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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 195763 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de diciembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Otorgan amnistía tributaria y adminis- trativa a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 089-MDSL San Luis, 7 de diciembre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordina- ria de fecha 4 de diciembre del 2000, aprobó por unani- midad otorgar Amnistía Tributaria y Administrativa a los contribuyentes del distrito de San Luis CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, el Artículo 10º numeral 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Art. 74º de la Constitución Política del Estado, así como la Norma IV del Código Tributario, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenan- za pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exoneración de ello, den- tro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Artículo 41º del Código Tributario señala expresamente que los Gobiernos Locales podrán condo- nar con carácter general el interés moratorio y las sancio- nes respecto de los tributos que administran; Que, es oportuno atender las solicitudes de los vecinos del distrito de San Luis, quienes manifiestan la imposibi- lidad de cumplir sus obligaciones tributarias y adminis- trativas formales, fundamentando su pedido a limitacio- nes de orden económico, debido a la grave crisis que atraviesa el país; Que, es política de la actual gestión municipal otorgar a los contribuyentes las mayores facilidades para regula- rizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas; Estando a lo expuesto conforme a las facultades confe- ridas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- OTORGAR amnistía tributaria y administrativa hasta el 31.12.2000, a los contribuyentes del distrito de San Luis, a fin de que regularicen sus obligaciones tributarias y administrativas pendientes, sin recargos, sanciones e interés moratorio. Artículo Segundo.- La amnistía tributaria y adminis- trativa comprende: el Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Multas Administrativas, Multa de Licen- cia de Construcción, los fraccionamientos de pago. Artículo Tercero.- La Amnistía en relación al Im- puesto Predial será comprendida desde el año 1994 al 2000, en el cual se considerará el no pago de intereses y el factor de actualización. Artículo Cuarto.- En el caso de la Tasa de Licencias de Funcionamiento será comprendida desde el año 1994 a 1999, no se aplicará el factor de actualización, ni l os intereses correspondientes. Artículo Quinto.- El monto total de las Multas Admi- nistrativas comprendidas desde el año 1997 al 2000 serán rebajadas en un 50%. Artículo Sexto.- El monto total de las Multas de Licencia de Construcción serán rebajadas en un 50%.O R D E N A N Z A Artículo Primero.- Prorrogar los alcances del Artí- culo Segundo de la Ordenanza Nº 024-2000-C/MC, hasta el 23 de diciembre del 2000. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 23 de di- ciembre del 2000, la cancelación de las multas admi- nistrativas condonadas al 70%; establecidas en el Ar- tículo Sétimo de la Ordenanza citada en el artículo que antecede. Artículo Tercero.- Dispensar de la lectura del Acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenan- za. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 14048 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Expresan condolencias por falleci- miento de ex alcalde de la Municipali- dad Metropolitana de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 120-2000-CDSB-C San Borja, 6 de diciembre de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su XVIII - 2000 Sesión Ordinaria de fecha 6.12.2000, la moción presentada por el Alcalde Sr. Jorge Lermo Rengifo, de condolencias a los familiares del Sr. Alfonso Barrantes Lingán quien fuera Alcalde de la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima en el período de 1984 - 1986, lamentando su fallecimiento el día sábado 2 de diciembre del 2000. CONSIDERANDO: Que, el Dr. Alfonso Barrantes Lingán desempeñó una importante función pública en el cargo de Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima entre los años 1984 - 1986; Que, durante su gestión demostró excepcional volun- tad de trabajo, emoción social y genuina vocación de servicio en bien de su colectividad y la ciudadanía en general; Que, el legado que nos deja es su consecuencia política, sus valores democráticos, su honestidad, su compromiso social, sobre todo bajo la actual coyuntura política, el Dr. Alfonso Barrantes Lingán destacará como un peruano sobresaliente; Estando a lo expuesto; y, lo dispuesto en el Art. 109° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDO: Artículo Primero.- Expresar las más sentidas con- dolencias por el sensible fallecimiento de don Alfonso Barrantes Lingán. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Dirección de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 14031