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Pág. 190183 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de julio de 2000 DEBE DECIR: 2. Especificación del Reglamento o Acto materia del Registro. En el caso de solicitarse el Registro de los estatutos o sus modificaciones, acreditar su inscripción previa en Registros Públicos OFICINA DE DERECHOS DE AUTOR Item 16. Medidas Preventivas DICE: Denunciante. DEBE DECIR: Solicitante OFICINA DE DERECHOS DE AUTOR Item 17. Visita Inspectiva DICE: Denunciante. DEBE DECIR: Solicitante OFICINA DE DERECHOS DE AUTOR Item 19. Solución de Controversias en el caso de Desacuer- do de Coautores para la Explotación de la Obra DICE: 10. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español. En el caso de Poderes, además deberán contar con la correspondiente Visación Con- sular. DEBE DECIR: 7. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español. En el caso de Poderes, además deberán contar con la correspondiente Visación Con- sular COMISIÓN DE LIBRE COMPETENCIA Base Legal DICE: Decreto Ley 25868 Art. 24º / Decreto Legislativo 807 Art. 53º. DEBE DECIR: Decreto Ley 25868 Art. 21º / Decreto Legislativo 807 Art. 49º 7997 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-2000-ITINCI Por Oficio Nº 161-2000-MITINCI-SG, el Ministerio de In- dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales solicita se publique Fe de Erratas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Comité de Admi- nistración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-ITINCI, y publicado en nuestra edición del día 6 de julio de 2000, en la página 189747. En la Gerencia Central de Operaciones; - Procedimiento Nº 05, derecho de pago: DICE: 0,21 U.I.T. DEBE DECIR: 0,22 U.I.T. - Procedimientos Nºs. 16 y 19, derecho de pago:DICE: 0,6024 U.I.T. DEBE DECIR: 0,62 U.I.T. 7986 INTERIOR Excluyen de los alcances de las RR.MM. Nºs. 0896 y 0897-98-IN/0101 a diversos miembros del personal de empleados civiles de sanidad PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0833-2000-IN/0103 Lima, 5 de julio del 2000 Vistos las Cartas Notariales y documentos presentados por Personal de Sanidad Policía Nacional, comprendido en las Reso- luciones Ministeriales Nºs. 0896 y 0897-98-IN/0101 de 6.OCT.98, en las cuales formulan desistimiento de su inicial disconformidad con las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0691 y 0692-98-IN de 10.AGO.98; así como la petición de que se les excluya de los alcances de las citadas Resoluciones. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0896-98-IN/0101 de 6.OCT.98, se autorizó al Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales Relativos a la Policía Nacional para que, en nombre y representación del Estado, interponga ante el Juez Previsional de Lima, demanda judicial sobre Nulidad de las Resoluciones Administrativas que les otor- garon en forma indebida e irregular Grados Policiales a Personal de Sanidad Policía Nacional, debido a la incorrecta aplicación de la Ley Nº 24173, cuyos nombres, profesión y situación policial se consigna en la referida resolución, así como a solicitar, como Medida Cautelar, la devolución de haberes, pensiones y otros beneficios ilegalmente percibidos, con el pago de intereses deven- gados; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0897-98-IN/0101 de 6.OCT.98, con el mismo propósito que el considerando anterior, se autorizó al PP/PNP interponer las acciones judiciales contra Personal de la Sanidad de la PNP que, como consecuencia de la inadecuada inclusión del Art. 62º de la Ley Nº 25066, se les otorgó indebidamente grados policiales; Que, en la citada Resolución Ministerial, por error material, se incluyó a la empleada civil Odontóloga, Cesante, de Sanidad PNP Florimer Olinda TORRES DIAZ viuda de PATRON; Que, el personal comprendido en las resoluciones ministeria- les antes mencionadas, en forma individual y por escrito solicita- ron al Ministro del Interior se les excluya de las precitadas resoluciones autoritativas, por estar de acuerdo con los beneficios que les otorga el Programa de Regularización SANIDAD-PNP; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0581-00-IN/0103 de 15 de mayo de 2000, por error material, se dispone la exclusión de la EC. SPNP Florimer Olinda Torres Díaz viuda de Patrón de la R.M. Nº 0896-98-IN/0101 del 6.OCT.98, cuando le correspondía la R.M. Nº 0897-98-IN/0101 de la misma fecha, que es el número de la resolución pertinente; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; A lo propuesto por el Despacho Viceministerial del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclúyase de la Resolución Ministerial Nº 0896-98-IN/0101 de 6.OCT.98, al Personal de Empleados Civi- les de Sanidad PNP, por haber presentado Cartas Notariales de DESISTIMIENTO, solicitando acogerse a los beneficios que otorga la Ley Nº 26960; según relación nominal que a continua- ción se indica: 1.Enfermera ABRIL LLANOS, María Luisa. 2.Enfermera ALCANTARA BRAZZAN de RENGIFO, Blanca Luz. 3.Enfermera BALDOCEDA RODRIGUEZ, Mery. 4.Enfermera BOCANEGRA ARANA, Elena. 5.Enfermera CASARIEGO GALVEZ, Mercedes Petronila. 6.Enfermera CASTRO MERCADO, Ana María. 7.Enfermera DELGADILLO MACEDO, Flor. 8.Enfermera EGOAVIL OSORIO, Carmen V. 9.Enfermera GARCIA SEGURA, Williana Angélica.