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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 194810 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de noviembre de 2000 SANCIÓN CÓDIGO INFRACCIÓN % UIT S/. ECOLOGÍA Y ÁREAS VERDES: 3000 Por poda y/o tala de árboles dentro del área pública y sin permiso Municipal. 50 1,450 3005 Por destruir y/o clausurar y/o desviar el curso de ca- nales de regadío (más el gasto que demande su re- posición). 25 725 3110 Por quemar maleza en áreas verdes. 20 580 3015 Por el uso de áreas verdes para el desarrollo de acti- vidades no autorizadas. 15 435 3020 Por sustraer grass y/o plantas en áreas verdes. 15 435 3025 Por deterioro de grass y plantas ornamentales. Por metro cuadrado: 0.172 4.99 3030 Por destrucción de plantas arbustivas. Por unidad: 0.344 9.98 3035 Por destrucción o daño de árboles. Por unidad: 1.724 49.99 Más la reposición de 5 árboles por cada árbol da- ñado o destruido. 3040 Por construir obras civiles en áreas verdes sin el per- miso correspondiente. 15 435 3045 Por obstruir las labores de trabajadores Municipales en áreas verdes. 25 725 3050 Por el arrojo de desmonte u otro material en áreas verdes. 15 435 MULTAS POR CAUSAR ANIEGOS: 3100 Por causar aniegos en la vía pública y zonas aleda- ñas, (retiro, veredas, bermas, etc.), por m2 de área inundada según la Ordenanza Nº 004-94 0.10 2.90 3105 Por deterioro de la carpeta asfáltica como consecuen- cia de los aniegos, el infractor o responsable inde- pendientemente del pago de la multa abonará: * Primera vez: El monto de los gastos de repara- ción que ejecutará la Municipali- dad más el 20% del mismo. * Segunda vez: Será sancionado con el pago del costo de la reparación más el 30% del mismo. 3200 DIRECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL.- TRÁNSITO Y TRANSPORTE: 3205 Por emplear mototaxi para el transporte público de pasajeros. 5 145 Adicionalmente internamiento del vehículo. 3210 Por deteriorar o malograr las señales de circulación vehicular o peatonal. 15 435 3215 Por estacionar vehículos dentro del área de parques, jardines públicos y veredas impidiendo el libre tránsito peatonal. 5 145 3220 A los vehículos de transporte que arrojen o produz- can el desprendimiento de materiales de constru- cción en su trayectoria dentro del distrito. 10 290 3225 Por construir rompemuelles o similares sin autoriza- ción Municipal. Sin perjuicio de su demolición. 10 290 3230 Por efectuar señalización en la vía pública sin autori- zación Municipal. Sin perjuicio de su retiro. Por cada señal: 3 87 3235 Por abandonar vehículos en desuso en la vía pública. 10 290 3240 Por no contar con lona o manta de material adecuado que cubra por completo la tolva o caja del volquete o no esté debidamente sujeta o enganchada a los cos- tados de la misma. 5 145 3245 Por no encontrarse la tolva o caja del volquete en buenas condiciones o no tener empaquetadura apro- piada para evitar la caída del material. 5 145 3250 Por no tener el material mojado (caso de arena, tierra o similares). 10 290 3255 Por impedir el libre tránsito de personas y/o vehículos. 100 2,900 Sin perjuicio del decomiso del elemento. En caso de reincidencia se sancionará con el doble de la multa aplicada y el decomiso defini- tivo. SANCIÓN CÓDIGO INFRACCIÓN % UIT S/. 3300 INFRACCIONES Y SANCIONES APLICABLES POR TODAS LAS DIRECCIONES: 3305 Por negarse al Control Municipal y/u obstruir la ins- pección ocular. 6 174 3310 Por negarse a recibir la Papeleta de Infracción o la Multa Administrativa. 10 290 3315 Por romper la Papeleta de Infracción o la Resolución de la Multa Administrativa. 50 1,450 3320 Por incumplimiento de la orden de clausura. Sin per- juicio de las acciones legales pertinentes. 100 2,900 3325 Por cubrir o retirar los carteles de clausura o paraliza- ción de obra. 50 1,450 3330 Por faltar de palabra o desconocer a la Autoridad Municipal. 25 725 3335 Por agresión física a la Autoridad Municipal. 50 1,450 3340 Por efectuar denuncias maliciosas o carentes de fun- damentos. 10 290 NOTA: Las multas serán calculadas de acuerdo al porcentaje de la UIT vigente al momento de su aplicación. La Molina, Octubre del 2000. 12840 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 150-2000-AL/MDP Pucusana, 3 de setiembre del 2000 VISTO: El Proyecto de Nuevo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Pucusana, eleva- do por la Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del permanente proceso de ajuste de la Organización y Reestructuración Administrativa para mejorar los servicios que brinda la Municipalidad y en la consecución de sus objetivos estratégicos, se aprobó la nueva estructura orgánica de esta Municipalidad, lo que derivó en la aprobación del Nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Edicto Nº 001-2000-MDP, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipa- lidad de Pucusana; Que, están pendientes de aprobación, los documentos de gestión institucional entre ellos el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), que se derivan de dicho proceso; Que, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) es un docu- mento Técnico-Normativo de gestión institucional que contiene los cargos que la Alta Dirección prevé como necesarios en cada una de las respectivas unidades orgánicas con la finalidad de garantizar el desempeño cabal de las funciones asignadas a cada dependencia; De conformidad con la Directiva Nº 004-82-INAP/DNR "NOR- MAS PARA LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN, REVISIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PER- SONAL (CAP)" y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad de Pucusana que consta de setenta y siete cargos (77), correspondientes al Personal de Em- pleados y Obreros Nombrados y Contratados de esta corporación. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección Municipal, Unidad de Admi- nistración y en lo que corresponda a la Unidad de Planificación y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 12834