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Pág. 185790 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de abril de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Visto el Informe Nº 030-2000-MDSL-GA/UABAS de fecha 12 de abril del 2000 de la Unidad de Abastecimien- to y el Memorándum Nº 087-2000-MDSL-GA de fecha 14 de abril del 2000 de la Gerencia de Administración, por los cuales solicitan autorización para realizar una Adju- dicación Directa de Menor Cuantía para el suministro de leche evaporada en lata que cubra las necesidades del Programa del Vaso de Leche para el presente año. CONSIDERANDO: Que, es necesario que la Municipalidad Distrital de San Luis realice la adjudicación y contratación para el suministro de leche evaporada en lata para cubrir las necesidades del Programa del Vaso de Leche para el presente año; Que, mediante Informe Nº 030-2000-MDSL-GA/UA- BAS de fecha 12 de abril del 2000, la Unidad de Abaste- cimiento señala que para la contratación y adquisición mediante Adjudicación Directa para el suministro de leche evaporada en lata, se convocó a la Adjudicación Directa Nº 002-2000-MDSL-UABAS-C/P, la misma que fue declarado desierto en el acto de evaluación y apertura de propuestas de fecha 22 de marzo del 2000, por haberse presentado un solo postor, decidiéndose realizar una segunda convocatoria con el mismo objeto; Que, con fecha 10 de abril del 2000 se realizó el acto de evaluación y apertura de propuestas de la Adjudica- ción Directa Nº 002-2000-MDSL-UABAS-C/P Segun- da Convocatoria, el mismo que también fue declarado desierto por haberse presentado un solo postor a dicho acto público, de conformidad con el Artículo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850; Que, el inciso f) del Art. 19º de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, señala que están exonerados del requisito de Licitación Pública y Concurso Público, las Adquisiciones y Contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desier- to en dos oportunidades la Adjudicación Directa Nº 002-2000-MDSL-UABAS-C/P, es procedente autori- zar en vía de excepción la contratación y adquisición para el suministro de leche evaporada en lata que cubra las necesidades del presente año, mediante adjudicación directa de menor cuantía, de acuerdo al Art. 20º de la Ley Nº 26850; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso c) Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, la exoneración del proceso de selección debe ser aprobado por Resolución de la Máxima autoridad de la entidad; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesario la formalización del Acto Administrativo, que apruebe la exoneración del Proceso de Selección para el suministro de leche evaporada en lata; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con las Normas Legales pertinentes, la contratación y adqui- sición para el suministro de leche evaporada en lata que cubra las necesidades del Programa del Vaso de Leche para el presente año, a través de la modalidad de Adju- dicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- DISPONER que la Administra- ción de la Municipalidad Distrital de San Luis haga de conocimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Unidad de Abastecimiento, el cumpli- miento de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Resolución de Alcaldía.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 4362 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan plazo de amnistía tributaria otorgada a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 013-2000-MDSA Santa Anita, 17 de abril de 2000 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 1 de marzo del 2000 el Informe Nº 235-2000-DR/MDSA, con la dispensa de su pase a Comisión por acuerdo del pleno; y, CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal ha recibido el pedido de los contribuyentes del distrito de Santa Anita quienes soli- citan la ampliación de la Amnistía Tributaria; Que mediante Ordenanza Nº 014-99/MDSA de fe- cha 22 de julio de 1999, se acordó otorgar Amnistía Tributaria a los contribuyentes del distrito de Santa Anita para que cumplan con regularizar sus obliga- ciones tributarias; y mediante Ordenanza Nº 008- 2000/MDSA de fecha 1 de marzo de 2000, se acordó prorrogar hasta el 15 de abril de 2000, los alcances de la Amnistía Tributaria; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de abril de 2000, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 816 Código Tributario, con las atribuciones que le confie- re la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con la dispensa del traslado a la Comisión correspondien- te, y con el voto unánime de regidores se aprobó la siguiente ordenanza; ORDENANZA: Artículo Primero.- Prorrogar la Amnistía Tribu- taria otorgada mediante Ordenanza Nº 014-99-MDSA, hasta el 30 de junio de 2000 a efectos de que los señores contribuyentes del distrito de Santa Anita cumplan con sus obligaciones tributarias referentes al Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1994 a 1999; Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los períodos 1996 a 1999 y arbitrio de Serenazgo de 1997 a 1999, de los inmuebles dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores. Artículo Segundo.- Determinar que durante el período de la Amnistía señalado en el artículo preceden- te, los contribuyentes están obligados únicamente al pago del valor principal de la deuda. Artículo Tercero.- Entiéndase como comercios y servicios menores a aquellos predios dedicados a comer- cio y servicios cuyo valor de autoavalúo sea menor a 6 UIT. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 4358