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Pág. 185787 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de abril de 2000 VISTO: Los expedientes Nºs. 12424-98 y 1861-98 seguido por la Asociación Pro Vivienda "Santa Rosa de Vitarte", con el que solicitan la Aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada en Vías de Regulariza- ción; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con Art. 3º y la Segunda Disposi- ción Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Ley Nº 26878, vigente desde el 21 de noviembre de 1997, corresponde a las Municipali- dades Distritales en el ámbito de su respectiva jurisdic- ción, conocer y aprobar la solicitud de Habilitación Urba- na, a partir de la vigencia de la Ley, incluyendo los casos de Regularización de Habilitaciones pendientes o en trámite; Que, mediante Resolución Directoral Superior Nº 0013-79-VC-5300 de fecha 15 de enero de 1979, y de conformidad con el plano signado con el Nº 383-78-VC- 5554, el Ministerio de Vivienda y Construcción, aprobó los Estudios Preliminares de la Habilitación Urbana en vías de regularización, para Uso de Vivienda, del terreno de 9,207.30 m2, constituido por parte del fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y depar- tamento de Lima; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 2634-83, de fecha 18 de julio de 1983, la Municipalidad de Lima Metropoli- tana, renueva la aprobación de los Estudios Prelimina- res de la Habilitación Urbana en vías de regularización, concedida con la Resolución Directoral Superior Nº 0013- 79-VC-53000; Que, el inciso b), del Artículo 9º, del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, permite dar por cumplida la Etapa de aproba- ción de la Habilitación Urbana, cuando se cuente con resolución consentida de la Autoridad competente que aprueba los Estudios Preliminares y/o Estudios definiti- vos de Proyectos de Habilitación Urbana; Que, en concordancia con lo especificado en el Artícu- lo 11º del D.S. Nº 011-98-MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, la aprobación de la Habilitación Urbana podrá contener la Autorización para Ejecutar las Obras e Inscripción individualizada de los lotes; Que, la Oficina de Inversiones en Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Ate, ha emitido la Valori- zación Nº 002-99-HU-OI-MDA, por concepto de déficit de aportes, aprobación de proyecto y control de obra, la cual fue cancelada como se desprende del comprobante de pago Nº 0100106974; Que, de acuerdo al informe Nº 016-2000-OII-MDA, se ha cumplido con las etapas del procedimiento de Aproba- ción de Habilitación Urbana Ejecutada, tal como especi- fica el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, los documentos presentados cumplen con todos los Requisitos solicitados en la Ley General de Habilita- ciones Urbanas - Ley Nº 26878, Art. 24º, del Texto Unico Ordenado del reglamento de la Ley General de Habilita- ciones Urbanas, así como con las Normas del Reglamen- to Nacional de Construcciones en lo concerniente a aprobación de Habilitaciones Urbanas. Presentando la siguiente documentación: a) Copia Literal de la ficha Nº 376827, que inscribe el dominio de propiedad en los Registros Públicos, a nombre de la Asociación Pro Vivienda Santa Rosa de Vitarte. b) Copia Literal de la ficha Nº 17801 del Registro de Personas Jurídicas, con la inscripción de la "Asociación Pro Vivienda Santa Rosa de Vitarte y su representante. c) Resolución Nº 066-81-A-ELM, emitida por ELEC- TROLIMA, aprobando los proyectos correspondientes a las redes de Distribución Secundaria de Alumbrado Público y servicios particulares. d) Carta de SEDAPAL Nº 245-83-VI-8430 de fecha 13 de junio de 1983, aprobando la Recepción de los Sistemas de agua potable y desagües. e) Recibo Nº 0100106974 de fecha 21 de diciembre de 1999, por el monto de S/. 3,416.035, cancelados en la Caja Metropolitana, correspondiente a los pagos por déficit de aportes, aprobación de proyecto y control de obra.f) Recibos Nºs. 29087 y 29088 de fecha 27 de octubre de 1998, cancelando el monto de S/. 620.00, en la Unidad de Tesorería de la Municipalidad, por concepto de dere- chos de trámite. g) Que, mediante Informe Nº 016-00-OII/MDA, el Jefe de la Oficina de Inversiones en Infraestructura indica, que de acuerdo al inciso b) del Art. 9º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, permite dar por cumplida la Etapa de aprobación de la Habilitación Urbana, cuando se cuente con Resolución consentida de la Autoridad competente que apruebe los Estudios Preliminares y/o Definitivos; por lo que es procedente lo solicitado; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3º y la Sexta Disposi- ción Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, y el numeral 6 del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; se, RESUELVE: Artículo Primero.- DAR, por cumplida de conformidad a los planos signados con el Nº 005-2000- HU-OII-MDA, la Etapa de Aprobación de la Habilita- ción Urbana Ejecutada en Vías de Regularización, para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de Nueve mil doscientos siete metros cuadra- dos treinta centímetros cuadrados (9,207.30 m2), cons- tituido por parte del lote 70-B, de la Parcelación Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana faltantes, debiendo sujetarse ésta a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño.- El cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente: Area Bruta 9,207.30 m2 100.00% Area Util 7,069.79 m2 76.78% Area de Vías 2,137.51 m2 23.22% Los déficit de aportes para Recreación Pública de 486.50 m2 y Ministerio de Educación de 184.15 m2, han sido redimidos en dinero. Pavimentos.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesa- rio efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mez- clándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compacta- do, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diáme- tros máximos de 1.1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de hume- dad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f'c = 140 kg./ cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará