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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (18/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 183893 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2000 Aprueban la Guía del Usuario referi- da a licencias del personal aeronáu- tico RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2000-MTC/15.16 Lima, 2 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme a las atribuciones establecidas en los Artículos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 054-88/TC que aprobó el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y conforme al Artículo 23º literal a) del Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, corresponde a la Di- rección General de Transporte Aéreo (DGTA) proponer y emitir -de ser el caso- la normativa relacionada con el transporte aéreo; Que, de acuerdo a dicha facultad, la citada Dirección General ha aprobado mediante Resolución Directoral Nº 024-2000-MTC/15.16 de fecha 28 de enero del 2000, la Segunda Revisión de la "GUIA DEL USUARIO", Partes I, II, III, IV y V, aplicable a los Permisos de Operación, de Vuelo, Certificado de Explotador de Servicios Aéreos y a otras autorizaciones; Que, corresponde a la D.G.T.A. evaluar y certificar que los solicitantes de Licencias de Personal Aeronáutico, cumplan con los requerimientos y condiciones establecidos en las regulaciones aeronáuticas nacionales e internacio- nales, habilitándolos de este modo, a fin que puedan desarrollar actividades aeronáuticas en el territorio na- cional; Que, en este sentido, la mencionada Dirección Gene- ral ha visto por conveniente facilitar e informar debidamen- te a los usuarios sobre los alcances de los requisitos, procedimientos y documentos necesarios exigidos para la obtención de la Licencia respectiva; Que, a estos efectos, la Dirección General de Transporte Aéreo considera conveniente ordenar en un único texto los requisitos, habilitaciones y la expe- riencia aeronáutica requerida -según sea el caso- que los solicitantes deben cumplir y tener, con el objeto de dar cumplimiento a las regulaciones anteriormente indicadas, a fin de obtener la correspondiente Licen- cia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Decreto Supremo Nº 054-88-TC - Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil; Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Sector Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; los Artículos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 009-96-MTC que modificó el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, y sus Anexos; y, según lo establecido en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Parte VI de la GUIA DEL USUARIO "Licencias del Personal Aeronáutico", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución, la que establece los requerimientos, procedimientos y docu- mentos necesarios exigidos a fin de obtener las licencias aeronáuticas respectivas. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Transporte AéreoMINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO GUIA DEL USUARIO II LICENCIAS DEL PERSONAL AERONAUTICO LIMA, PERU 1999 INDICE GENERAL I.LICENCIAS DE TRIPULANTES E INSTRUC- TORES 1Licencia de Alumno Piloto 2Licencia de Piloto Privado 3Licencia de Piloto Comercial 4Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea 5Licencia de Ingeniero de Vuelo 6Licencia de Instructor de Vuelo 7Licencia de Instructor en Tierra 8Licencia de Auxiliar de Abordo II.LICENCIAS PERSONAL DE TIERRA (Incluye Habilitaciones y Renovación) 9Licencia Despachadores de Vuelo 10 Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo 11Licencia de Operador AFIS 12Licencia de Operador de Estación Aeronáutica 13Licencia de Mecánico de Mantenimiento 14Licencia de Inspector de Mantenimiento 15 Regulaciones aplicables al Asistente de Manteni- miento a partir del 1 de julio 1998 16Regulaciones aplicables al Técnico de Manteni- miento a partir del 1 de julio de 1998 III.HABILITACIONES Y AUTORIZACIONES DE TRIPULANTES AEREOS 18Habilitación de Instrumentos 19Habilitación por Tipo de Aeronave 20Habilitación de Auxiliar de a bordo por Tipo de aeronave 21 Autorización para Instructor de Vuelo de Línea Aérea (Pilotos e Ingenieros de Vuelo) 22Autorización para Instructor de Vuelo de Línea Aérea (TT/AA y Despachadores de Vuelo) 23 Autorización para Chequeadores de Línea Aérea (CLA) y Supervisores de Línea Aérea (SLA) IV.RENOVACION, EXPERIENCIA RECIENTE Y RECALIFICACION TRIPULANTES AEREOS, INSTRUCTORES Y CHE- QUEADORES 24Renovación de Licencias de Tripulantes Aéreos e Instructores (RAPs 61, 63, 135, 121 y 143) 25Requisitos de Experiencia Reciente: Tripulantes Aéreos, Instructores y Chequeadores 26Períodos de Inactividad Aeronáutica de Pilotos 27Requisitos de Entrenamiento de Recalificación: Tripulantes Aéreos en general V.LICENCIAS ESPECIALES 28Licencias de Personal aeronáutico extranjero y Personal peruano en el extranjero 29Calificaciones para Operaciones de Carga Exter- na de Helicóptero 30Calificaciones para Operaciones de Fumigación 31Licencias y/o Habilitaciones solicitadas por Tripu- lantes Técnicos Militares en actividad o en retiro 32Requerimientos de Instrucción y Experiencia para remolque de Planeadores