Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1999 (30/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 12489 RESOLUCION SUPREMA Nº 122-99-TR MORDAZA, 29 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 372-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, se llevara a cabo la PASANTIA EN TECNICAS DE REHABILITACION PEDIATRICA, organizada por el Centro de Atencion y Capacitacion del Dr. MORDAZA Pinel, del 1 al 31 de octubre de 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Terapista Fisica del Departamento de Medicina de Rehabilitacion del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Terapista Fisica del Departamento de Rehabilitacion del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 1 al 31 de octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viaticos : US$ Tarifa Corpac : US$ 391.00 1,191.00 25.00

Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, se llevara a cabo la PASANTIA EN LA UNIDAD DE TRANSPLANTE DE MEDULA OSEA, CRIOPRESERVACION DE MEDULA, organizada por el Hospital de Clinicas Don MORDAZA de San MORDAZA, del 1 de octubre al 31 de octubre de 1999; Que, el senor MORDAZA ZUBIETA MORDAZA, Medico del Servicio de Banco de Sangre y Hemoterapia del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al senor MORDAZA ZUBIETA MORDAZA, Medico del Servicio de Banco de Sangre y Hemoterapia del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 1 al 31 de octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viaticos : US$ Tarifa Corpac : US$ 588.82 1,154.00 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 12491

Autorizan viajes de profesionales de ESSALUD para participar en congreso medico sobre rehabilitacion, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 124-99-TR MORDAZA, 29 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 372-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de La Habana, MORDAZA, se llevara a cabo el XVII CONGRESO MEDICO LATINOAMERICANO DE REHABILITACION (AMLAR 99), organizado por la Asociacion Medica Latinoamericana de Rehabilitacion, del 25 al 29 de octubre de 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA PLATA, Medico Jefe del Servicio de Patologia del Desarrollo del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; Estando a lo acordado;

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 12490 RESOLUCION SUPREMA Nº 123-99-TR MORDAZA, 29 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 370-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y,

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