Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2000 (22/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 22 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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la capacitacion de los conductores que ofrecen esta modalidad de servicio de transporte de pasajeros; Con la Votacion Legal, la Sesion de Concejo, expide la siguiente: ORDENANZA 1.- Aprobar el Reglamento del Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de MORDAZA El MORDAZA, el mismo que consta de 5 Titulos, 44 Articulos, 5 Disposiciones Complementarias y Modificaciones, 2 Disposiciones Finales y Transitorias y 2 Anexos del Cuadro de Infracciones y Multas. 2.- Encargar a la Direccion de Sercicios, el cumplimiento de la presente disposicion. 3.- Remitase MORDAZA de esta Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para efectos de Ley. 4.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano, esta Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA ORDENANZA REGLAMENTO DE SERVICIO PUBLICO ESPECIAL DE TRANSPORTE MORDAZA DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES DE LA JURISDICCION DE MORDAZA EL MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I BASE LEGAL Articulo 1º.- El presente Reglamento es de obligacion para el Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA El Salvador. Articulo 2º.- Este Reglamento se sustenta en el Art. 192º inciso 4) de la Constitucion Politica del Peru, el Art. 10º, inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades, el Codigo de MORDAZA de Seguridad Vial, Decreto Legislativo N° 420, Ley Nº 27189 (Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores), Ordenanza Nº 241-99 (Ordenanza MORDAZA del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores) de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC (Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados) y Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC (Modificar el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados). Articulo 3º.- La Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA ejecutara las disposiciones contenidas en el presente Reglamento en el ambito de su jurisdiccion. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES Y CLASIFICACIONES Articulo 4º.- Definiciones.- En la aplicacion de la presente Ordenanza se entiende por: 1.- Vehiculos Menores: Vehiculo de tres (3) ruedas, motorizado o no motorizado; especialmente acondicionado para el transporte de personas o carga, cuya estructura y carroceria cuentan con proteccion al usuario; clasificados en: a) Tricitaxi: Vehiculo no motorizado acondicionado por medio de pedales, provisto de espacios en la parte delantera con o sin asientos y de una montura en la parte posterior para uso del conductor. b) Motocar: Vehiculo motorizado que no exceda los 250 cc. de cilindrada, provisto de una cabina con asiento para uso de pasajeros en la parte posterior y de un asiento en la parte delantera para uso del conductor.

c) Mototaxi: Vehiculo motorizado que no exceda los 250 cc. de cilindrada, provisto de una montura en la parte delantera para uso del conductor y una cabina con asiento para uso de pasajeros en la parte posterior. d) Tricimoto: Vehiculo acondicionado a motor que no exceda los 250 cc. de cilindrada, provisto de espacios en la parte delantera con o sin asientos y de una montura en la parte posterior para uso del conductor. 2.- Servicio Publico Especial de Transporte de Pasajeros en vehiculos Menores: Actividad economica que cuenta con los medios para realizar el traslado de pasajeros, dentro de nuestra jurisdiccion, brindado por personas juridicas que cuentan con autorizacion de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. 3.- Persona Juridica: Es la empresa, asociacion u otra forma de organizacion que se constituye de conformidad con las disposiciones legales vigentes, cuyo objeto es brindar servicio publico de transporte de pasajeros en vehiculos menores. 4.- Transportador Autorizado: Persona juridica autorizada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA para realizar el servicio publico de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores dentro de la jurisdiccion. 5.- Conductor de Vehiculo Menor de Transporte Publico: Persona natural, con la respectiva licencia de conducir, debidamente autorizada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA para conducir estos vehiculos, pudiendo ser: a) Propietario - Conductor: Persona natural incorporada a una persona juridica, autorizada por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA para prestar servicio de transporte publico que conduce una unidad de su propiedad. b) Conductor: Persona natural incorporada a una persona juridica autorizada por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, para prestar el servicio de transporte publico que conduce unidades autorizadas de propiedad de otra persona. 6.- MORDAZA de Trabajo: Determinada area territorial autorizada a las personas juridicas, mediante Resolucion de circulacion para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores. 7.- Vias de Trabajos: Lugar por donde circulan los vehiculos menores, debidamente determinados y autorizados por la Municipalidad Distrital a las personas juridicas, mediante la Resolucion de circulacion para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores. 8.- Paraderos: Son los establecidos por la Municipalidad y para ello se debe respetar una distancia prudencial en lo cual los referidos vehiculos se detendran temporalmente a la espera de pasajeros. 9.- Precio del Servicio: El que se fija libremente entre el conductor del vehiculo menor y el pasajero, de acuerdo con la libre oferta y demanda. 10.- Resolucion de Circulacion: Documento emitido por la Municipalidad Distrital que autoriza a una persona juridica a prestar el servicio de transporte de pasajeros o de carga en vehiculos menores en determinada MORDAZA y/o vias de trabajo. 11.- Permiso de Operacion: Autorizacion otorgada por la municipalidad Distrital a un transportador para prestar el servicio publico de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores en nuestra jurisdiccion. 12.- Credencial del Conductor: Documento expedido por la Municipalidad Distrital que autoriza al conductor a prestar el servicio de transporte en vehiculo menor, dentro de una persona juridica debidamente autorizada, luego de cumplir con los requisitos senalados en la presente Ordenanza. 13.- Licencia de Conducir: Documento expedido por las Municipalidades Provinciales o por la autoridad competente que autoriza a conducir vehiculos menores a la persona natural. 14.- Flota: Numero de unidades autorizadas con la que cuenta la persona juridica para el servicio publico de transporte en vehiculos menores. 15.- Constatacion de Caracteristicas: Revision que realiza la Municipalidad Distrital en las condiciones de MORDAZA interior y exterior que deben cumplir las unidades para la realizacion optima del servicio. 16.- Organizacion de Transportistas de Vehiculos Menores: Personas juridicas debidamente constituidas e inscrita en la oficina de Registros Publicos que agrupa a no menos del 33% del total de las personas

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