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Pág. 191348 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de agosto de 2000 -Luis Lozano Paima -Manuel Palomino Emriquez -Andrés Arévalo Robles -Angel Reyes Otiniano -Marcos Alfonso Romero Araujo -Ryan José Valencia Vargas -Carlos Augusto Ayala Lozano -Gilberto Bramon Ganoza -Teobaldo Carrillo Gil -Roberto Castillo Lozano -Jorge Garrido Leturia -Marcos Mosquera Villegas -Williams Nicasio Gonzales -Adolfo Zelada Arteaga -Edgar Espinoza Espinoza -Luis Felipe Caballero Medina -Fredy Luis Castilla Reyes -Carlos Clemente Fernández -Antonio Hernández Gutiérrez -Francisco Lazo Camposano -Paco Mejía Ríos -Javier Molina Salcedo Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se afectarán con cargo al Presu- puesto de la Escuela Nacional Superior de Folklore "José María Arguedas", de acuerdo al siguiente detalle: Funcio- narios (2): pasajes aéreos con descuento US$ 50.00, viáti- cos US$ 3335.00 y tarifa CORPAC US$ 25.00, por cada uno; Integrantes del Conjunto Nacional de Danzas y Mú- sica Folclórica del Perú (47): 2 pasajes aéreos con descuen- to a US$ 50.00 cada uno, 45 pasajes aéreos US$ 365.00, cada uno, y tarifa CORPAC US$ 25.00, tasa por visa US$ 20.00, gastos varios US$ 350.00 por cada uno de los participantes. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La Escuela Nacional Superior de Folklore "José María Arguedas" presentará un informe sobre su parti- cipación al Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 9035 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 084-2000-EF Mediante Oficio Nº 326-2000-SCM-PR, se solicita publica- ción de Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 084-2000-EF, publicado en nuestra edición del día 30 de julio de 2000, en las páginas 191078 a 191082. En los casos, donde DICE: 0,0001% de la UIT DEBE DECIR: 0,0001 de la UIT Igualmente, donde DICE: 0,10% de la UIT DEBE DECIR: 0,10 de la UIT 9028MITINCI Autorizan viaje de representantes del Mi- nisterio a los EE.UU. para participar en reuniones de Coordinación Andina y del Grupo de Negociación sobre Solución de Controversias, en el marco del ALCA RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2000-ITINCI Lima, 5 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, el día 6 de agosto del 2000, se realizará la Reunión de Coordinación Andina y entre los días 7 al 9 de agosto del 2000 se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Negociación sobre Solución de Controversias, en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas, las mismas que se desarrollarán en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido es conveniente autorizar la partici- pación de representantes del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90- PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 6 al 10 de agosto del 2000, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del señor Alfredo Ferrero Díez-Canseco, Viceministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, para que asista y participe en la Reunión del Grupo de Negociación sobre Solución de Controversias, y del 5 al 10 de agosto del 2000 de la señora Sara Rosadio Colán, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comercia- les Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. ALFREDO FERRERO DIEZ - CANSECO Pasajes US$ 971.64 Viáticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Sra. SARA ROSADIO COLAN Pasajes US$ 512.62 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 9036 INTERIOR Conceden nacionalidad peruana a ciudadana argentina RESOLUCION SUPREMA Nº 0456-2000-IN-1606 Lima, 27 de julio del 2000