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Pág. 186866 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de mayo de 2000 En uso de las facultades conferidas por la Resolución Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ y disposicio- nes concordantes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los Manuales de Procedi- mientos para los Módulos Básicos de Justicia, en sus componentes de Administración Tomo I, para los Juzga- dos Especializados de Familia, Civil y Laboral Tomo II, para los Juzgados de Paz Letrados Tomo III y para los Juzgados Especializados en lo Penal Tomo IV. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción Administrativa a los órganos competentes de la Gerencia Central de la Reforma y de la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 5654 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Crean el Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, Distrito Judi- cial de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1137-CME-PJ Lima, 17 de mayo del 2000 VISTO: El Informe emitido por el Gerente Central de la Refor- ma y demás documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial la cual ha asumido las funcio- nes de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorroga- das, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración Inte- gral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales funcio- nen con celeridad y eficiencia; Que, conforme al inciso 5.11 del Artículo 5º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial aprobado por Resolución Adminis- trativa Nº 018-CME-PJ, esta Comisión está facultada para crear, modificar, reubicar y/o suprimir los órganos jurisdiccionales que se requieran para lograr eficiencia del servicio de justicia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF de 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a finan- ciar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acce- so a la Justicia, cuyo Artículo 2º señala que el Poder Judicial es el Organismo Ejecutor del Programa de Mejo- ramiento del Acceso a la Justicia; Que, conforme al contrato suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID Nº 1061/OC/PE, es necesario cumplir con las metas y objeti- vos trazados en el mismo; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes delSistema de Administración de Justicia en un único local, llámese Jueces, Fiscales, Abogados, Defensores de Oficio, Médicos Legistas, Consultorios Jurídicos Populares y otros funcionarios; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diver- sas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de "San Juan de Lurigancho" pertene- ciente a la Corte Superior de Justicia de Lima, asimismo por Resolución Administrativa Nº 183-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico Actualizado en los aspectos de organización, carga procesal, competencia territorial y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personali- zado validado, debiendo aprobarse su creación y dispo- nerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, evaluados los informes estadísticos de carga y producción emitidos por la Corte Superior de Justicia de Lima, y confrontados con los estándares de carga procesal dispuestos por la Resolución Administrativa Nº 108-CME- PJ, se ha determinado la conveniencia de disponer la creación de los órganos jurisdiccionales que se indican en la presente Resolución; Que, por Resolución Administrativa Nº 530-SE-TP- CME-PJ, se aprobó el Manual de Organización y Funcio- nes del Módulo Básico de Justicia de "San Juan de Luri- gancho", en sus componentes de Administración, Centro de Distribución y Poder Judicial; De conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de San Juan de Lurigancho, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia, departamento y Dis- trito Judicial de Lima, autorizando su funcionamiento a partir de la publicación de la presente Resolución, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: - Tres (3) Juzgados Especializados en lo Penal; - Un (1) Juzgado Especializado en lo Civil; y - Un (1) Juzgado Especializado de Familia. Artículo Segundo.- Crear en el Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, los órganos jurisdic- cionales que se indican a continuación y en la forma siguiente: a. El Primer Juzgado Especializado en lo Penal; b. El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal; c. El Tercer Juzgado Especializado en lo Penal; d. El Juzgado Especializado en lo Civil; e. El Juzgado Especializado de Familia. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bá- sico de Justicia de San Juan de Lurigancho, comprende al distrito de San Juan de Lurigancho de la provincia y departamento de Lima. Artículo Cuarto.- Los Juzgados de Paz Letrados de San Juan de Lurigancho tendrán como instancia de ape- lación los Juzgados Especializados del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. Artículo Quinto.- El gasto que origine el cumpli- miento de la presente Resolución, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego Poder Judicial, del Presupuesto vigente. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones técnicas y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolu- ción. Artículo Sétimo.- Facultar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, así como el traslado del personal que atenderá los órganos jurisdic-