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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 195765 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de diciembre de 2000 Para lograr la sección de 32.00 m determinada en el Plan Víal para la Av. Manuel Olguín tomando en consideración que la sección actual es de 27.90 m , con la diferencia de 4.10 m y habiéndose determinado por el Instituto Metropolitano de Planificación IMP que el retiro hacia el Hipódromo de Monterrico será de 2.05 m, para el lado de la propiedad de IMPSAT PERU S.A. habrá que retirarse 2.05 m en beneficio de la futura Av. Olguín. La calle Orión con sección actual de 10.25 m, de acuerdo con el Certificado de Zonificación y Vías emi- tido por la Municipalidad de Santiago de Surco su sección normativa debe alcanzar los 12.00 m motivo por el cual es necesario obtener, a partir del eje de la pista actual, hacia el lado de la propiedad de IMPSAT PERU S.A., 6.00 m o sea que debe retirar su lindero la distancia de 0.875 m. Pavimentos.- Las característica de las obras de Pavi- mentación serán las siguientes: En ambas vías se ejecutarán las aceras. En la avenida Manuel Olguín se completará la Calzada y se construirá sardineles de borde. En la calle Orión sólo se completarán sardineles de borde. Subrasantes.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante será nece- sario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mez- clando con riesgos sucesivos y cercanos al óptimo conteni- do de humedad, hasta alcanzar con mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diáme- tro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material grueso (con diámetro máximo de 1.1/2’’), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuarán con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor modificado de Laboratorio para índice de C.B.R. de 80. Superficie de Rodadura y Desgaste.- Estará cons- tituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor compactado como mínimo en la calle Orión y de 3” en la avenida Manuel Olguín que se aplicará previa imprima- ción cuidadosa y uniforme de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad ƒ’c=175 kg/ cm2, de 0.10 m de espesor, construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla cemento y arena fina preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espe- sor, bruñado cada 1:00 metro y con juntas casa cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15x0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En los extremos libres de la calzadas, confinado y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas se construirá sardineles de concreto de calidad ƒ’c=175 kg/ cm2 y de dimensiones 0.15x0.30 m. Entre la calzada y el jardín central de la avenida Manuel Olguín se construirá un sardinel peraltado, de concreto de calidad 210 kg/cm2 y de dimensiones 0.15x0.55 m., debiendo sobresalir 0.20m de nivel sup e- rior de la calzada. Rampa Peatonal.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y la calza- das, de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Limi- tados Físicos aprobado por Resolución Ministerial Nº 1378-78-VC-3500 del 21.12.1978. Bermas Laterales.- Quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12m. en pozas de concreto.Obra Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán coordinar con la empresa LUZ DEL SUR la ubicación y reserva de áreas para la instalación de Subestación de distribución eléctrica, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesio- nes Eléctricas D.L. Nº 25844, Artículo 95º y de su Regla- mento Artículo 186º. Los interesados deberán poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalacio- nes telefónicas, la interesada, de conformidad con el Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13- 3-85 deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instala- ción de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Considérese la presente Habilita- ción Urbana Nueva de Lote Unico con Construcción Simultánea. Artículo Cuarto.- Disponer que los propietarios de la Habilitación Urbana Nueva deberán recurrir a la municipalidad de Santiago de Surco para la aprobación de los Proyectos de Obra y el otorgamiento de la Licen- cia de Obra correspondiente, quedando establecido que son responsables de los deterioros que se produzcan en las obras de habilitación por efectos de la construcción simultanea. Artículo Quinto.- Por estar el Lote 91, de la Mz.’’F’’ dedicado únicamente a uso comercial no está afecto a aportes reglamentarios; sin embargo, esto no implica la renuncia a la obligación de aportar en el caso de un futuro uso residencial. Artículo Sexto.- IMPSAT PERU S.A., no está autori- zada para vender o celebrar contratos de venta garantiza- da de los inmuebles que conforma la habilitación urbana nueva, cuyos proyectos se aprueban. Artículo Séptimo.- Disponer la remisión de los pre- sentes actuados administrativos a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su revisión de acuerdo a ley. Artículo Octavo.- IMPSAT PERU S.A. deberá efec- tuar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano, en el plazo de 5 días útiles contados a partir del día siguiente de notificada, sufragando el costo total de la misma. Artículo Noveno.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Urbano la incorporación al Catastro Urbano de la jurisdicción de Santiago de Surco la presente Habilitación Urbana Nueva y el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 12937 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Otorgan amnistía general para el pago de diversas deudas tributarias genera- das desde 1995 hasta el año 2000 ORDENANZA Nº 063/MDS Surquillo, 7 de diciembre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO