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Pág. 195056 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de noviembre de 2000 Principio de participación del Sector Privado. Si bien la responsabilidad legal del Servicio de Limpieza Pública es municipal se promueve la participación del sector privado en cogestión, bajo la supervisión municipal. Principio de costo por servicio prestado. La ges- tión y operación del Servicio de Limpieza Pública debe basarse en costos reales, asumidos por el usuario en los tributos correspondientes. Principio de razonabilidad. La tecnología usada en las diferentes fases del manejo de residuos sólidos debe ser apropiada a las características de la zona de operación. Principio del desarrollo sostenible. Se promueve el crecimiento económico armonizado en condiciones de igualdad con la protección ambiental y la equidad social. Principio de utilización de tecnologías apropia- das. El titular generador de las actividades contaminan- tes debe incluir en el proceso económico de sus productos o servicios el costo de las tecnologías que minimicen o eliminen los impactos negativos o daños al ambiente y a la población así como los costos de prevención, control, fiscalización, recuperación y compensación que se deri- ven del manejo de los residuos contaminantes. Principio de responsabilidad. El generador es res- ponsable, en el caso que se produzcan daños al ambiente o a la población por causa de sus actividades económicas, debiendo subsanar sus consecuencias. Principio de responsabilidad compartida. Cada persona natural o jurídica es responsable de los residuos sólidos contaminantes que genere o maneje dentro del desarrollo de sus actividades humanas. Principio de prevención. El hombre y su ambiente deben ser protegidos no sólo de los daños y peligros inminentes cuya erradicación absoluta se establece a través de una prohibición, sino de los posibles riesgos que deben evitarse para no exponer innecesariamente a la población a daños ambientales que pueden tener efectos irreversibles. Principio de la calidad del servicio. Se promueve la incorporación. en forma progresiva, de Ingenieros Sa- nitarios y/o profesionales colegiados afines al manejo de los residuos sólidos en todas las etapas del proceso de la gestión de residuos sólidos de Lima Metropolitana. Principio de Liderazgo Activo. - El Alcalde Metro- politano y los alcaldes Distritales deben ejercer el lideraz- go para que los gobiernos locales den prioridad a la gestión y el manejo de los residuos sólidos en Lima Metropolitana. POLÍTICAS Las Municipalidades de la provincia de Lima en la gestión de los Residuos Sólidos deberán adoptar las polí- ticas siguientes: 1. Definir planes, estrategias y acciones de gestión de residuos sólidos conjugando las variables económicas, sociales, culturales, técnicas, sanitarias y ambientales. La gestión de los residuos sólidos debe planificarse y ejecu- tarse coordinada y concertadamente. 2. Promover la adopción de medidas que faciliten la reducción de los volúmenes y las características de peli- grosidad de los residuos sólidos a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos en la salud humana y el ambiente, como condiciones indispensables para el desa- rrollo humano. 3. Promover la iniciativa y la participación activa de la población, la sociedad civil organizada y el sector privado en la gestión de los residuos sólidos. 4. Asumir acciones integrales de manejo de los residuos sólidos desde su generación hasta la disposición final. 5. Armonizar las políticas de ordenamiento territorial y las de gestión de residuos sólidos, con el objeto de favorecer su manejo adecuado y la identificación de áreas apropiadas para la localización de las instalaciones para el tratamiento, transferencia y disposición final. 6. Definir estrategias y ejecutar acciones de educación y capacitación para alcanzar los objetivos de una gestión de los residuos sólidos eficiente y eficaz.7. Promover en forma coordinada con los generadores el uso de tecnologías, métodos, prácticas y procesos de producción y comercialización, que favorezcan la minimi- zación de los residuos sólidos y su manejo adecuado. 8. Fomentar la incorporación de los costos y/o gastos de la prevención, control, fiscalización, recuperación y com- pensación que se deriven del manejo de dichos residuos, en la contabilidad de las personas naturales y jurídicas generadoras o poseedoras de residuos sólidos. 9. Promover las acciones de segregación de residuos sólidos prioritariamente en el lugar de su generación, utilizando métodos y técnicas apropiadas y en condiciones de seguridad sanitaria para el personal involucrado. 10. Promover las acciones de manejo selectivo de los residuos sólidos, pudiendo realizarse el manejo conjunto de los residuos sólidos de distinto tipo, cuando no se generen riesgos sanitarios o ambientales significativos. 11. Establecer acciones orientadas o recuperar áreas degradadas por la descarga inapropiada e incontrolada de los residuos sólidos. 12. Fomentar la generación, sistematización y difu- sión de información técnica como instrumento para la toma de decisiones y el control del manejo de los residuos sólidos. 13. Erradicar las prácticas de descarga, acopio, aban- dono, segregación y comercialización de residuos sólidos, en zonas o condiciones no permitidas por la ley. 14. Promover el reaprovechamiento de los residuos sólidos y la adopción de prácticas para su tratamiento y adecuada disposición final. 15. Promover la eficacia, eficiencia, consolidación, sos- tenibilidad, modernización y desarrollo del Sistema Me- tropolitano de Limpieza Pública e implantar la infraes- tructura necesaria. 16. Organizar las acciones y funciones del Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos de la pro- vincia de Lima en permanente coordinación con las enti- dades del Estado. 17. Velar y fiscalizar el cumplimiento de las normas y disposiciones referidas a la limpieza pública, desde la generación de residuos hasta su disposición final, verifi- cando las condiciones de calidad, continuidad y manteni- miento en el Sistema Metropolitano de Gestión de Resi- duos, promoviéndose la salud pública de la ciudad. 18. Promover la suscripción de convenios de coopera- ción institucional con diversas instituciones para asegu- rar la formación y desarrollo de los Recursos Humanos, y el Asesoramiento y Apoyo Técnico necesarios para el Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos. POR TANTO. Mando, se registre, publique y cumpla. En Lima, a los siete días del mes de noviembre de dos mil. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13071 Delegan administración de vías que están a cargo de la MML a la Munici- palidad Distrital de San Borja, para aplicación de la Ordenanza Nº 210 so- bre publicidad exterior DECRETO DE ALCALDÍA Nº 074 Lima, 23 de agosto de 2000 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Metropolitano de Lima, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 210 de 29 de diciembre de