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Pág. 183623 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, con- tados a partir del día siguiente de la publicación de la presenteresolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 1561 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-2000-MTC/15.18 Lima, 26 de enero de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00116010, organizado por la empresa de transportes "REY TOURS" E.I.R.LTDA., sobre Concesión de Ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 034-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes "REY TOURS" E.I.R.LTDA., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesión de la ruta: Lima - Tingo María y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decre- to Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 034-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes "REY TOURS" E.I.R.LTDA., la concesión de ruta: Lima - Tingo María y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedi- ción de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - TINGO MARIA y VICEVERSA. ORIGEN :LIMA. DESTINO :TINGO MARIA. ITINERARIO :OROYA - HUANUCO. FRECUENCIAS :UNA SEMANAL (MARTES) HORARIOS DE SALIDA :DE LIMA :19.00 HORAS DE TINGO MARIA :19.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE :12 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UO-6181 (1994) FLOTA DE RESERVA :UQ-7602 (1993)Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposi- ciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, conta- dos a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 1556 DECRETOS DE URGENCIA FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2000 Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 004-2000, publicado en nuestra edición del día 6 de febrero de 2000, en la página 183499. En el Cuarto considerando; DICE: Que, en tal sentido, resulta conveniente aprobar las normas complementarias sobre política remunerativa de las Entidades y Fondos comprendidos en la Novena Dis- posición Complementaria de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2000. DEBE DECIR: Que, en tal sentido, resulta conveniente aprobar las normas complementarias sobre política remunerativa de las Empresas, Entidades y Fondos comprendidos en el Artículo 9º y la Novena Disposición Complementaria de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2000. 1643 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador apersonarse en procesos penales seguidos contra presuntos responsables de delitos en agravio de municipalidades RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 022-2000-CG Lima, 8 de febrero de 2000