Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1999 (30/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

NORMAS LEGALES
Profesor Auxiliar : Jefe de Practica : 34 puntos 23 puntos CAPITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 4.1 Los docentes o Jefes de Practica, que debiendo ser evaluados no cumplan con presentarse a la aplicacion del examen de Aptitud Academica docente seran calificados con la nota cero. 4.2 Los que durante la aplicacion del Examen de Aptitud Academica Docente MORDAZA sorprendidos copiando o consultando con otro evaluado, seran calificados con la nota cero. 4.3 Los documentos de cada Legajo Personal deberan estar legalizados por un notario publico o por el fedatario de la U.N.ICA. No sera admitida a calificacion la documentacion que no reuna este requisito. 4.4 En la calificacion de documentos del Legajo Personal, el evaluado se somete a las responsabilidades y sanciones que establece la Ley, en los casos de MORDAZA de documentacion falsa. 4.5 La Autoridad Universitaria, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, resolvera los casos no contemplados en el presente Reglamento, contando con la opinion tecnica de la entidad especializada encargada de la evaluacion. 4.6 Los evaluados podran interponer recurso de reconsideracion dentro del tercer dia util de efectuada la publicacion de los Resultados Generales del MORDAZA de Evaluacion. La Autoridad Universitaria resolvera en forma definitiva el reclamo presentado. Contra la resolucion expedida no procede reclamo alguno. 4.7 El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion oficial. 12467 UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA MORDAZA DE ICA" COMISION REORGANIZADORA LEY Nº 27058 PRESIDENCIA RESOLUCION Nº 642-PCR-U.N.ICA-99 Ica, 1 de setiembre de 1999 La Comision Reorganizadora de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica; VISTO: El Reglamento preparado para la evaluacion del personal administrativo de la U.N.ICA. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27058 se ha declarado en reorganizacion la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, por el plazo de dos (2) anos; Que, el Articulo 4º de la referida Ley, preceptua que la Comision Reorganizadora dispondra la evaluacion y ratificacion del personal docente y administrativo de la Universidad; Que, en acatamiento de la citada disposicion, se ha preparado el Reglamento para la evaluacion del personal administrativo de esta MORDAZA Superior de Estudios, el que debera ser divulgado dentro del plazo que previene el Cronograma aprobado por Resolucion Nº 640-PCR-U.N.ICA-99; Con lo anotado precedentemente y, con el acuerdo de la Comision Reorganizadora, reunida en Sesion de fecha 26 de agosto de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Evaluacion del Personal Administrativo de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, el que consta de IV Capitulos, 7 Disposiciones Complementarias y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar el Reglamento aprobado en el Diario Oficial El Peruano y diarios de mayor circulacion de la MORDAZA de Ica. Articulo 3º.- Remitir el Reglamento de Evaluacion a todas las Facultades y Organos Administrativos de la Universidad, para ser divulgado entre el personal no docente. 1. 2. 3. 4.

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 1999

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision Reorganizadora de la U.N.ICA MORDAZA J. YI MORDAZA Secretario General REGLAMENTO PARA LA EVALUACION DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN MORDAZA MORDAZA DE ICA CAPITULO I 1.1 FINALIDAD Establecer las normas y procedimientos para la evaluacion del personal no docente de la Universidad para determinar su nivel de conocimientos, experiencia e idoneidad para el desempeno laboral y adoptar las acciones orientadas a lograr una gestion eficaz y eficiente, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27058. 1.2 ALCANCE Todos el personal administrativo nombrado y contratado de la Universidad. 1.3 BASE LEGAL Decreto Ley Nº 26093 Decreto Ley Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Ley Nº 27058 CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES 2.1 El MORDAZA de evaluacion se desarrollara en el periodo comprendido entre el 3 de setiembre y el 27 de diciembre de 1999. 2.2 El MORDAZA de evaluacion contara con el apoyo tecnico de una entidad especializada de reconocido prestigio en el pais. 2.3 Se sometera al MORDAZA de evaluacion todo el personal administrativo, nombrado y contratado (funcionarios, profesionales, tecnicos y auxiliares), sin excepcion, incluyendo a quienes estuvieran de licencia, permiso, vacaciones o destacados. CAPITULO III DISPOSICIONES ESPECIFICAS 3.1 La evaluacion comprendera las partes siguientes: a. Calificacion del Legajo Personal b. Examen de Aptitud por niveles Cada parte tendra un puntaje MORDAZA de 100. 3.2 La ponderacion de los puntajes obtenidos en cada parte de la evaluacion sera: - Legajo Personal ............................ 55% (Cincuenta y cinco por ciento) - Aptitud por Niveles ....................... 45% (Cuarenta y cinco por ciento) 3.3 En la calificacion del Legajo Personal se considerara los siguientes aspectos: ASPECTO Nivel Educativo Alcanzado Capacitacion Tiempo de Servicios Meritos menos Demeritos PUNTAJE MORDAZA Funcionario y Tecnico Auxiliar Profesional 35 40 10 15 100 35 40 15 10 100 35 40 15 10 100

La especificacion y puntaje de estos aspectos esta contenida en el Anexo de este Reglamento. 3.4 El Examen de Aptitud para todos los niveles comprendera:

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