penal menciona- do, asumiendo la defensa de los intereses públicos, en dicho proceso, remitiéndosele para tal efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 13362 Declaran inadmisible impugnación contra resolución que sancionó con multa a funcionario de la Oficina Ge- neral de Administración del IPD RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 125-99-CG Lima, 19 de octubre de 1999 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 003-99-CG/AAI- IPD del 18.Oct.99, sobre el Recurso de Apelación inter- puesto por el señor Guillermo Ramírez Vela, para que se declare fundado su recurso y consecuentemente anulada la Resolución de Subcontralor Nº 004-99-CG/AAI del 9.Jul.99. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Subcontralor Nº 004-99- CG/AAI del 9.Jul.99 notificado el 12.Jul.99, se sancionó al Sr. Guillermo Ramírez Vela, Jefe de la Oficina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, con una multa equivalente al 20% de la remuneración bruta mensual por no haber entregado la información solicitada por la Comisión de Auditoría de la Contraloría General, que viene practicando una auditoría en el Instituto Peruano del De- porte - IPD; habiendo incurrido en la causal prevista en el Artículo 8º, literal b), del Reglamento de Multas aprobado por Resolución de Contraloría Nº 060-99-CG del 21.May.99; Que, con fecha 15.Jul.99, el recurrente presentó un recurso impugnativo, solicitando dejar sin efecto la resolu- ción sancionatoria, habiéndosele cursado el Oficio Nº 178- 99-CG/AAI del 2.Set.99, en el cual se le indicó que para su admisión, se requiere depositar la garantía a que se refiere el Artículo 19º del citado reglamento; resultando indispensa- ble para iniciar la tramitación del recurso, la constancia de dicho depósito, otorgándole un plazo prudencial, concordan-