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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (17/06/2000)

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Pág. 188077 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de junio de 2000 mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA TURISTICA NA- CIONAL E INTERNACIONAL MAYTA S.R.LTDA. , la concesión de ruta: TACNA - DESAGUADERO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :TACNA - DESAGUADERO y viceversa ORIGEN :TACNA DESTINO :DESAGUADERO (Puno) ITINERARIO :MOQUEGUA - PUNO - ILAVE - JULI ESCALA COMERCIAL :ILAVE - JULI FRECUENCIAS :Una semanal FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus: UK- 2615 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UK-2545 (1988) HORARIOS :Salidas de Tacna: Martes a las 3.00 p.m. Salidas de Desaguadero: Jueves a las 3.00 p.m. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Perua- no, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 5957 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aceptan renuncia de vocal superior provisional especializada en delitos tributarios y aduaneros RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0015-00-STP-EDTA-CS Lima, 15 de junio del 2000 PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS Y OTROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 339-97- CME-PJ de fecha 14 de marzo de 1997 se facultó a la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, conocer en última instancia de lasacciones penales por delitos tributarios y aduaneros, así como crear las Salas Superiores y Juzgados Especializados en los mismos delitos, que fueren necesarios, con compe- tencia a nivel nacional. Ampliándose las atribuciones conferidas a esta Suprema Sala mediante Resolución Ad- ministrativa Nº 744-CME-PJ de fecha 22 de setiembre del año en curso, para que también conozca en última instan- cia y de manera exclusiva de los delitos previstos en los Capítulos V y VI del Título V, Capítulo III, Sección I del Título XVIII y Capítulos I, II y III del Título XIX del Libro Segundo del Código Penal; Que mediante Resolución Administrativa Nº 1148- CME-PJ de fecha 2 de junio del año en curso, se han ampliado las atribuciones conferidas a esta Suprema Sala para que también conozca en última instancia y de manera exclusiva de los delitos previstos en la sección IV del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal; Que, la doctora Alminda Gabriela López Pizarro con fecha 14 de junio del año en curso ha presentado su renuncia a la designación que le fuera otorgada; En uso de las facultades conferidas por las Resolucio- nes Administrativas Nºs. 339, 774 y 1148-CME-PJ y, estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Aceptar la renuncia de la doctora Alminda Gabriela López Pizarro a la designación como Vocal Supe- rior Provisional Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, con sede en la ciudad de Lima y con competen- cia a nivel nacional contenida en la Resolución Adminis- trativa número 005-STP-EDTA-CS de fecha 8 de setiem- bre de 1997. Dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Segundo.- Las causas en las que ha intervenido la referida Magistrada deberá culminarlas en el plazo de diez días calendario. Tercero.- Transcribir la presente Resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia Central de la Reforma, a la señorita Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público, a los señores Presidentes de las Cortes Superiores del país, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura y al señor Superintendente de Aduanas. Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. JOSE LUIS JERI DURAND, ALEJANDRO RODRIGUEZ MEDRANO, VICTORIA AMPUERO DE FUERTES, MANUEL MARULL GALVEZ, JOSE MANUEL CERNA SANCHEZ 6904 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Aprueban el Reglamento de la Capaci- tación a Distancia para Magistrados RESOLUCION DE LA COMISION DE REORGANIZACION Y GOBIERNO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Nº 12-2000-AMAG-CRG Jesús María, 16 de junio de 2000 VISTA: La propuesta de la Dirección Académica presentada mediante Memorándum Nº 0337-2000-AMAG/DA, de fe- cha 13 de junio de 2000, sobre las modificaciones al Regla- mento de la Capacitación a Distancia para Magistrados