Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2000 (09/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 9 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 15º.- Recepcionada la solicitud la DNT o el Organo Regional Competente, segun corresponda, debera evaluar el expediente, efectuar las consultas e inspecciones necesarias y pronunciarse en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados desde la MORDAZA de la solicitud. Luego de transcurrido el plazo indicado, operara el silencio administrativo negativo, pudiendo en este caso el interesado esperar el pronunciamiento expreso de la autoridad que corresponda, o apelar ante MORDAZA a fin que se eleve el expediente a la instancia inmediata superior para que esta resuelva en MORDAZA instancia administrativa. En los procedimientos atendidos por el Organo Regional Competente, la DNT constituira la MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa. En los procedimientos atendidos por la DNT, el VMT constituira la MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa. Articulo 16º.- Verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas, la DNT o el Organo Regional Competente, segun corresponda, expedira un certificado y una calcomania dejando MORDAZA que el solicitante tiene la condicion de "Agencia de Viajes y Turismo Acreditada". El certificado y la calcomania expedidos por la DNT o por el Organo Regional Competente, tendran una vigencia de tres (3) anos renovables. El contenido y demas especificaciones del certificado y la calcomania seran aprobados por Resolucion del VMT. Para efectos de la renovacion, el solicitante debera cumplir con presentar los requisitos previstos en el Articulo 12º del presente Reglamento. TITULO VI DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 17º.- Mediante Resolucion Ministerial del MITINCI, se aprobara la Escala de Infracciones y Sanciones aplicable a quienes ejerzan la actividad de Agencias de Viajes y Turismo. Las sanciones por infraccion a las disposiciones del presente Reglamento seran las siguientes: a) Amonestacion escrita; b) Multa, cuyo rango puede ser de 5% de Una (1) UIT hasta veinte (20) UITs vigentes al momento del pago; c) Cancelacion de la condicion de "Agencia de Viajes y Turismo Acreditada" (aplicable a quien hubiere obtenido esta condicion); d) Cancelacion de la autorizacion para operar como Agencia de Viajes y Turismo.

Articulo 18º.- Las infracciones precisadas en la Escala estaran referidas solo a aquellos aspectos relacionados con el servicio ofrecido por la Agencia de Viajes y Turismo, por las obligaciones administrativas precisadas en el presente Reglamento u otros relacionados con los mismos en los cuales el MITINCI tuviera facultad de intervenir. Los casos de incumplimiento de contrato, suscitados entre agencias de viajes y turismo u otros derivados del mismo, deberan ser resueltos en la via civil o penal de ser pertinente. Articulo 19º.- Las infracciones y sanciones relacionadas con las Normas de Proteccion al Consumidor, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Proteccion al Consumidor, seran atendidas y resueltas por la Comision de Proteccion del Consumidor del INDECOPI. Articulo 20º.- Las infracciones y sanciones relacionadas con las Normas de Publicidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 691, Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, seran atendidas y resueltas por la Comision de Represion de la Competencia Desleal del INDECOPI. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- Mediante Resolucion del MITINCI se podran dictar las normas necesarias para la mejor aplicacion del presente Reglamento. 14089

Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en reuniones de coordinacion MORDAZA y sobre economias mas pequenas en el MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 190-2000-ITINCI MORDAZA, 5 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Miami - Estados Unidos de MORDAZA se realizara del 13 al 15 de diciembre del 2000, la "Reunion de Coordinacion Andina" y la "Reunion del Grupo Consultivo sobre Economias mas Pequenas", en el MORDAZA del Area de Libre Comercio de las Americas - ALCA;

MINISTERIO DE PESQUERIA
A NUESTROS USUARIOS
Con motivo de las proximas MORDAZA, algunas personas, empresas e instituciones envian presentes para demostrar su aprecio y reconocimiento al personal del Ministerio de Pesqueria. Los que trabajamos en el Ministerio de Pesqueria tenemos la conviccion de que nuestro trabajo es de servicio a la actividad pesquera, en tal sentido para reafirmar nuestros principios agradeceremos se abstengan de enviarnos presentes tanto al local institucional como a nuestros domicilios. Los trabajadores del Ministerio tienen instrucciones de no aceptar o devolver, segun sea el caso, los presentes que MORDAZA remitidos. Aprovechamos la oportunidad para desearles unas MORDAZA MORDAZA llenas de prosperidad, paz y exito para el proximo ano, asi como para ratificarles nuestro compromiso de servirlos cada vez mejor. Diciembre de 2000
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