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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2000 (20/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 186864 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de mayo de 2000 Artículo 2º.- Prorrogar el plazo para el inicio de la prestación de los servicios públicos de buscapersonas otorgados en concesión a favor de SMR DIRECT PERU S.R.LTDA. y C-COMUNICA S.R.LTDA. mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 090-98-MTC/15.03 y 059-98-MTC/15.03, respectivamente, hasta el 24.12.2000. Artículo 3º.- Aprobar las addendas mediante las cuales se modifica el plazo establecido en la cláusula 6.01 de los contratos de concesión aprobados mediante Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 223-98-MTC/15.03, 090-98-MTC/ 15.03 y 059-98-MTC/15.03 de acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes; autorizando al Jefe de la Uni- dad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba las respectivas addendas. Regístrese y comuníquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5558 Otorgan concesión a persona natural para la prestación de servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCION MINISTERIAL Nº 235-2000-MTC/15.03 Lima, 17 de mayo de 2000 Vista la solicitud presentada por JUAN SIXTO CA- CHI CCOA, sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable en la ciudad de Huaraz, provincia de Huaraz, del departamento de Ancash. CONSIDERANDO: Que, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificato- rias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, correspon- de a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servi- cio público de distribución de radiodifusión por cable, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan me- diante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requi- sitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público de distribución de radiodifu- sión por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 117-2000-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de JUAN SIXTO CACHI CCOA; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscrip- ción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a JUAN SIXTO CACHI CCOA concesión para la explotación del servicio público de dis- tribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la ciudad de Huaraz, provincia de Huaraz, del departamento de Ancash.Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con JUAN SIXTO CACHI CCOA para la presta- ción del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión JUAN SIXTO CACHI CCOA deberá cumplir con el pago del derecho de concesión y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución ministe- rial Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5559 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima Trujillo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 416-2000-MTC/15.18 Lima, 10 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00425010 organizado por la "EMPRESA DE TRANSPORTES EX- PRESO LOS HUSARES S.R.LTDA.", sobre concesión de ruta: Lima - Trujillo y viceversa e Informe Nº 171-2000- MTC/15.18.04.1.ATR., de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la "EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO LOS HUSARES S.R.LTDA.", mediante el expediente in- dicado en vistos, solicita el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - TRUJILLO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 171-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR., se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la "EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO LOS HUSARES S.R.LTDA.", la concesión de la ruta: LIMA - TRUJILLO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: