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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 178518 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 1999 PRODUCTO CPROD Zapatos 1 Zapatillas 2 Sandalias 3 Chalas 4 Pantuflas 5 2. Estos derechos antidumping provisionales se apli- can a las Declaraciones Unicas de Importación que se numeren a partir del 12.05.99 según Resolución Nº 014- 1999/CDS-INDECOPI, y mantendrán su vigencia en tanto no exista comunicación contraria por parte de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios de INDECOPI. C. DERECHOS ANTIDUMPING DEFINITIVOS A LAS IMPORTACIONES DE PALANQUILLAS DE ACERO EN EL MARCO DE LA COMUNIDAD AN- DINA 1. Las importaciones de palanquillas de acero origi- narias y/o procedentes de la Federación Rusa o Ucrania, están afectas al pago de Derechos Antidumping Defini- tivos Ad Valórem FOB, según las Subpartidas naciona- les siguientes, y el código CPROD se consignará según país de origen y/o procedencia de las palanquillas. SUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCION DERECHO ANTIDUMPING DEFINITIVOPAIS CPROD 7207.11.00.00 Palanquillas de Acero con contenido de carbono inferior al 25% en pesoUSA $ 40 por toneladaRusia 1 7207.20.00.00 Palanquillas de acero con contenido de carbono superior al 25% en pesoUSA $ 40 por toneladaRusia 1 7207.11.00.00 Palanquillas de acero con contenido de carbono inferior al 25% en pesoUSA $ 50 por toneladaUcrania 1 7207.20.00.00 Palanquillas de acero con contenido de carbono superior al 25% en pesoUSA $ 50 por toneladaUcrania 12. El numeral anterior implica que la mercancía sujeta a derechos antidumping definitivos puede pro- venir de otros países, debiendo verificarse el hecho de ser originarios y/o procedentes de la Federación Rusa o Ucrania. 3. Estos Derechos Antidumping Definitivos se apli- can además de los derechos Ad Valórem CIF y demás tributos que afecten su importación, correspondiendo a estos últimos el tratamiento tributario previsto en nues- tra legislación nacional. 4. La base imponible para la aplicación de los dere- chos antidumping defintivos, se obtiene considerando el peso en toneladas netas de las palanquillas de acero por US $ 40 ó 50, según corresponda. 5. Los derechos antidumping definitivos se liquidan en dólares americanos y se cancelan conjuntamente con los derechos de aduanas y demás tributos de importación en moneda nacional, utilizando el tipo de cambio venta vigente a la fecha de pago de la deuda. 6. Estos derechos antidumping definitivos se aplican a las Declaraciones Unicas de Importación numeradas a partir del 24.06.99, según Resolución Nº 242 de la Secre- taría General de la Comunidad Andina y mantendrán su vigencia hasta por tres (3) años calendario. VIII. FLUJOGRAMA No aplica IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS No aplica X. REGISTROS No aplicaSubpartida/Descripción Zapatos Zapatillas Sandalias Chalas Pantuflas Rango mayor menor Derecho mayor menor Derecho mayor menor Derecho mayor menor Derecho mayor menor Derecho o a o a o a o a o a igual igual igual igual igual a a a a a 6402.19.00.00: Los demás calzados 5.06 6.33 11.11% 2.16 2.70 11.11% con suela y parte superior de caucho 3.80 5.06 42.86% 1.62 2.16 42.86% o plástico; calzado de deporte: los 2.53 3.80 100.00% 1.08 1.62 100.00% demás 1.27 2.53 233.33% 0.54 1.08 233.33% 0.00 1.27 900.00% 0.00 0.54 900.00% 6402.20.00.00: Los demás calzados 5.06 6.33 11.11% 2.40 3.00 11.11% 2.16 2.70 11.11% con suela y parte superior de caucho 3.80 5.06 42.86% 1.80 2.40 42.86% 1.62 2.16 42.86% o plástico: Calzado con parte superior 2.53 3.80 100.00% 1.20 1.80 100.00% 1.08 1.62 100.00% de tiras o bridas fijas a la suela por 1.27 2.53 233.33% 0.60 1.20 233.33% 0.54 1.08 233.33% telones (espigas) 0.00 1.27 900.00% 0.00 0.60 900.00% 0.00 0.54 900.00% 6404.99.00.00: Los demás calzados 5.06 6.33 11.11% 2.40 3.00 11.11% 2.16 2.70 11.11% 1.74 2.17 11.11% con suela y parte superior de caucho 3.80 5.06 42.86% 1.80 2.40 42.86% 1.62 2.16 42.86% 1.30 1.74 42.86% o plástico: Los demás calzados: 2.53 3.80 100.00% 1.20 1.80 100.00% 1.08 1.62 100.00% 0.87 1.30 100.00% los demás. 1.27 2.53 233.33% 0.60 1.20 233.33% 0.54 1.08 233.33% 0.43 0.87 233.33% 0.00 1.27 900.00% 0.00 0.60 900.00% 0.00 0.54 900.00% 0.00 0.43 900.00% 6404.11.00.00: Calzado con suela de 4.97 6.21 11.11% caucho o plástico, cuero natural o 3.73 4.97 42.86% regenerado y parte superior de mate- 2.48 3.73 100.00% rial textil: calzado de deporte; calzado 1.24 2.48 233.33% de tenis, baloncesto, gimnasia, en- 0.00 1.24 900.00% trenamiento y calzados similares: 6404.19.00.00: Calzado con suela de 4.97 6.21 11.11% 4.97 6.21 11.11% 2.78 3.48 11.11% 0.76 0.95 11.11% caucho o plástico, cuero natural o 3.73 4.97 42.86% 3.73 4.97 42.86% 2.09 2.78 42.86% 0.57 0.76 42.86% regenerado y parte superior de 2.48 3.73 100.00% 2.48 3.73 100.00% 1.39 2.09 100.00% 0.38 0.57 100.00% material textil; Los demás 1.24 2.48 233.33% 1.24 2.48 233.33% 0.70 1.39 233.33% 0.19 0.38 233.33% 0.00 1.24 900.00% 0.00 1.24 900.00% 0.00 0.70 900.00% 0.00 0.19 900.00% 6404.20.00.00: Calzado con suela de 2.49 3.11 11.11% caucho o plástico, cuero natural o 1.87 2.49 42.86% regenerado y parte superior de 1.24 1.87 100.00% material textil: Calzado con suela 0.62 1.24 233.33% de cuero natural o regenerado. 0.00 0.62 900.00% 6405.10.00.00: Los demás calzados, 5.13 6.41 11.11% con la parte superior de cuero natural 3.85 5.13 42.86% o regenerado 2.56 3.85 100.00% 1.28 2.56 233.33% 0.00 1.28 900.00% 6405.90.00.00: Los demás calzados: 5.13 6.41 11.11% 2.40 3.00 11.11% 0.76 0.95 11.11% los demás 3.85 5.13 42.86% 1.80 2.40 42.86% 0.57 0.76 42.86% 2.56 3.85 100.00% 1.20 1.80 100.00% 0.38 0.57 100.00% 1.28 2.56 233.33% 0.60 1.20 233.33% 0.19 0.38 233.33% 0.00 1.28 900.00% 0.00 0.60 900.00% 0.00 0.19 900.00%