Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 1999 (28/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 28 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES
.Hasta 2 048 Mbps . MORDAZA 1 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 2 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 3 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 4 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 5 Por 3 anos Por 5 anos

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37 763,86 35 776,29 32 556,07 30 888,32 35 283,39 33 426,37 49 471,43 46 867,67 56 555,28 53 578,68

aplicables al Servicio Portador de Arrendamiento de Lineas y Circuitos Locales, Nacionales e Internacionales; Que la prestacion materia de la solicitud de vistos consiste en la transmision de senales digitales de telecomunicaciones a diferentes velocidades a traves de facilidades de cable submarino, que comprende el tramo desde la Estacion Internacional ubicada en el distrito de Lince (provincia y departamento de Lima) hasta la Estacion de Cable Submarino ubicada en el MORDAZA extranjero de destino; constituyendo una nueva modalidad del Servicio Portador de Arrendamiento de Circuitos Internacionales Digitales, que ha sido desarrollada como resultado de los avances tecnologicos; Que en consecuencia es necesario aprobar tarifas maximas fijas para la prestacion del Servicio Portador de Arrendamiento de Lineas y Circuitos Internacionales Digitales por Cable Submarino, para velocidades de transmision de hasta 1 024 Mbps. y hasta 2 048 Mbps. y para los diferentes grupos de paises, en atencion a los requerimientos de Telefonica del Peru S.A.A.; a fin de que los usuarios cuenten con mas alternativas para la contratacion de servicios de arrendamiento de circuitos que satisfagan de manera eficiente sus necesidades especificas de telecomunicacion a tarifas apropiadas; En aplicacion de las facultades que le otorgan a OSIPTEL el inciso 5) del Articulo 77º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, el inciso a) del Articulo 8º de la Ley Nº 26285, asi como el inciso b) del Articulo 40º del Reglamento de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 62-94-PCM; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en sesion celebrada el dia 21 de octubre de 1999. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer las tarifas maximas fijas que se aplicaran al servicio de arrendamiento de lineas y circuitos internacionales digitales por cable submarino, para velocidades de transmision de hasta 1024 Mbps. y hasta 2048 Mbps. y para los diferentes grupos de paises (zonas), prestado por Telefonica del Peru S.A.A., en los niveles que se especifican en el Listado Anexo, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La empresa concesionaria puede fijar libremente las tarifas para el servicio indicado en el articulo anterior, sin exceder las tarifas maximas fijas establecidas por OSIPTEL en la presente Resolucion. Articulo 3º.- Las tarifas que MORDAZA fijadas de conformidad a lo dispuesto en los articulos precedentes, previamente a su aplicacion o modificacion, deberan ser puestas en conocimiento de OSIPTEL y publicadas para conocimiento de sus usuarios, incluyendo el impuesto general a las ventas (IGV), en por lo menos un diario de circulacion nacional, con cinco (5) dias habiles de anticipacion a su entrada en vigor. Articulo 4º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolucion sera sancionado de conformidad con las disposiciones previstas en el Reglamento General de Infracciones y Sanciones aprobado por OSIPTEL. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo
ANEXO ARRENDAMIENTO DE CIRCUITOS INTERNACIONALES DIGITALES POR CABLE SUBMARINO
PAGO POR UNICA VEZ Dolares (US$) (Sin IGV) - Instalacion de facilidades de acceso al Sistema de Cable Submarino - Alquiler de circuito por Velocidad de Transmision y por MORDAZA de destino .Hasta 1 024 Mbps . MORDAZA 1 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 2 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 3 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 4 Por 3 anos Por 5 anos . MORDAZA 5 Por 3 anos Por 5 anos 2 000,00 SUSCRIPCION MENSUAL Dolares (US$) (Sin IGV)

NOTAS: - MORDAZA 1 : EE.UU, Canada, Mexico, Puerto Rico. - MORDAZA 2 : Argentina. - MORDAZA 3 : Colombia, MORDAZA, Ecuador, Panama, Venezuela.

- MORDAZA 4 : Espana, Italia. - MORDAZA 5 : Resto del Mundo.

. El circuito comprende el tramo desde la estacion internacional de Lince (Lima -Peru) hasta la estacion de cable submarino ubicada en el MORDAZA de destino.

EXPOSICION DE MOTIVOS 1. Antecedentes Mediante Resolucion de Presidencia Nº 063-96-PD/OSIPTEL se aprobo el regimen de tarifas maximas fijas aplicables al Servicio Portador de Arrendamiento de Lineas y Circuitos Locales y de Larga Distancia Nacional e Internacional. 2. Situacion actual Actualmente, el Servicio Portador de Arrendamiento de Circuitos Digitales en el ambito Internacional, es decir, para comunicaciones entre nuestro MORDAZA y los demas paises del MORDAZA, se presta principalmente por Via Satelite; al respecto, OSIPTEL ha establecido las Tarifas Maximas Fijas para la prestacion de este servicio en sus diversas modalidades, las mismas que son aplicables a la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A., en virtud de lo estipulado en sus contratos de concesion aprobados por Decreto Supremo Nº 11-94-TC y modificados mediante Decreto Supremo Nº 021-98-MTC. De conformidad con lo previsto en sus referidos Contratos de Concesion, Telefonica del Peru S.A.A. ha solicitado la aprobacion de Tarifas Maximas Fijas aplicables al Servicio Portador de Arrendamiento de Circuitos Internacionales Digitales en cuya prestacion utilizara las facilidades del Cable Submarino(Cable Submarino Panamericano). 3. Beneficios y MORDAZA Potencial La Resolucion que se aprueba tiene como objetivo permitir que los usuarios puedan acceder a nuevas alternativas de contratacion del servicio de arrendamiento de circuitos digitales de larga distancia internacional, que satisfagan sus necesidades especificas de telecomunicacion con tarifas apropiadas. Entre algunas de las aplicaciones que permite la utilizacion del Cable Submarino como medio de transmision se encuentran el envio de datos, imagenes, audio y video. Sus caracteristicas mas importantes son: · Permite la transmision de elevados volumenes de informacion. · No presenta interferencias por ruido o fenomenos atmosfericos, debido a que la transmision es a traves de senales opticas. · La confiabilidad de la red es muy alta. Tomando en consideracion los beneficios que reporta el servicio, se estima que este sera mayoritariamente utilizado por usuarios pertenecientes al sector empresarial. 4. Regimen Tarifario

22 529,15 21 343,41 19 451,09 18 427,34 21 049,36 19 941,49 29 513,64 27 960,29 33 739,72 31 963,95

El establecimiento de las Tarifas Maximas Fijas materia de la presente Resolucion se efectua conforme a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones y de acuerdo a los procedimientos previstos en los correspondientes Contratos de Concesion. Por su naturaleza y aplicacion practica, las Tarifas Maximas Fijas establecidas no pueden ser superadas por las tarifas que en su caso aplique la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A. La empresa podra fijar libremente estas tarifas incluso por debajo de las tarifas maximas establecidas en la presente Resolucion, de acuerdo a su estrategia de comercializacion del servicio. 13610

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