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Pág. 195855 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de diciembre de 2000 o) Hacer de conocimiento de la Dirección Ejecutiva las tierras eriazas determinadas como de libre disponibilidad del Estado, que serán puestas a disposición de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada – COPRI para su transferencia al sector privado mediante subasta pública; p) Mantener actualizados, los registros o padrones relativos a la titulación y saneamiento físico legal de los predios rurales, así como de las tierras eriazas, en coordi- nación con la Dirección de Catastro Rural; q) Cautelar el cumplimiento de los Contratos de Com- praventa de Tierras otorgadas para el Estado y la recupe- ración del valor de las tierras otorgadas; r) Mantener actualizado el Directorio de Comunida- des Campesinas y Nativas, tituladas e inscritas; s) Otras que le sean asignadas o delegadas por la Dirección Ejecutiva. TITULO IX DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS OFICINAS PETT DE EJECUCION REGIONAL Artículo 26º.- El PETT cuenta con Organos Descon- centrados denominados Oficinas PETT de Ejecución Re- gional. El ámbito geográfico en el cual ejercen su compe- tencia es el mismo que corresponde a las Direcciones Regionales Agrarias. Cada Oficina PETT de Ejecución Regional, está a cargo de un Jefe designado por Resolución Ministerial, quien depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del PETT. Artículo 27º.- Las Oficinas PETT de Ejecución Regio- nal son responsables, en el ámbito de su competencia, de la ejecución de las acciones necesarias para el cumpli- miento de los fines y objetivos del PETT, con quien guardan relación de dependencia técnica, funcional y financiera. Artículo 28º.- Las Oficinas PETT de Ejecución Regio- nal podrán contar con las áreas de Administración, Catas- tro Rural y Titulación y Saneamiento Legal. Artículo 29º.- Son funciones de las Oficinas PETT de Ejecución Regional las siguientes: a) Ejecutar en su ámbito de competencia, las acciones de titulación y saneamiento físico legal de la propiedad rural, tierras eriazas y comunidades campesinas y nati- vas, de acuerdo a los lineamientos y normas establecidas por la Dirección Ejecutiva y sus órganos de línea; b) Elaborar y proponer a la Dirección Ejecutiva el plan operativo anual en el ámbito de su competencia, con el asesoramiento de la Oficina de Planificación; c) Ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las metas institucionales programadas, informando pe- riódicamente los logros alcanzados a la Dirección Ejecu- tiva y Oficina de Planificación del PETT; d) Ejecutar las acciones de los sistemas administrativos, en estrecha coordinación con las instancias correspondien- tes de la Sede Central del PETT, dando cumplimiento a las directivas y normas emanadas sobre el particular; e) Mantener relaciones de coordinación con los Orga- nos Desconcentrados del Ministerio de Agricultura en particular con las Oficinas Regionales Agrarias; f) Organizar, conservar y conducir los servicios de trámite documentario y archivo general de la oficina, así como los archivos técnicos de las áreas funcionales; g) Cautelar y efectuar la verificación, clasificación, organización, registro, control y archivo de los títulos, contratos y otros documentos que acrediten la propiedad de los predios rurales; así como, los expedientes del proceso de Reforma Agraria. h) Efectuar en el ámbito de su competencia, la titula- ción y saneamiento físico-legal de los predios rurales a favor de los adjudicatarios de la Reforma Agraria y de otras tierras del Estado. i) Realizar el seguimiento y evaluación de los contratos de adjudicación de tierras eriazas otorgados con fines de irrigación y/o drenaje y para otros usos agrarios. j) Tramitar las solicitudes de adjudicación de tierras eriazas de propiedad del Estado que se hayan habilitado con anterioridad a la publicación de la Ley Nº 26505 y que estén destinadas íntegramente a alguna actividad agro- pecuaria, hasta su inscripción registral; k) Tramitar las solicitudes sobre el levantamiento de reserva de dominio o anotación de cargas a favor del Estado de las tierras eriazas;l) Procesar las solicitudes de tierras eriazas de libre disponibilidad. m) Conservar y actualizar la información cartográfica digital y base de datos catastrales en coordinación con la Dirección de Catastro Rural y su correspondiente remi- sión periódica a la misma; n) Ejecutar semestralmente la impresión de padrones catastrales por proyectos de acuerdo a las especificacio- nes datos por Dirección de Catastro Rural; o) Otras que le sean asignadas o delegadas por la Dirección Ejecutiva. TITULO X DEL REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO Artículo 30º.- El PETT es Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestario del Ministerio de Agricultura, go- zando de las facultades conferidas por Ley. El Titular y responsable de la Unidad Ejecutora PETT es el Director Ejecutivo. Artículo 31º.- Son recursos financieros del PETT: a) Las asignaciones ordinarias provenientes del Teso- ro Público, aprobadas por la Ley Anual de Presupuesto; b) Los provenientes de las operaciones oficiales de crédito interno y externo; c) Los provenientes de convenios celebrados con insti- tuciones nacionales y organismos internacionales; d) Los legados y donaciones; e) Las contribuciones no reembolsables provenientes de agencias internacionales de desarrollo, gobiernos, ins- tituciones y organismos internacionales; f) Los recursos directamente recaudados; y g) Otros que señalen los dispositivos legales vigentes. TITULO XI DEL REGIMEN LABORAL Artículo 32º.- El régimen laboral del personal del PETT es el de la actividad privada. Artículo 33º.- Los recursos humanos necesarios para la realización de las actividades técnico normativas y administrativas del PETT que no forman parte del Cua- dro de Asignación de Personal - CAP podrán ser contrata- dos conforme a la normatividad correspondiente. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL Primera.- El Director Ejecutivo del PETT propon- drá, al Ministro de Agricultura, el Cuadro para Asig- nación de Personal - CAP de acuerdo al presente Reglamento de Organización y Funciones en un plazo de 10 días útiles contados desde su vigencia, teniendo como marco los recursos aprobados en el presupuesto del PETT. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL PETT -PROPUESTO- DIRECCION EJECUTIVA OFICINA DE AUDITORIA OFICINA DE ASESORIA INTERNA JURIDICA OFICINA DE OFICINA DE ADMINISTRACION PLANIFICACION DIRECCION DE DIRECCION DE CATASTRO RURAL TITULACION Y SANEAMIENTO LEGAL OFICINAS PETT DE EJECUCION REGIONAL Y SUBREGIONAL