Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2000 (10/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2000

UNIVERSIDADES
Autorizan adquisicion de derechos y acciones de inmueble ubicado en la provincia de MORDAZA, por situacion de urgencia
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RECTORADO RESOLUCION RECTORAL Nº 09547-CR-00 MORDAZA, 31 de octubre de 2000 Visto el Informe Nº 396-OGAL-00 con Registro de Mesa de Partes General Nº 18217-RG-00 del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Asesoria Legal, sobre la compraventa del 6.25% de los derechos y acciones inmobiliarios de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y sus hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el inmueble que ocupa el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, unidad organica de la Facultad de Educacion de la Universidad, situado en la esquina de MORDAZA MORDAZA Nº 735 y Capac MORDAZA Nº 1700, distrito de Lince, MORDAZA, en el que la Universidad es copropietaria con el 51.89%. CONSIDERANDO: Que por escritura publica del 3 de marzo de 2000, ante el Notario Dr. MORDAZA Belfar MORDAZA del MORDAZA, las hermanas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA vendieron a la Universidad el 45.64% de los derechos y acciones inmobiliarios que eran propietarias sobre el inmueble situado en la esquina de MORDAZA MORDAZA Nº 735 y Capac MORDAZA Nº 1700, distrito de Lince, MORDAZA, donde funciona el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, unidad organica de la Facultad de Educacion de la Universidad, por el precio de US$ 44,045.11 dolares americanos, igual a S/. 154,157.88 nuevos soles, al MORDAZA de cambio de S/. 3.50 por dolar, pagado al contado a la firma de la escritura, inscribiendose la compraventa en la Partida Electronica Nº 11046656 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; el precio se obtuvo al convenir en US$ 140.00 dolares americanos por m2, por lo que teniendo el inmueble un area de 689.325 m2, arrojo US$ 96,505.50 dolares americanos, correspondiendo al 45.64%, la cantidad de US$ 44,045.11 dolares americanos; Que la compraventa referida se autorizo por Resolucion Rectoral Nº 01643-CR-00 del 25 de febrero de 2000, exonerandose, en la misma Resolucion, del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa sin publicacion, previsto en el Articulo 17º de la Ley Nº 26850, aplicando el Articulo 19º, inciso c) de dicha Ley y Articulo 44º, inciso c) de su Reglamento, en merito a que el Colegio de Aplicacion San MORDAZA se hallaba en estado de ser desalojado por vencimiento en exceso del plazo del contrato de arrendamiento; Que por Resolucion Rectoral Nº 08234-CR-00, del 15 de setiembre de 2000 se autorizo la compra del 6.25% de derechos y acciones de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el inmueble indicado, por el mismo precio de la oferta que se les hizo de US$ 6,031.59 dolares americanos, que al MORDAZA de cambio de S/. 3.50 por dolar, resulto S/. 21,110.56 nuevos soles, monto que se pago el 26 de setiembre de 2000, fecha de suscripcion de la escritura publica, ante el Notario Dr. MORDAZA Belfar MORDAZA del MORDAZA, declarando que la Universidad hacia la compra en situacion de urgencia prevista en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850, aplicando el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, de conformidad con la MORDAZA parte del Articulo 17º de la misma Ley y Articulo 44º inciso a) de su Reglamento, en merito a que el porcentaje de derechos y acciones inmobiliarios que adquiria correspondian a la unidad inmobiliaria en la que es copropietaria, no admitiendo sustitucion esa adquisicion, el precio era menor de S/. 35,000.00 nuevos soles y la

Universidad requeria consolidar su derecho de propiedad sobre el 100 % del inmueble; Que la Universidad en la condicion de copropietaria del inmueble en un 51.89%, se encuentra en situacion de urgencia en la compra de todos los porcentajes de derechos y acciones de propiedad de sus condominos, ya que, primero, se trata de porcentajes inmobiliarios que no admiten sustitucion, para consolidar el 100% sobre una sola unidad inmobiliaria; y MORDAZA, porque de no comprar, quedaria sometida al MORDAZA judicial de division y particion, a la tasacion comercial del inmueble y a la venta en publica subasta de todo el inmueble, oportunidad en la que podria adquirir esos porcentajes; sin embargo, la Universidad no debe correr ninguna contingencia, ya que de no obtener la buena pro, se produciria un grave perjuicio academico para los estudiantes sanmarquinos de la Facultad de Educacion, quienes hacen sus practicas preprofesionales en el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, dano economico a los padres de familia de los alumnos de nivel MORDAZA, quienes estudian en ese Colegio, los que ademas se verian desarraigados de su centro de estudios, y finalmente perjuicio economico para la institucion; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y sus hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, son sucesores unicos de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo titulares del 6.25% de derechos y acciones sobre el inmueble referido, no registrando gravamenes de ninguna naturaleza, quienes luego de cartas mutuas cursadas y conversaciones directas, han hecho la oferta formal de venta en la carta del 2 de agosto de 2000, por el precio de US$ 6,031.59 dolares americanos que es igual a S/. 21,110.56 nuevos soles, al MORDAZA de cambio de S/. 3.50 por dolar; Que tratandose de la compra de derechos y acciones inmobiliarios de un inmueble en el que la Universidad es copropietaria en el 51.89 %, se encuentra en situacion de urgencia en esa adquisicion, ya que se trata de porcentajes inmobiliarios que no admiten sustitucion, conforme esta previsto en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850 y siendo su monto de US$ 6,031.59 dolares americanos, igual a S/ . 21,110.56 nuevos soles, al MORDAZA de cambio de S/. 3.50 por dolar, es aplicable el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, conforme a la MORDAZA parte del Articulo 17º de la misma Ley y Articulo 44º inciso a) de su Reglamento; Que constituyendo la compra del porcentaje anotado una parte integrante del inmueble en que la Universidad es copropietaria, la presente Resolucion Rectoral debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla a las Comisiones de Presupuesto y de Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica; Que la Oficina General de Asesoria Legal, mediante Informe Nº 396-OGAL-00 del 29 de setiembre de 2000, opina favorablemente por la compraventa, la misma que cumple con los requisitos establecidos por las normas legales glosadas; En aplicacion del Articulo 4º de la Ley Nº 26457 prorrogada en su vigencia por las Leyes Nºs. 26614, 26797 y 26880, asi como en los Articulos 86º y 87º del Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: 1º Autorizar al senor Rector doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en representacion de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, celebre con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y sus hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el contrato de compraventa del 6.25 % de derechos y acciones de su propiedad, sobre el inmueble de la esquina de MORDAZA MORDAZA Nº 735 y Capac MORDAZA Nº 1700, distrito Lince, MORDAZA, inscrito en fojas 175, del tomo 36-PD, asientos del Nº 01 al Nº 12, y en la Partida Electronica Nº 11046656, del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, por el precio de US$ 6,031.59 (Seis mil treintiuno y 59/100 dolares americanos), monto igual a S/. 21,110.56 (Veintiun mil ciento diez y 56/100 nuevos soles), al MORDAZA de cambio de S/ . 3.50 por dolar, firmando la minuta y escritura publica a que MORDAZA lugar. 2º Declarar que la Universidad hace la compra en situacion de urgencia, prevista en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850, aplicando el MORDAZA de adjudicacion direc-

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