NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/09/1999)
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Pág. 178533 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 1999 DICSCAMEC.- Dirección de Control de Servicios de Seguridad y Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, del Ministerio del Interior DIGEMID.- Dirección General de Medicamentos, Insumos y Dro- gas, del Ministerio de Salud DIGESA.- Dirección General de Salud Ambiental, del Ministe- rio de Salud Documento de Control.- Autorizaciones, Certificados, Resoluciones, Declara- ción Jurada, Constancias, Licencias, etc. Homologación.- Es la autorización que otorga el Ministerio de Trans- porte y Comunicaciones, a todo equipo o aparato que haya de conectarse a una red para prestar cualquier tipo de servicio, con el objeto de garantizar el correcto funcio- namiento de la red y la seguridad del usuario INRENA.- Instituto Nacional de Recursos Naturales, del Minis- terio de Agricultura Insumos, instrumental y equipo de uso médico- quirúrgico u odontológico.- Se clasifican de acuerdo a las siguientes especialidades: 1. Anestesiología 2. Cardiología y angiología 3. Otorrinolaringología 4. Gastroenterología 5. Urología 6. Cirugía general 7. Ginecología y obstetricia 8. Oftalmología 9. Traumatología y Ortopedia 10. Medicina Física 11. Radiología 12. Odontología 13. Reactivos para diagnóstico clínico Producto Cosmético y de higiene personal.- Es toda sustancia o fórmula de aplicación local a ser usada en las diversas superficies externas del cuerpo humano y sus anexos, incluyendo mucosa bucal y dien- tes, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, mejorar su aspecto y protegerlos o mantenerlos. Los productos de higiene personal se consideran productos cosméticos Productos Farmacéuticos.- Comprende los siguientes grupos: 1. Medicamentos de marca 2. Medicamentos genéricos 3. Productos dietéticos y edulcorantes Los productos dietéticos comprenden los nutrientes solos o asociados en las siguientes combinaciones: - Vitaminas más minerales y oligoelementos y proteí- nas o aminoácidos - Vitaminas más proteínas o aminoácidos - Vitaminas más minerales y/o oligoelementos - Vitaminas más proteínas o aminoácidos y oligoele- mentos 4. Productos medicinales homeopáticos 5. Agentes de diagnóstico 6. Radiofármacos Productos Sanitarios y Productos de higiene doméstica.- Los productos sanitarios y de higiene doméstica que requieren de Registro Sanitario son los siguientes: 1. Toallas sanitarias, tampones, protectores y paña- les desechables 2. Condones (preservativos) 3. Diafragmas y dispositivos intrauterinos4. Soluciones de conservación y limpieza de lentes de contacto 5. Biberones, tetinas, paletas, entretenedores 6. Desodorantes de ambiente, sólo en la forma de aerosol Recurso hidrobiológico.- Se denomina asi, a las especies animales y vegetales que desarrollan todo o parte de su ciclo vital en el medio acuático y que son susceptibles de ser aprovechadas por el hombre Recurso hidrobiológico ornamental.- Son todos aquéllos cuyo uso o destino final tiene por objeto mantenerlos en cautiverio con fines culturales, decorativos o de entretenimiento. Recurso Terapéutico Natural.- Se clasifican en: a) Recurso natural de uso en salud: es todo material que proviene de organismos vivos y de minerales, posee actividad farmacológica comprobada, es presentado para su comercialización sin haber sido sometido a procesos artificiales que alteren su composición natural y es envasado sin forma farmacéutica b) Producto natural de uso en salud: es el producto medicinal con actividad farmacológica comprobada, elabo- rado a partir del recurso natural de uso en salud, cuya sustancia activa corresponde a alguna de las partes de dicho recurso o resulta de asociaciones, combinaciones o mezclas de recursos en estado natural, que es presentado en forma farmacéutica y que se utiliza con fines terapéuti- cos. SENASA.- Servicio Nacional de Sanidad Agraria, del Ministerio de Agricultura ANEXOS Anexo 1 :Códigos de las Entidades que emiten los Documentos de Control Anexo 1.1 :Códigos de documentos de control Anexo 2 :Lista de equipos o aparatos de teleco- municación y equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas en gene- ral Anexo 3 :Textos geográficos o publicaciones car- tográficas Anexo 4 :Armas, municiones, explosivos y artí- culos conexos de uso civil Anexo 5 :Productos e insumos químicos directa- mente o indirectamente destinados a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta lavada, clorhidrato de cocaína, morfina base bruta, morfina base y heroína Anexo 5.1 :Registro Especial de Importación (Ex- portación) de Insumos Químicos Anexo 6 :Nitrato de amonio y sus elementos com- ponentes Anexo 7 :Productos farmacéuticos y galénicos, productos cosméticos y similares, insu- mos, instrumental y equipo de uso mé- dico-quirúrgico u odontológico, produc- tos sanitarios y productos de higiene personal y doméstica Anexo 8 :Productos y subproductos de origen vegetal Anexo 9 :Productos y subproductos de origen animal Anexo 10 :Plantas, productos vegetales, anima- les, productos y subproductos de origen animal que ingresen por puestos fron- terizos terrestres. Anexo 11 :Plaguicidas agrícolas y/o sustancias afi- nes Anexo 11.1 :Modelo de Declaración Jurada para la importación de Plaguicidas Agrícolas y/o sustancias afines Anexo 12 :Productos veterinarios, alimentos, adi- tivos, premezclas y kits de diagnóstico Anexo 12.1 :Cantidades máximas de productos ve- terinarios, alimentos y aditivos no re-