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Pág. 187031 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de mayo de 2000 el cargo de miembro de la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 5793 I N E I Autorizan realización de la "Estadísti- ca Pesquera Anual 1999" RESOLUCION JEFATURAL Nº 126-2000-INEI Lima, 15 de mayo del 2000 Visto el Oficio Nº 197-2000-PE/OGEP, de la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesquería, solicitando la autorización para realizar la "Estadística Pesquera Anual 1999"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utiliza- dos por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad económica del Sector Pesquero en el país, es necesario realizar a nivel nacional, la "Estadística Pesquera Anual 1999" que permita disponer de información económica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensa- ble para la elaboración de las variables e indicadores económicos sectoriales que contribuyan a la adopción de medidas de política económica de ese Sector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesque- ría, sobre el planeamiento de la encuesta así como la definición y contenido de los formularios a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecución de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la Ex- tracción y/o Transformación y Acuicultura de recursos hidrobiológicos, la misma que será ejecutada por la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesque- ría, así como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directivas Técnicas del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del D.S. Nº 018-91-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Esta- dística Pesquera Anual 1999", que será ejecutada por la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesque- ría, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la Extracción y/o Transformación y Acuicultura de recursos hidrobiológi- cos que se encuentran ubicadas bajo el ámbito adminis- trativo de su sector. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la "Estadística Pesquera Anual 1999", el mismo que forma parte inte- grante de la presente Resolución y cuya distribución se efectuará a partir del 19 de junio del 2000. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución solicitarán los formularios de la Encuesta a la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesquería, sito encalle 1 Oeste Nº 60 Piso 6° Urb. Corpac San Isidro y en provincias a las Direcciones Regionales de Pesquería. Las Empresas deberán presentar una carta indicando nombre o razón social de la empresa, dirección fiscal, número del Registro Unico de Contribuyente (RUC), actividad económica a la que se dedica, número total de personas ocupadas, total de ventas netas en el año 1999, teléfono y Fax. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo hasta el 11 de agosto del 2000, a nivel nacional, para la presenta- ción de los formularios debidamente diligenciados de la "Estadística Pesquera Anual 1999" Artículo 5º.- La información económica-financiera que proporcionará la empresa a través de la Encuesta, será presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Artículo 6º.- Las empresas que incumplan con la presentación de la "Estadística Pesquera Anual 1999", en las fechas establecidas serán sujetas a multa, según lo dispuesto en la Directiva Nº 006-94-INEI/DNEB "Nor- mas para la aplicación de multas por incumplimiento en la entrega de información estadística solicitada por los órganos del Sistema Nacional de Estadística e Informá- tica". Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 5863 Autorizan realización de la "Encuesta Económica Anual 1999 de la Estadísti- ca Económica Financiera de Universi- dades No Estatales" RESOLUCION JEFATURAL Nº 131-2000-INEI Lima, 16 de mayo del 2000 Visto el Oficio Nº 397-2000-DE-DEEI de la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, solicitando autorización para realizar la "En- cuesta Económica Anual 1999 de la Estadística Econó- mica y Financiera de Universidades No Estatales". CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utiliza- dos por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad económica que genera la Educación Superior en el país, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Económica Anual 1999 de la Estadística Económica y Financiera de Uni- versidades No Estatales" que permita disponer de infor- mación económica y financiera de las Universidades particulares, indispensable para la elaboración de las variables e indicadores económicos sectoriales que con- tribuyan a la adopción de medidas de política económica de este Sector; Que, el INEI ha realizado coordinaciones con la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, sobre el planeamiento de la en- cuesta así como la definición y contenido del formulario a ser utilizado; Que, es conveniente autorizar la ejecución de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la acti- vidad Educativa Superior, la misma que será ejecutada por la Dirección de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, así como aprobar los