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Pág. 188024 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de junio de 2000 Encargan despachos de fiscalías supe- rior y provinciales mixtas de Sullana y Ayabaca RESOLUCION DE L A COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 398-2000-MP-CEMP Lima, 14 de junio del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 385-2000-MP-F.SUPR.C.I cursado por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisio- nal de la Fiscalía Suprema de Control Interno, por la que remite la Resolución Nº 1320 de fecha 14 de junio del 2000, mediante la cual se resuelve suspender temporalmente de la función fiscal a los doctores Vicente García Romero, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalía Superior Mixta de Sullana y al doctor Manuel Arrieta Ramírez, Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Ayabaca, hasta la expedición de la resolución definitiva, en razón que se encontrarían involucrados en una investigación a cargo del doctor Roberto Quiroga Cornejo, Fiscal Pro- vincial Especializado en Delito de Tráfico Ilícito de Dro- gas; y el Oficio Nº 284-2000-MP-FSEGG-Piura, remitido por el doctor Luis Dorador Carrión, Fiscal Superior Encar- gado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Piura-Tumbes; y el Informe Nº 01-2000 de fecha 14 de junio del 2000 del doctor Roberto Quiroga Cornejo, Fiscal Provincial Especializado en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas; y estando al Acuerdo Nº 4453 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Sullana, al doctor Samuel Leoncio Gue- rrero León, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Sullana, quien reúne los requisitos de ley, por el término que dure la suspensión del doctor Vicente García Romero. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fisca- lía Provincial Mixta de Ayabaca, al doctor Manuel Rodolfo Sosaya López, Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Sullana, quien reúne los requisitos de ley, por el término que dure la suspensión del doctor Manuel Arrieta Ramírez. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de la Se- gunda Fiscalía Provincial Mixta de Sullana, al doctor Guillermo Javier Estrada Villena, Fiscal Adjunto Provin- cial Provisional de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Piura, quien reúne los requisitos de ley, por el término de la encargatura del doctor Samuel Leoncio Guerrero León. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecuti- vo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Piura-Tumbes, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Piura-Tumbes; Encargado de la Ofici- na de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Fiscales encargados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio PúblicoANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 6856 S B S Autorizan organización de la Entidad de Desarrollo para la Pequeña y Microempresa EDPYME OMICRON RESOLUCION SBS Nº 358-2000 Lima, 29 de mayo del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el representante de los organizadores de la Entidad de Desarrollo para la Pequeña y Microempresa OMICRON, la que también podrá usar como denominación abreviada EDPYME OMICRON; y, CONSIDERANDO: Que, el representante de los organizadores ha cumplido con acompañar a su solicitud, el proyecto de minuta de constitución social y estatuto, el estudio de factibilidad económico-financiero que sustenta la creación de la EDPY- ME OMICRON, el certificado de depósito de garantía, el currículum vitae y declaración jurada de cada uno de los organizadores y accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolución SBS Nº 419-98, de fecha 30 de abril de 1998; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Estudios Económicos y por la Intendencia de Instituciones Financieras "E" median- te Informes Nºs. 365-2000-LEG, 033-99-GEE y ASIF"E" 62/ OT-2000, respectivamente; así como, a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y, En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General y por la Resolución SBS Nº 035-2000 del 2000.1.14; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la Entidad de Desarrollo para la Pequeña y Microempresa OMICRON S.A., a quien también se le podrá denominar EDPYME OMICRON, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitución social y estatuto presentado para tal efecto por el organizador, en el que se devuelve debidamente autenticado con sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certificado de Autorización al que se refiere el tercer numeral de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funciona- miento de la EDPYME OMICRON en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orienta- das a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el Art. 13º de la Resolución SBS Nº 800-96, y adecuarse además a lo dispuesto por la Resolu- ción Nº 776-98 del 14 de agosto de 1998, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de constitución social; b) Acreditar el pago de su capital social mínimo mediante aportes en efectivo;