Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2000 (22/06/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 188278

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de junio de 2000
TITULO III

Articulo 47º.- PLAZO PARA RESOLVER LA APELACION La Administracion resolvera las apelaciones dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de ingreso de los actuados al organo encargado de resolver. Cuando la Administracion requiera al interesado para que de cumplimiento a un tramite, el computo del referido plazo se suspende, desde el dia habil siguiente a la fecha de notificacion del requerimiento hasta la de su cumplimiento. Articulo 48º.- APELACION DE PURO DERECHO Podra interponerse recurso de apelacion de puro derecho ante la MORDAZA instancia administrativa dentro del plazo de veinte (20) dias habiles siguientes a la notificacion de los actos, no siendo necesario interponer reclamacion ante instancias previas. La MORDAZA instancia para conocer de la apelacion, previamente debera calificar la impugnacion como de puro derecho. En caso contrario, remitira el recurso al organo competente, notificando al interesado para que se tenga por interpuesta la reclamacion. El recurso de apelacion a que se refiere este articulo debera ser presentado ante el organo recurrido, quien lo elevara a la instancia superior luego de verificar que se ha cumplido con lo establecido en el Articulo 44º y que no MORDAZA reclamacion en tramite sobre la misma materia. Articulo 49º.- SOLICITUD DE CORRECCION O AMPLIACION Contra lo resuelto por la Administracion no cabe recurso alguno en la via administrativa. No obstante, el organo competente de resolver podra corregir errores materiales o numericos o ampliar su fallo sobre puntos omitidos, de oficio o a solicitud de parte, dentro del termino de cinco (5) dias habiles computados a partir del dia siguiente de efectuada la notificacion certificada de la resolucion al administrado. En tales casos, la Administracion resolvera sin mas tramite, dentro de los cinco (5) dias habiles de presentada la solicitud. Articulo 50º.- RECURSO DE QUEJA El recurso de queja se presenta en cualquier estado del procedimiento, cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el presente reglamento, debiendo ser resuelto por el superior jerarquico del funcionario que tenga a su cargo la tramitacion del expediente, dentro del plazo de veinte(20) dias habiles de presentado el recurso. En el recurso de queja se expondra de manera MORDAZA y precisa los hechos que la motiven, asi como los preceptos legales o reglamentarios que se consideren infringidos. Una vez concluido el procedimiento contencioso no cabe recurso alguno contra la resolucion que se dicte. Articulo 51º.- PUBLICACION DE LO RESUELTO Las resoluciones consideradas de interes general contendran declaracion expresa en tal sentido, a efectos de su publicacion en el Diario Oficial encargado de la publicacion de los avisos judiciales. TITULO II PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Articulo 52º.- TRAMITE DE SOLICITUDES NO CONTENCIOSAS Las solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinacion de la obligacion no tributaria, asi como otras solicitudes no contenciosas, deberan ser resueltas y notificadas en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) dias habiles siempre que, conforme a las disposiciones pertinentes, requiriese de pronunciamiento expreso de la Administracion. Articulo 53º.- RECURSO DE RECLAMACION O APELACION Las resoluciones que resuelven las solicitudes a que se refiere el articulo anterior seran reclamables. En caso de no resolverse dichas solicitudes en el plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles, el administrado podra interponer recurso de apelacion dando por denegada su solicitud.

DEMANDA CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVA ANTE EL PODER JUDICIAL Articulo 54º.- DEMANDA CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVA Contra lo resuelto por la Administracion podra interponerse demanda contencioso - administrativa, la misma que se regira por las normas del Codigo Procesal Civil. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Siempre que no se opongan a lo dispuesto en el presente reglamento, se aplicaran supletoriamente la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, el Codigo Procesal Civil, la Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, en lo que resulten pertinentes. Segunda.- Facultase a la Gerencia General para dictar las normas complementarias que se requieran para el cumplimiento del presente reglamento. Tercera.- El presente reglamento entrara en vigencia despues de quince (15) dias habiles de efectuarse su publicacion. Cuarta.- Los procedimientos que se encuentren en ejecucion deberan adecuarse al presente reglamento. DISPOSICION FINAL Unica.- De conformidad con la Septima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, entiendase derogado el Decreto Supremo Nº 018-78-TR, Reglamento del Sistema de Inscripcion y Recaudacion del Seguro Social de Salud. 7011

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Texto Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 024-A/MDA Ancon, EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCON POR CUANTO: El Concejo Distrital en sesion ordinaria de la fecha, aprobo la siguiente ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebase el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas, que consta de cinco (5) Capitulos, 27 articulos y siete Disposiciones Complementarias y Finales, y el Texto Unico de Infracciones y Sanciones que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Derogase el Reglamento de Sanciones Administrativas aprobado mediante la Ordenanza Nº 020-99-A/MDA de fecha 29 de setiembre de 1999. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion mediante bandos publicos y carteles impresos en lugares visibles y en el Local municipal, la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6930

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.