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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (10/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 183615 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 - Responsabilidad de seguridad de los empleados. - Precauciones contra incendios en hangares, edificios y talleres. 1.b.7.1 Oxígeno, - Procedimientos para la manipulación de oxígeno, recarga y medidas de seguridad. 1.b.7.2 Prueba hidrostática, - Requerimientos de inspección y mantenimiento de cilindros con gases de alta presión. 1.b.7.3 Programa de prevención de accidentes, se debe desarrollar los procedimientos y políticas del "Plan de Prevención de Accidentes y Seguridad de Vuelos" y de seguridad industrial de la Cía. 1.b.8. INFRAESTRUCTURA 1.b.8.1 Talleres, deberán listarse los talleres y los niveles de mantenimiento que el operador/solicitante pretende realizar, para lo cual deberán contar con los equipos necesarios. 1.b.8.2 Instalaciones, deberá presentarse un plano o esquema de distribución de los talleres, oficinas, etc. de mantenimiento. b) UN PROGRAMA DE MANTENIMIENTO POR CADA TIPO DE AERONAVE (*) Este Programa debe ser elaborado por el solicitante, para cada aeronave que va a operar, de acuerdo a las recomendaciones dadas por el fabricante. c) UN MEL Y CDL La Lista de Equipo Mínimo (MEL) de cada aeronave deberá ser elaborada por el Operador, tomando como fuente la última Revisión de la Lista de Equipo Mínimo Maestra (MMEL) correspondiente a cada Tipo de aerona- ve, publicada por el fabricante o por el país fabricante, y adaptarla al modelo y Nº de serie específico que el Opera- dor posee. NOTA: (*) En caso que el Explotador aéreo opere con aeronaves de matrícula extranjera, los Manuales indicados deberán estar aprobados por la Autori- dad del país de matrícula, como prerrequisito para obtener la Constancia de Conformidad respectiva. Para la presentación de estos manuales, bastará la autorización de la Autoridad Aeronáutica Civil del país de matrícula de la aeronave a nombre del arrendador, de ser el caso. Dicha autorización de- berá presentarse a nombre del operador nacional solicitante, en el transcurso del trámite del Proceso de Certificación, a efectos de concluir con el mismo y dar inicio a sus operaciones. d) EL CERTIFICADO DE AERONAVEGABILI- DAD DE CADA AERONAVE (**) APENDICE D - 2: MANUALES DE MANTENI- MIENTO. ACLARACION PARA LOS SOLICITANTES BAJO RAP 135.- De acuerdo a lo establecido en el Oficio Circular 0050-98- MTC, los solicitantes que deseen operar bajo el RAP 135 con 3 o más aeronaves pequeñas (5,700 Kgs. de peso máximo de despegue o menos), deberán presentar los manuales de mantenimiento de acuerdo a la forma y fondo establecidas. Los solicitantes que deseen operar bajo el RAP 135 con 1 ó 2 aeronaves pequeñas, deberán presentar los manua- les de mantenimiento de acuerdo a la forma y fondo establecida en este apéndice. a) UNA LISTA DE EQUIPO MINIMO (MEL) DE CADA AERONAVE La Lista de Equipo Mínimo (MEL) de cada aeronave deberá ser elab orada por el operador, tomando comofuente la última revisión de la Lista de Equipo Mínimo Maestra (MMEL) correspondiente a cada Tipo de aerona- ve, publicada por el fabricante o por el país fabricante, y adaptarla al modelo y Nº de serie específico que el Opera- dor posee. b) UN MANUAL BASICO DE MANTENIMIENTO 2.d.a. Organigrama del Sistema de Manteni- miento Se debe describir la organización de mantenimiento y su ubicación en la organización de la Empresa. Además, se debe presentar un organigrama, que indique las jerar- quías, los elementos asesores y/o asistentes y los elemen- tos organizacionales. Se debe describir al personal o elemento organizacio- nal encargado de dirigir las actividades de mantenimien- to, indicando sus funciones, nombres y cargos. También debe indicarse los nombres, licencia y habilitación de los inspectores o talleres que realizarán las inspecciones mayores. Deben indicarse las responsabilidades y atribuciones del personal en relación con el mantenimiento, la inspec- ción y el servicio. 2.d.b. Descripción de las Actividades de Mante- nimiento Menor y Mayor Se debe describir las políticas de cumplimiento de las inspecciones mayores y menores, indicando el nivel de mantenimiento que puede realizar el operador/solicitan- te. En el caso de operadores bajo "Servicios Aéreos Espe- ciales Remunerado Comercial", según RAP 91, se deberán desarrollar las políticas de aprobación para el retorno al servicio después de mantenimiento, mantenimiento pre- ventivo, reparaciones y alteraciones mayores. Así mismo, se debe describir su sistema de control de calidad. 2.d.c. Descripción de Procedimientos de Adqui- sición de Repuestos Se debe describir los procedimientos y políticas del operador/solicitante referente a la adquisición de repues- tos que sustente su operación, indicando los proveedores nacionales y extranjeros. c) UN PROGRAMA DE MANTENIMIENTO POR CADA TIPO DE AERONAVE (**) Este Programa debe ser elaborado por el solicitante, para cada aeronave que va a operar, de acuerdo a las recomendaciones dadas por el fabricante. d) EL CERTIFICADO DE AERONAVEGABILI- DAD DE CADA AERONAVE (**) Aprobado por la DGTA. NOTA: (**) En caso de aeronave(s) de matrícula extran- jera, el documento deberá estar aprobado por la autoridad del país de matrícula. e) APENDICE E: CRONOGRAMA DE EVENTOS 1. El Cronograma de eventos de la certificación es un documento que determina la fecha que mejor estime el solicitante, en la que éste puede contar con los contratos, manuales, documentos, equipos, aviones, etc., requeridos para cada fase de certificación, en una secuencia lógica de términos. Por ejemplo, la fecha estimada para que inicie el entrenamiento en tierra de la tripulación, deberá ser posterior a la fecha estimada de presentación y aproba- ción de los respectivos manuales de entrenamiento. 2. El solicitante llegará a la Reunión Inicial de Pre- Aplicación con una propuesta de cronograma de eventos, para ser coordinada con los inspectores de la DGTA. El tiempo razonable que debe tomarse la DGTA para la revisión, inspección y aprobación de cada documento, ítem o evento, será incorporado al documento propuesto y aprobado en dicha reunión inicial.