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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (30/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 178859 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 042-99/GAF-DLG la División de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas informa que la Adjudicación Directa Nº 015-99-RENIEC, Alquiler local Agencia Pueblo Libre, de acuerdo al Artículo 32º de la Ley Nº 26850, ha sido declarada desierta por haberse presentado en las dos (2) convocatorias realizadas un solo postor; Que, es necesario contar con un local para el funciona- miento de una Agencia que atienda adecuadamente al públi- co en los distritos de Pueblo Libre, San Miguel, Magdalena y Jesús María según requerimiento de la Gerencia Regional X Lima de la Gerencia de Operaciones; Que, mediante Memorándum Nº 1160-99/GAJ la Geren- cia de Asesoría Jurídica informa que en este caso corresponde llevar a cabo un proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850; y, Estando a lo previsto por la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección de Adju- dicación Directa el alquiler de un local para la Agencia Pueblo Libre al haber sido declarada desierta por dos (2) veces consecutivas el referido proceso; y, en consecuencia, autoríza- se a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que en coordinación con la Gerencia de Operaciones procedan con- forme a las prescripciones pertinentes de la Ley Nº 26850 y su Reglamento. Artículo 2º.- Poner la presente resolución en conoci- miento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 12383 RESOLUCION JEFATURAL Nº 305-99-JEF/RENIEC Lima, 24 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 042-99/GAF-DLG la Divi- sión de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas informa que la Adjudicación Directa Nº 022-99- RENIEC, Alquiler local para Oficinas Administrativas en el distrito de San Isidro de esta ciudad, de acuerdo al Artículo 32º de la Ley Nº 26850, ha sido declarada desierta por haberse presentado en las dos (2) convocatorias reali- zadas un solo postor; Que, es necesario contar con un inmueble destinado a Oficinas Administrativas en el distrito de San Isidro, para el normal funcionamiento institucional; Que, mediante Memorándum Nº 1160-99/GAJ la Geren- cia de Asesoría Jurídica informa que en este caso corresponde llevar a cabo un proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850; Que, en las dos convocatorias de la Adjudicación Directa Nº 022-99-RENIEC, se ha presentado el mismo postor; quien, además, cumple con las Especificaciones Técnicas requeridas en las Bases Administrativas y el monto total ofertado se ajusta al valor referencial; y, Estando a lo previsto por la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección de Adju- dicación Directa el alquiler del local para Oficinas Adminis- trativas en el distrito de San Isidro de esta ciudad, al haber sido declarada desierta por dos (2) veces consecutivas el referido proceso; y, en consecuencia, autorízase a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que proceda conforme a las prescripciones pertinentes de la Ley Nº 26850 y su Regla- mento. Artículo 2º.- Poner la presente resolución en conoci- miento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General delCongreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 12384 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Designan fiscal ad hoc para que investi- gue hechos sobre presuntos ilícitos penales incurridos en publicación de renuncias a agrupación política RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 725-99-MP-CEMP Lima, 29 de setiembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 5847-99-P/JNE, de fecha 23 de setiembre de 1999, cursado por el doctor Luis E. Serpa Segura, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, comunicando el acuerdo tomado por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en sesión privada de fecha 21 de setiembre de 1999, con relación a los escritos presentados el 8 y 13 de setiembre de 1999, por Xavier Barrón Cebreros, Congresista de la República, quien solicita al Jurado Nacional de Elecciones que investigue y determine responsabilidades por comisión de ilícitos penales a Ricardo Amiel Meza, la empresa Borobio Asociados S.A., Olga Escudero, Marcos Obando Bustinza y otros que habrían participado en la publicación masiva y no autorizada de cartas de renuncia a la Agrupación Independiente "Movi- miento Independiente Somos Perú", de Francisca Izquierdo Ríos y Artidoro Ojeda Suclla, Alcalde de Jesús María en Lima y Mariano Melgar en Arequipa, respectivamente, sin ningu- na autorización de los implicados, documento que ha sido remitido a la Presidencia de la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público el día 27 de setiembre de 1999, en fojas 23; y, "atendiendo a que corresponde al Ministerio Público conducir desde su inicio la investigación del delito con apoyo de la Policía Nacional y que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución Política del Perú, los Artículos 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93- JUS; 1º y 11º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052"; por lo que se hace necesario designar un Fiscal Ad Hoc para que con retención de su Despacho, se avoque al conocimiento de estos hechos e igual- mente de todos los casos que en lo sucesivo se refieran o tengan relación con la investigación de los Delitos Electora- les, tipificados en el Título XVI de la Ley Nº 26859 Ley Orgánica de Elecciones, así como en el Título XVII del Código Penal - Delitos Contra la Voluntad Popular y otros ilícitos conexos o derivados de los mismos que sean de conocimiento del Ministerio Público; en consecuencia, estando al Acuerdo Nº 6219 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposición Transitoria, Comple- mentaria y Final de la Ley Nº 26623 y Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la doctora Mirtha Crisa- lida Trabucco Cerna, Fiscal Provincial Encargada de la Sexta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, como Fiscal Ad Hoc, para que con retención de su Despacho, se avoque al conoci- miento de los hechos materia de la parte considerativa de la presente resolución, así como de los casos que en lo sucesivo