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Pág. 195664 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de diciembre de 2000 DEFENSA Aprueban lineamientos para la elabo- ración de Planes de Emergencia para Recintos Portuarios Especiales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0632-2000/DCG 27 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Activi- dades Marítimas, Fluviales y Lacustres, es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su calidad de Autoridad Marítima, velar por la seguridad de la vida humana en el ámbito acuático, así como controlar y proteger el medio ambiente marino, fluvial y lacustre navegable; Que, los puertos, terminales, muelles, amarraderos y áreas de almacenamiento en tierra consideradas como recintos portuarios especiales, deben contar con su corres- pondiente Plan de Emergencia para casos de incendios, explosiones, sismos, sabotaje u otros similares, aprobado por la Autoridad Marítima Local, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-DE-/MGP de fecha 29 mayo 2000; Que, es necesario establecer los Lineamientos para la elaboración de los Planes de Emergencia que deben contar los puertos, terminales, muelles, amarraderos, u otras áreas de almacenamiento en tierra considerados como re- cintos portuarios especiales, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Capitanías y de las Actividades Maríti- mas, Fluviales y Lacustres; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Depar- tamento de Carga Peligrosa y a lo opinado por el Director del Medio Ambiente; SE RESUELVE: 1.- Apruébese los Lineamientos para la elaboración de los Planes de Emergencia para Recintos Portuarios Espe- ciales, que se indican en el Anexo "A" a la presente para casos de incendio, explosión, sismos, sabotaje y similares. 2.- Los operadores y/o personas responsables de la operación de Recintos Portuarios Especiales, presentarán los Planes de Emergencia de sus instalaciones a la Capita- nía de Puerto de su jurisdicción para su revisión, evaluación y aprobación, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, debiendo ser presentados por triplicado y de acuerdo a los lineamientos aprobados mediante la presente Resolución. 3.- Los Planes de Emergencia serán actualizados cuando se experimente cambios importantes en el Re- cinto Portuario Especial que requieran modificar su contenido y ser revisados al menos una vez al año, debiendo el responsable de la instalación informar di- chos cambios a la Capitanía de Puerto respectiva, tan pronto como éstos se produzcan. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Pú- blico (D.O.P.) HUMBERTO LEON RABINES GIRONDA Director General de Capitanías y Guardacostas Anexo (A) LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION DE LOS PLANES DE EMERGENCIA PARA RECINTOS PORTUARIOS ESPECIALES Lineamientos para casos de emergencias tales como, incendios, explosión, sismo, sabotaje y otros similares, correspondiente a puertos, terminales y áreas de almacena- miento en tierra considerados como recintos portuarios especiales. a) El Plan de Emergencia estará dividido en las partes y secciones que se indican a continuación, sepa-radas convenientemente por marcadores que faciliten su pronta ubicación e identificación, debiendo incluir en la parte inferior de cada página del Plan, el número de página, y la fecha de la última modificación efectuada a dicha página. b) El Plan de Emergencia se elaborará en original y dos copias para cada puerto, terminal, muelle, embarcadero, y áreas de almacenamiento en tierra considerada como Re- cinto Portuario Especial, el mismo que deberá ser presenta- do a la Capitanía de Puerto de la jurisdicción de la instala- ción, para su aprobación. c) El Plan contará con la siguiente información: 1.- Introducción y Contenido del Plan 2.- Objetivos 3.- Indice enumerado 4.- Evaluación de riesgos (específico al tipo de emergen- cia) 5.- Acciones a seguir: 5.1 Operaciones Inmediatas 5.2 Situaciones de Emergencias (Clasificación). 6.- Operaciones de respuesta (específico al tipo de emer- gencia) 6.1 Procedimientos de Notificación 6.2 Procedimientos de prevención y mitigación de la emergencia 6.3 Actividades de respuesta 6.4 Areas sensibles 6.5 Plan de disposición y eliminación 7.- Entrenamiento y Ejercicios Procedimientos 8.- Revisión y Actualización del Plan 9.- Anexos: 1. Planos 2. Lista de contactos 3. Lista de equipamiento 4. Plan de comunicaciones 5. Lista de abreviaturas y definiciones d) A continuación se indica el contenido de cada sección, las cuales podrán ser completadas con información adicio- nal que el operador considere incluir. 1. INTRODUCCIÓN Y CONTENIDO DEL PLAN Esta sección contará con la siguiente información 1.1 Nombre de la instalación, Dirección, números tele- fónicos, número fax, correo electrónico. 1.2 Ubicación de la instalación. 1.3 Nombre, Dirección, número telefónico y de Fax, del operador de la instalación durante las 24 horas del día. 1.4 Registros de cambios, para registrar la información sobre actualizaciones (Número de cambios- página (s) cam- biadas (s) o parte afectada y fecha del cambio. 2. OBJETIVOS El Plan contendrá información sobre sus objetivos 3. INDICE (Numerado) El Plan, para una mejor ubicación de los temas que trata, deberá contar en un índice que indique el número de páginas. 4. EVALUACIÓN DE RIESGOS El Plan contendrá una identificación de todos los riesgos que presentan las instalaciones (incendio, explosión, sis- mos, sabotaje) y otros que considere de riesgo. 4.1 Relaciones de las sustancias y mercancías peligro- sas, potencialmente peligrosas y de las sustancias nocivas y/o perjudiciales a granel y en bultos que movilizan. 4.2 Tanques de almacenamiento: Número, capacidad de cada uno (galones/barriles), ubicación (plano). 5. ACCIONES A SEGUIR 5.1 Operaciones inmediatas: 5.1.1 Puesto en marcha 5.1.2 Definición de la persona (s) que activará (n) el Plan 5.1.3 Comunicación a la Autoridad Marítima.