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Pág. 190197 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de julio de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 7941 FE DE ERRATAS RESOLUCION SBS Nº 445-2000 Mediante Oficio Nº 6879-2000 la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 445-2000, publicada en nuestra edición del día 6 de julio de 2000, en la página 189821. En la sexta línea del Artículo 16º - Página 189822 DICE: "Anexo Nº 20-A" DEBE DECIR: "Reporte Nº 20-A" En el Anexo B - Página 189823 DICE: "INFORME SOBRE EL GRUPO ECONOMICO DE LA EM- PRESA1" DEBE DECIR: "INFORMACION SOBRE EL GRUPO ECONOMICO DE LA EMPRESA" 8013 UNIVERSIDADES Disponen separación de docente de la Universidad Nacional Agraria de la Selva UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA - TINGO MARIA RECTORADO RESOLUCION Nº 117-00-CU-R-UNAS 21 de junio del 2000 VISTO, el Informe Nº 001-2000 de la Comisión de Procesos Disciplinarios recibido con Oficio Nº 004-200-CPD-UNAS; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 178-2000-R-UNAS se aperturó proce- so disciplinario al profesor Carlos José Montero Vílchez por haber acreditado título de economista con diploma presuntamente fra- guado; Que, de lo actuado por la Comisión de Procesos Disciplinarios ha quedado establecido que por Resolución Nº 7795-UNAS de fecha 27 de febrero de 1991 se nombró al entonces profesor auxiliar adscrito a la facultad de Ciencias Económicas y Adminis- trativas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, al haber acreditado el título de economista con copia del diploma expedido por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión; Que, mediante Oficio Nº 0246-SG-2000 el secretario general de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión informa a esta Universidad que dicha Casa Superior de Estudios no otorgó el diploma en cuestión, que el registro que en él aparece corresponde a título profesional conferido a persona distinta del señor Carlos José Montero Vílchez, que las firmas del rector y decano que figuran en dicho documento son fraguados, que el 26 de mayo de 1998 en que aparentemente se habría expedido el diploma no se realizó sesión de Consejo Universitario; Que, el servidor procesado fue notificado para que presente el descargo a que tiene derecho y, transcurrido el término de ley, no ha cumplido con hacerlo, habiendo más bien presentado renuncia al servicio; Que, en consecuencia, se encuentra acreditado que el señor Carlos José Montero Vílchez presentó un diploma falso para lograr su nombramiento como profesor de la Universidad Nacio- nal Agraria de la Selva, hecho que contraviene el deber de observar conducta digna establecido por el Art. 51º, Inc. d), de la Ley Nº 23773, Universitaria, y que configura además delito contraRegístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 7939 Autorizan a la EDPYME CREDIVISION S.A. la apertura de agencia en la pro- vincia del Cusco RESOLUCION SBS Nº 433-2000 Lima, 23 de junio de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por EDPYME CREDIVISION S.A., requiriendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de su agencia ubicada en el departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E", mediante Informe Nº ASIF "E" 082/OT-2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, la Circular Nº EDPYME-13-97 del 29 de setiembre de 1997, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución SBS Nº 003- 98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a EDPYME CREDIVISION la apertura de la agencia ubicada en la Av. De la Cultura Nº 720, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 7940 Modifican resolución en la parte referi- da a la dirección de agencia de la EDPYME CREDIVISION S.A. ubicada en la provincia del Cusco RESOLUCION SBS Nº 455-2000 Lima, 4 de julio de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La comunicación presentada por EDPYME CREDIVISION S.A. señalando un error en la dirección de su agencia en Cusco, consignada en la Resolución SBS Nº 433-2000 del 2000.6.23; CONSIDERANDO: Que, mediante la referida Resolución, esta Superintendencia autorizó a EDPYME Credivisión, la apertura de una agencia ubicada en la Av. De la Cultura Nº 720, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; consignándose erróneamente la dirección de tal agencia; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, la Circular Nº EDPYME-13-97 del 29 de setiembre de 1997, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución SBS Nº 003- 98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar la Resolución SBS Nº 433-2000 del 2000.6.23 en la parte referida a la dirección de la agencia, la cual está ubicada en Av. De la Cultura Nº 702, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco.