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Pág. 190713 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de julio de 2000 En la página 189843 de la publicación, en la parte correspondiente a la División de Promoción Empresa- rial, en el ítem 9. DICE: 1Uso de la Vía Pública 9.Recibo de pago por uso de Vía Pública por 30 días. DEBE DECIR: 1Uso de la Vía Pública 9.Recibo de pago por uso de Vía Pública por 30 días. Por turno completo 60.00 Medio turno 30.00 8209 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Otorgan beneficio de condonación de interés moratorio y rebaja de factor de ajuste para deudas pendientes de pago, correspondientes al período 1994-1999 ORDENANZA Nº 29-MPL Pueblo Libre, 13 de julio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesión de fecha 13 de julio de 2000, aprobó por Unanimidad el Dictamen Nº 030-2000-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Dis- tritales son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 192º inciso 3) establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, los Artículos 27º y 41º del D.S. Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Código Tributario, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Locales a condonar con carácter general los intereses moratorios y las san- ciones, respecto a los tributos que administran; Que, la actual gestión municipal consciente de la difícil situación económica por la que atraviesa el país, asume parcialmente la solución de la problemática, brindando el presente beneficio que permita a los vecinos motivar su voluntad de pago y a la Municipalidad de Pueblo Libre cumplir con el saneamiento y actualización de las cuentas corrientes de los contribuyentes; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con la aprobación del Concejo Municipal, se promulga la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Conceder la Condonación del 100% del Interés Moratorio y la Rebaja del 50% del Factor de Ajuste a los contribuyentes que tengan deudas pendientes de pago por el período comprendido entre 1994-1999, del Impuesto Predial, Impuesto a los Espec- táculos Públicos No Deportivos, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Relleno Sanitario, Serenaz- go y Tasa de Licencia de Funcionamiento, siempre y cuando sean canceladas al contado. Artículo Segundo.- El período de vigencia del pre- sente beneficio será a partir del 17 al 31 de julio del presente año.Artículo Tercero.- Incluir en el presente beneficio, todas aquellas obligaciones tributarias que se encuen- tren en Cobranza Coactiva, condonándoseles el pago de las Costas Procesales. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Económico y a la Oficina de Informática, el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Comuni- cación Social, la difusión de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Secretaría General y del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 8199 Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2000-MPL Pueblo Libre, 10 de julio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el próximo 28 de julio de 2000, se celebra el Centésimo Septuagésimo Noveno Aniversario de la in- dependencia Nacional del Perú; Que, asimismo, en el mes de agosto se conmemora el 443º aniversario del distrito, debiendo procurarse una mayor afirmación de nuestra identidad vecinal; Que, es deber del Gobierno Local incentivar la parti- cipación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los símbolos pa- trios; Que, es política de la actual Administración Muni- cipal rendir el homenaje correspondiente, por lo que se ha programado una serie de actividades que requieren de la participación del vecindario y corresponde a ellos una identificación patriótica, cumpliendo con el emban- deramiento, la limpieza o el pintado de las fachadas de los inmuebles del distrito, lo que redundará además en el mejoramiento del ornato; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Muni- cipalidades y con cargo de dar cuenta al Concejo Munici- pal; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, desde el 17 de julio al 21 de agosto del presente año, en todos los inmuebles de la jurisdicción. Artículo 2º.- Disponer la limpieza o el pintado de las fachadas de los inmuebles del distrito, a partir del 17 de julio del año en curso. Artículo 3º.- La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre iniciará las inspecciones de los citados inmuebles, a partir del 23 de julio del presente año, para comprobar que los vecinos cumplan con lo dispuesto en los artículos precedentes y de constatarse su incumplimiento, se aplicarán las sanciones conforme a ley. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Seguridad y Vigilancia Municipal el cumplimiento del presente De- creto; a la Oficina de Comunicación Social, la difusión correspondiente a la población del distrito y a la Oficina de Secretaría General y del Concejo, la publicación correspondiente en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 8157