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Pág. 182449 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de enero del 2000 Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricul- tura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar infundado el recurso de apela- ción interpuesto por el presidente de la Comunidad Campesina de "Uruiza" contra la Resolución Directoral Regional Nº 184-99- CTAR-DRA-AYAC/PETT-CR, de fecha 4 de agosto de 1999, expedida por la Dirección Regional de Agricultura de Ayacucho, la que se confirma por las razones expuestas en la parte consi- derativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa; devolviéndose el expediente a dicho órgano desconcentrado para su archivamiento. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 0101 Establecen puestos de control cuarentenario a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 184-99-AG-SENASA Lima, 30 de diciembre de 1999 VISTO: Los informes presentados por las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal, mediante Oficio Nº 2995- 99-AG-SENASA-DGSA y Memorándum Nº 2021-99-AG-SE- NASA-DGSV-DDF, sobre los Puestos de Control Cuarentenario a nivel nacional, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en su Artículo 5º inciso g), establece como una de sus funciones organizar y conducir el sistema cuarente- nario nacional evitando la introducción de nuevos problemas sanitarios y la dispersión de los existentes hacia otras regiones y países libres de ellos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 033-98-AG-SENA- SA, se establece los Puestos de Control Cuarentenario - PCC en el ámbito nacional; Que, se hace necesaria la reestructuración de la ubicación de los PCC externos, para enfrentar eficientemente la naturaleza dinámica de las plagas, en armonía con las normas fito y zoosanitarias y acuerdos internacionales de los cuales el Perú es signatario; así como la ubicación de los PCC internos, en la lucha contra plagas que se encuentran bajo control oficial, con el fin de determinar áreas libres de plagas; Que, las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sani- dad Vegetal, tomando en cuenta los criterios referidos en el considerando anterior, han realizado un minucioso estudio so- bre la situación y rol que cumplen los PCC actualmente estable- cidos para la protección y mantenimiento de la sanidad agrope- cuaria del país, concluyendo en la necesidad de reestructurar el actual sistema cuarentenario; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 10º del Regla- mento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, Con las visaciones de las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Planificación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer oficialmente los Puestos de Con- trol Cuarentenario - PCC, como los únicos autorizados en el país para ejercer acciones en materia de control cuarentenario en aplicación de las normas fito y/o zoosanitarias. Artículo 2º.- Los Puestos de Control Cuarentenario - PCC señalados estarán ubicados en los ámbitos geográficos de las Coordinaciones del SENASA, que a continuación se señalan: COORDINAC. PROVINCIA - DISTRITO PCC FUNCION Ayabaca - Suyo La Tina Externo Ayabaca - Ayabaca Espíndola Externo Paita - Paita Puerto de Paita Externo Piura Sullana - Lancones Alamor Externo Sullana - Lancones Lancones Interno Piura - Las Lomas Desvío - Las Lomas Interno Zarumilla - Aguas Verdes Aguas Verdes Externo Tumbes Ctralmte. Villar - Zorritos Zorritos Externo Jaén San Ignacio - Namballe Namballe ExternoLambayeque Lambayeque - Mocupe Mocupe Interno La Libertad Trujillo - Salaverry Puerto de Salaverry Externo Callao - Callao Puerto del Callao Externo Lima - Callao Callao - Callao Aeropuerto del Callao Externo Ica Pisco - Pisco Puerto de Pisco Externo Islay - Mollendo Puerto de Matarani Externo Arequipa Arequipa - Cerro Colorado Aeropuerto de Arequipa Externo Chucuito - Desaguadero Desaguadero Externo Puno Yunguyo - Yunguyo Kasani Externo Moho - Moho Moho Externo Ilo - Ilo Puerto de Ilo Externo Mrcal. Nieto - Torata Torata Interno Moquegua Mrcal. Nieto - Moquegua Montalvo Interno Gral. Sánchez Cerro - Puquina Talamolle Interno Ilo - Pacocha Fundición Interno Tacna - Tacna Santa Rosa Externo Tacna - Palca Palca Externo Tacna Tacna - Tacna El Ferrocarril Externo Tacna - Tacna Aeropuerto de Tacna Externo Tacna - Estiquepampa Estiquepampa Interno Tahuamanu - Tahuamanu Mavila Externo Madre de Dios Tahuamanu - Iñapari Iñapari Externo Maynas - Iquitos Puerto Fluvial Mazuza Externo Maynas - Iquitos Aeropuerto de Iquitos Externo Loreto Maynas - Napo Pantoja Externo Ramón Castilla - Santa Rosa Santa Rosa Externo Cusco Cusco - Cusco Aeropuerto del Cusco Externo Artículo 3º.- Las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal determinarán, previo estudio técnico, la ubicación de los PCC móviles, en apoyo a los PCC listados en el artículo precedente, de acuerdo a la situación fito y/o zoosanita- ria que se presente a nivel nacional. Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Resolución Jefatural Nº 033-98-AG-SENASA. Regístrese, publíquese y comuníquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 0073 ECONOMIA Y FINANZAS Amplían Calendario de Compromisos correspondiente al mes de diciembre del Ejercicio Fiscal 1999 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2000-EF/76.01 Lima, 5 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 041-99-EF/76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos del mes de diciembre del presente Ejercicio Fiscal; Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calendario de Compromisos del mes de diciembre de los Organismos com- prometidos en las Secciones Primera: Gobierno Central y Se- gunda: Instancias Descentralizadas; Estando a lo informado por la Dirección de Programación, Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la Dirección Na- cional del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 34º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y el Artículo 22º de la Directiva Nº 001-99-EF/76.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 044-98-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de diciembre del Ejercicio Fiscal 1999, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el artículo precedente, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Genérico de Gas- tos y Fuentes de Financiamiento de acuerdo a los reportes que forman parte de la ampliación de Calendario de Compromisos del mes de diciembre de 1999.