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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (15/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 188027 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de junio de 2000 ministrativo en contra de los ex funcionarios, servidores administrativos; personal docente y ex docente que se men- cionan en los Informes mencionados; Que, las indicadas Comisiones y el Tribunal de Honor cumplen con emitir sus respectivos dictámenes, en el que indican la necesidad de aperturar procesos administrativos a los involucrados; Que, los investigados tienen la calidad de docentes y ex docentes en unos casos y la de funcionarios y ex funcionarios administrativos en otros, motivo por el cual, los primeros deberán ser procesados por el Tribunal de Honor, con arreglo a las normas de Procesos Disciplina- rios, en tanto que los segundos lo serán por la Comisión Especial y la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos respectivamente; Que, de todo lo actuado se desprende que son responsa- bles: El LIC. PEDRO VASQUEZ PEREZ, ex Presidente de la Comisión Organizadora Transitoria de la Universidad Nacional de Ucayali; por haber incurrido en: 1) Pagos indebidos por concepto de Bolsa de Trabajo, otorgado a las Autoridades y Funcionarios en comisión de servicios, as- cendente a S/. 42.300, incurriendo en falta administrativa prevista en lo dispuesto por el Art. 21º Incs. a) y b) y el Art. 28º Inc. f) del D. Leg. Nº 276. 2) Deficiente manejo de los fondos de la Universidad al otorgar préstamos al personal administrativo, docente, alumnos, asesores y trabajadores por servicios no personales, ascendente a S/. 26,008.68. Falta tipificada en el Art. 28º Inc. f) del D. Leg. Nº 276. 3) Autorización por resolución de ejecución de obra por admi- nistración directa si n existir exoneración de la modali- dad de licitación pública. Falta tipificada en el Art. 28º Incs. d) y f) del D. Leg. Nº 276. 4) Por entregas de anticipos concedidos sujetos a rendir cuenta por un monto de S/. 1'377,705.00, al 31 de diciembre de 1997 que no han sido regularizados. Falta tipificada en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; ING. JULIO OLIVA PORRO, ex Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organiza- dora Transitoria de la Universidad Nacional de Ucayali, por incurrir en las faltas señaladas en los puntos: 1), 2) y 4), al igual que el ex Presidente de la C. O. T., 3) Pago indebido por servicio de asesoramiento no realizado, por un monto de S/. 7,080.00. Falta tipificada en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276. 5) Pagos indebidos efectuados a trabajadores que no laboraron en la Universidad, denomi- nados eventuales, sin contrato y sin resolución, pero que fueron considerados en las planillas especiales de pago de 1997, por un monto de S/. 247,416.00. Falta tipificada en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276; LIC DELIA PEREA TORRES, ex Vicepresidenta Académica de la Co- misión Organizadora Transitoria de la Universidad Nacio- nal de Ucayali, por incurrir en las faltas señaladas en los puntos: 1) y 4) al igual que los otros dos miembros de la Comisión Organizadora Transitoria de la Universidad Nacional de Ucayali; CPC. CARLOS LIZARZABURU LU- JAN, Contador General, por incurrir en las siguientes faltas: 1) Deficiente manejo de los fondos de la Universidad Nacional de Ucayali por otorgamiento de préstamos a personal administrativo, docentes, alumnos, asesores por servicios no personales y trabajadores, ascendente a S/. 26,008.68. 2) Por entregas de anticipos concedidos sujetos a rendir cuentas, por S/. 1'377,705.00, no regularizadas al 31 de diciembre de 1997. 3) Saldos de Cuenta Inmuebles, Maquinaria y Equipo, por S/. 37,385.034, sin sustento al 31 de diciembre de 1997. 4) Por recaudación de Recursos Propios que no fueron depositados oportunamente en la cuenta corriente; correspondiente 5) inexistente análi- sis y conciliación de Cuentas 28 y 42, por S/. 433,257.00 y S/. 27 ,096.00 (observación 9). Faltas tipificadas en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276; ALFREDO DIAZ RAMIREZ, ex Tesorero, por incurrir en las siguientes faltas: 1) Por pago indebido por servicio de asesoramiento no realizado, por S/. 7,080.00 2) Irregularidades en el otorgamiento de adelantos de obra: CONSTRUCCION TANQUE ELEVADO II ETAPA. Faltas tipificadas en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276; SR. RAMON ESTRELLA LOPEZ, ex Jefe de Remuneraciones, por incu- rrir en la siguiente falta: 1) Pagos indebidos efectuados a trabajadores que no laboraron en la Universidad, pero que figuran en planillas especiales de 1997, por un monto de S/ 247.416.00. Falta tipificada en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; LIC. JUAN CARTAGENA SAJAMI, ex Jefe de Contabilidad y Presupuesto, por incurrir en la siguiente falta: 1) Irregularidades en el cumplimiento del Art. 5.2.1. del RULCOP, referente a adelantos en la obra CONSTRUCCION TANQUE ELEVADO II ETAPA. Falta que se tipifica en el Inc. d) del Art. 28º de la norma antes acotada; CPC. RAUL JAVIER GUTIERREZ PINEDA, exmiembro titular de la Comisión de Procesos Administrati- vos Disciplinarios, por incurrir en la siguiente falta: 1) incumplimiento de Resoluciones Nºs. 581/96-COT-UNU, 153/97-COT-UNU. Acción tipificada en el Art. 28º Inc. d) del D.Leg. Nº 276; BACH. JUANA ARRUE CUBAS, ex miembro Titular de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por la misma falta que el CPC. RAUL JAVIER GUTIERREZ PINEDA; BACH. JA- VIER PAREDES VASQUEZ, ex Jefe de Tesorería, por incurrir en negligencia de funciones, Art. 28º Inc. d) del D.Leg. Nº 276. Por no haber depositado oportunamente los recursos propios recaudados en la cuenta correspondiente; ING. FERMIN CAMPOS SOLORZANO, ex Director Gene- ral de Administración y ex docente de la Universidad, por incurrir en las siguientes faltas: 1) Deficiente manejo de los fondos de la Universidad Nacional de Ucayali al otorgar indebidamente préstamos al personal docente, adminis- trativo, por servicios no personales, asesores y alumnos, por S/. 26,008.68. 2) Pago indebido por servicios de aseso- ramiento no realizado, por un monto de S/. 7,080.00. 3) Irregularidades por pago de adelantos en la obra CONS- TRUCCION TANQUE ELEVADO II ETAPA. 4) Por entre- ga de anticipos concedidos, sujetos a rendir cuentas por un monto de S/. 1'377,705.00, al 31 de diciembre de 1997 que no han sido regularizadas. 5) Los saldos de la Cuenta Inmuebles, Maquinaria y Equipo, al 31 de diciembre de 1997, carecen de sustento por un monto de S/. 37'385.034 ( observación Nº 7) . 6) Inexistente análisis y conciliación de las Cuentas 28 y 42, por S/. 433.257.00 y S/. 27.096.00 respectivamente. Faltas tipificadas en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº Nº 276; ECO. ANGEL HUGO ZAPATA HERNANDEZ, ex Director General de Personal, quien incurrió en las siguientes faltas administrativas: 1) Pagos indebidos efectuados a trabajadores que no labora- ban en la Universidad pero que fueron considerados en planillas especiales de 1997, por un monto de S/. 247, 416.00. Falta tipificada en los Incs. d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276 2) Incumplimiento de resoluciones sobre san- ciones por proceso administrativo. Falta tipificada en el Inc. d) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276; ING. WILLIAM PEREZ MELENDEZ, ex Director General de Infraestruc- tura por incurrir en las siguientes faltas : 1) Irregularida- des en el cumplimiento del Art. 5.2.1. del RULCOP, sobre adelantos referentes a la obra CONTRUCCION TANQUE ELEVADO II ETAPA. 2) Irregularidades en el proceso y ejecución de obras por administración directa. 3) Incumpli- miento de plazo de entrega de obras. 4) Irregularidades en el proceso de adquisiciones de materiales efectuados por la Dirección de Infraestructura. Las cuatro faltas están tipi- ficadas en el Inc. d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276 y la última se tipifica también en el inciso f) del Art. 28º del mismo cuerpo legal; CPC. NESTOR GOYZUETA GREYFOS, ex Director General de Administración, por incurrir en Negli- gencia de Funciones, por el no depósito a tiempo de la Recaudación de Recursos Propios. Falta tipificada en el Inc. d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; En uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali y la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APERTURAR, Proceso Administrativo Disciplinario a los siguientes servidores y ex servidores de la Universidad Nacional de Ucayali, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción: NOMBRES Y APELLIDOS CONDICION Y/O CARGO PEDRO VASQUEZ PEREZ Ex Presidente de la Comisión Orga- nizadora Transitoria de la UNU. JULIO OLIVA PORRO Ex Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora Transito- ria de la UNU. DELIA PEREA TORRES Ex Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la UNU. CARLOS LIZARZABURU LUJAN Contador General de la UNU. ALFREDO DIAZ RAMIREZ Ex Tesorero. RAMON ESTRELLA LOPEZ Ex Jefe de Remuneraciones JUAN CARTAGENA SAJAMI Ex Jefe de Contabilidad y Presu- puesto.