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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (18/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 183904 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2000 persona puede restablecer vigencia a su respectiva Habi- litación cuando un Instructor de Entrenamiento en el Trabajo lo califique satisfactoriamente. 10.5.4 En el caso que el CTA haga uso de sus vacacio- nes, permisos o comisión de servicio, que no le permitan mantenerse en el ejercicio de sus atribuciones por espacio máximo de dos (2) meses, bastará con la calificación del Supervisor para mantener la vigencia de su(s) habilitación(es). 10.6 RENOVACION (RAP 65.50) Se efectúa cada dos años para lo cual el CTA deberá presentar a la DGTA: 10.6.1 Solicitud de renovación dirigida al Director General de Transporte Aéreo. (Form. DGTA-L-001) 10.6.2 Certificado médico Clase 3 expedido por el Hos- pital Central de Aeronáutica. 10.6.3 Constancia de Curso de Refresco. 10.6.4 Constancia laboral que demuestre cumplimien- to de Experiencia reciente señalada en el punto 1 de este Tema y contar con la calificación satisfactoria de un Instructor de Entrenamiento en el Trabajo. 10.6.5 Abonar los derechos correspondientes a la re- novación. 11.LICENCIA DE OPERADORES AFIS 11.1 REFERENCIA :RAP 65 SUBPARTE H 11.2 REQUISITOS 11.2.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo. (Form. DGTA-L-001). 11.2.2 Documento de identidad. (DNI, Libreta Electo- ral o Carné de Extranjería), para verificar los datos de solicitud. 11.2.3 Tener como mínimo 18 años de edad. 11.2.4 Poseer conocimientos para comprender y ha- blar fluidamente el idioma inglés, de tal manera que no tenga impedimento que pueda afectar adversamente a las radio comunicaciones. 11.2.5 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 11.2.6 Constancia de Curso de Instrucción reconocido por la DGTA. 11.2.7 Constancia de servicios satisfactorios por un mínimo de dos (2) meses bajo las órdenes de un Operador AFIS calificado. 11.2.8 Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. 11.2.9 Abonar los derechos del chequeo práctico. 11.2.10 Aprobar examen teórico en la DGTA. 11.2.11 Aprobar examen práctico de pericia ante un Inspector DGTA o Instructor asignado por ésta. 11.2.12 Abonar los derechos de expedición de Licencia. 11.3 TEMAS DEL EXAMEN TEORICO 11.3.1 El Reglamento del Aire, tal como aparece en las publicaciones de la OACI, RAP 91, AIP y cualquier otra documentación oficial del Estado Peruano pertinente. 11.3.2 Los procedimientos de tránsito aéreo pertinen- te a las operaciones de aeródromo. 11.3.3 Los métodos y procedimientos relativos al ser- vicio de información de vuelo y servicios de alerta. 11.3.4 Los términos utilizados en el servicio móvil aeronáutico, palabras y frases de procedimiento y alfabe- to de deletreo. 11.3.5 Las diversas claves y abreviaturas de comuni- caciones utilizadas. 11.3.6 La fraseología y procedimientos radiotelefóni- cos. 11.3.7 Los servicios generales de tránsito aéreo y la organización del espacio aéreo dentro del Perú 11.3.8 Las reglas locales para el aeródromo. 11.3.9 Las características del tránsito aéreo local. 11.3.10 La conformación del terreno local y los puntos de referencia destacados. 11.3.11 Las instalaciones locales para la navegación aérea. 11.3.12 Los procedimientos para la coordinación entre la dependencia AFIS y el FIC o el ACC correspon- diente.11.3.13 Datos pertinentes relativos a los informes meteorológicos y el efecto de las características significa- tivas de las condiciones atmosféricas locales; y 11.3.14 Procedimientos locales para dar el alerta a los servicios de emergencia. 11.4 RENOVACION La renovación se efectuará cada dos años, para lo cual el titular deberá presentar ante la DGTA lo siguiente: 11.4.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo (Form. DGTA-L-001) 11.4.2 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 11.4.3 Constancia laboral que acredite ejercicio de funciones. 11.4.4 Constancia de Cursos de Refresco. 11.4.5 Si el titular permanece inactivo en la función aeronáutica por más de 06 meses precedentes a la solici- tud de renovación, deberá rendir un examen práctico de refresco en la DGTA. 12.OPERADOR DE ESTACION AERONAUTICA 12.1 REFERENCIA :RAP 65 SUBPARTE I 12.2 REQUISITOS 12.2.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo. (Form. DGTA-L-001). 12.2.2 Documento de identidad. (Partida de Nacimien- to, DNI, Libreta Electoral o Carné de Extranjería), para verificar datos de solicitud. 12.2.3 Tener como mínimo 18 años de edad. 12.2.4 Poseer conocimientos para comprender y ha- blar fluidamente el idioma inglés, de tal manera que no tenga impedimento que pueda afectar adversamente a las radio comunicaciones. 12.2.5 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 12.2.6 Acreditar experiencia de: (a) Constancia de Curso de Instrucción reconocido por la DGTA, completado satisfactoriamente en el período de 12 meses precedentes a la solicitud y, de servicios satisfac- torios durante dos (2) meses como mínimo, a las órdenes de un OEA calificado; o (b) En el período de 12 meses precedentes a su solici- tud, habrá prestado servicios satisfactorios a las órdenes de un OEA calificado, durante seis meses como mínimo. 12.2.7 Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. 12.2.8 Abonar los derechos del chequeo práctico. 12.2.9 Aprobar examen teórico en la DGTA. 12.2.10 Aprobar examen práctico de pericia ante un Inspector DGTA o personal autorizado por ésta. 12.2.11 Abonar los derechos de expedición de Licencia. 12.3 TEMAS DEL EXAMEN TEORICO 12.3.1 Servicios de tránsito aéreo que se proporcionan dentro del Perú. 12.3.2 Procedimientos radiotelefónicos, fraseología, red de telecomunicaciones. 12.3.3 Disposiciones y reglamentos aplicables al ope- rador de estación aeronáutica. 12.3.4 Principios, utilización y limitaciones del equipo de telecomunicaciones de una estación aeronáutica. LA NOTA APROBATORIA ES DE 80% 12.4 RENOVACION DE LICENCIA La renovación se efectuará cada dos años, para lo cual el titular deberá presentar ante la DGTA lo siguiente: 12.4.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo. (Form. DGTA-L-001). 12.4.2 Certificado Médico Clase III expedido por el Hospital Central de Aeronáutica. 12.4.3 Constancia laboral que acredite ejercicio de funciones.