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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2000 (19/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 190702 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de julio de 2000 Artículo Tercer o.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo respon- sabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 8175 RESOLUCION Nº 1105-2000-JNE Lima, 18 de julio de 2000 VISTA: La solicitud de fecha 28 de junio del 2000, del señor Juan Pérez Vargas, alcalde del concejo distrital de San Mateo de Otao, provincia de Huarochiri, departamento de Lima, sobre reemplazo del cargo de regidor, del señor Eutimio Espíritu Capcha por fallecimiento; y CONSIDERANDO: Que, se advierte de las copias certificadas de fojas 3 a 5, que el concejo distrital de San Mateo de Otao, en sesión ordinaria de fecha 08 de junio del presente año, al amparo de lo dispuesto en el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ha declarado en forma unánime, la vacancia del cargo de regidor que ejercía en el mencionado distrito, el señor Eutimio Espíritu Capcha; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 61 del Código Civil, la muerte pone fin a la persona; Que, con el certificado de defunción de fojas 06, expedido por el Registro de Estado Civil de la Municipa- lidad Distrital de Surquillo, se ha acreditado que el señor Eutimio Espíritu Capcha, ha fallecido el 29 de mayo del 2000 en el citado distrito; Que, según lo establece el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el suplente de lista respectiva; y revisada la lista de candidatos en el concejo distrital de San Mateo de Otao, en el año 1998, corresponde asumir el cargo de regidor, al señor Higinio Alejandro Espíritu Pérez candidato postulado por la agrupación "Revelación Huarochirano". Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elecciones: RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al señor Higinio Alejan- dro Espíritu Pérez, para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de San Mateo de Otao, provincia de Huarochiri, en reemplazo del señor Eutimio Espíritu Capcha, quien ha fallecido. Artículo Segundo.- Otorgar la credencial corres- pondiente al regidor convocado, quien deberá jurar y asumir el cargo mencionado, para completar el período municipal 1999 a 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General. 8176Declaran que regidor del Concejo Distrital de San Francisco de Querco continúa en ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 1106-2000-JNE Lima, 18 de julio de 2000. VISTO: El Oficio Nº 127-99 – MDSFQ/A, recibido el 5 de enero del 2000, mediante el cual la señora Micaela Sotelo Berrocal, alcaldesa del concejo distrital de San Francisco de Querco, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Abdón Robert Huamán Sulca; y asimismo solicita se nombre reemplazante con arreglo a ley; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, es atribución de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de alcalde o regidor, por las causales previstas en los Artículos 23º, 26º 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Artículo 27º de la acotada; Que, a fojas 2 aparece la resolución número 015-99, de fecha 28 de octubre de 1999, que declara vacante el cargo de regidor del señor Abdón Huamán Sulca en el concejo distrital de San Francisco de Querco, bajo acusa- ción de haber incurrido en las causales previstas en los incisos 2) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, el inciso 2) del Artículo 26º de la ley acotada, establece que vaca el cargo de alcalde o de regidor, por ausencia de la localidad por más de 30 días consecutivos sin autorización correspondiente del concejo municipal; y el inciso 5) del mismo artículo, por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; Que, para acreditar los hechos que configuran las causales de vacancia invocadas, en observancia del debido proceso el concejo distrital de San Francisco de Querco debió remitir: a) Copias certificadas de cada una de las sesiones de concejo a las que no concurrió el regidor Abdón Robert Huamán Sulca ; b) constancias de convocatoria y citación a cada una de las sesiones mencionadas; c) certificación expedida por autoridad competente que acre- dite la ausencia del regidor por más de 30 días consecuti- vos fuera de la circunscripción del municipio sin la auto- rización respectiva; d) constancia de notificación al regi- dor vacado del acuerdo que declaró la vacancia de su cargo, utilizando cualquier medio permitido por el Código Procesal Civil, a fin de no vulnerar el derecho de defensa que le asiste; e) certificación expedida por el concejo distrital de San Francisco de Querco, en la que conste que el acuerdo de vacancia ha quedado consentido, de confor- midad con lo establecido por los Artículos 27º, 43º y 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, pese a haberse solicitado a la alcaldesa, la remisión de los documentos probatorios pertinentes, según aparece de fojas 3 a 7, mediante oficios de fechas 7 de enero, 23 de febrero, 23 de marzo, 25 de abril y 18 de mayo del 2000, no ha cumplido con remitir los requisitos antes mencionados, consiguientemente la solicitud debe ser declarada inadmisible y dejarse sin efecto la resolu- ción municipal de vacancia de fecha 28 de octubre de 1999; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solici- tud de doña Micaela Sotelo Berrocal, alcaldesa del con- cejo distrital de San Francisco de Querco, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, sobre decla- ratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Abdón Robert Huamán Sulca, al no haberse cumplido con remitir la documentación requerida para el caso; consi-