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Pág. 195057 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de noviembre de 2000 1998, aprobó el Reglamento que regula la Publicidad Exterior para la provincia de Lima; Que, conforme a lo previsto en el Título V, Capítulo II, Primera Disposición Final de la indicada Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía, el Alcalde Metropolitano de Lima podrá delegar a las Municipalidades Distritales que lo soliciten y acrediten contar con la infraestructura y recursos necesarios, la administración de vías a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 127, Siste- ma Vial Metropolitano de Lima; Que, el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Borja, con Oficio Nº 479-2000-CDSB-A, ha solicitado a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se delegue a la Municipalidad Distrital de San Borja, la administración de vías que a la fecha se encuentran bajo la administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima, expresando y acreditando contar con la infraestructura y recursos necesarios; Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Primera Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 210, con la visación conforme de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y la Dirección General de Asuntos Jurídicos; DECRETA: Artículo Unico.- Deléguese en la Municipalidad Dis- trital de San Borja, para los efectos de la aplicación de la Ordenanza Metropolitana Nº 210, Reglamento que regula la Publicidad Exterior en la provincia de Lima, la adminis- tración de las vías que conforme a la Ordenanza Metropo- litana Nº 127, Sistema Vial Metropolitano, están a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13081 Ratifican Ordenanza que aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de La Molina ACUERDO DE CONCEJO Nº 182 Lima, 29 de setiembre de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de La Molina, mediante Oficio Nº 232/MDLM-SG/2000 para la ratifica- ción de la Ordenanza Nº 027-MDLM que aprueba el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos - TUPA y los derechos contenidos en el mismo para el ejercicio 2000 en su jurisdicción; De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT) mediante Informe Nº 000228- 2000-SAT/04 y Oficio Nº 00300-00-SAT/MML de la Jefatu- ra del SAT; la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planificación mediante Informe Nº 054-2000- MML/OGP-OR y Oficio Nº 319-2000-MML/OGP, lo opina- do por la Comisión de Economía, Planificación y Presu- puesto en su Dictamen Nº 081-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211; ACORDO: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 027-MDLM de 16 de junio de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de junio de 2000 de la Municipalidad Distrital de La Molina, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA y los derechos contenidos en el mismo para el ejercicio 2000 en su jurisdicción, los procedimientos Nºs. 32, 120,122 y 124 de su TUPA que han sido observados, median- te Informe Nº 054-2000-MML/OGP-OR, por la Oficina General de Planificación. Artículo Segundo.- NO RATIFICAR los siguientes procedimientos: De la Dirección de Comercialización: - Procedimiento Nº 15, "Autorización para la instala- ción de anuncios simples, luminados y luminosos dentro del predio o en la vía pública". - Procedimiento Nº 16, "Autorización para la instala- ción de Anuncios Ornamentales y Monumentales". - Procedimiento Nº 25, "Autorización y/o renovación para la colocación de señalizadores de calle con publicidad, adjudicadas por licitación, concurso o en forma directa". Los procedimientos Nºs. 15, 16 y 25 son observados por cuanto no procede que se establezca como criterio de determinación del importe del derecho el tamaño del elemento de publicidad establecido en metros cuadrados, el que debe corresponderle al costo que demande a la Municipalidad atender el servicio. - Procedimiento Nº 32, "Autorización para cajeros automáticos". En cuanto al Procedimiento Nº 32 cabe indicar por carecer de fase legal que sustente el procedimiento co- rrespondiendo el cambio de giro del establecimiento. De la Dirección de Servicios a la Ciudad: - Procedimiento Nº 120, Ampliación de redes: - Pavimento y veredas. - En jardín. - Mobiliario Urbano: Teléfonos públicos. - Canales de Regadío. - Procedimiento Nº 122, "Conexión domiciliaria y cons- trucción de cámaras de registro. - Procedimiento Nº 124, "Mejoras e instalación de mobiliario urbano: - Postes. - Buzones. Por cuanto el derecho denominado "Pago por Supervi- sión de Conformidad de Obra por Unidad, de conformidad con la Ordenanza Metropolitana Nº 203, las Autorizaciones deben ser equivalentes al costo integral del proyecto de instalación de portes y no por cada uno de los mismos. Artículo Tercero.- Recomendar y recordar a la Mu- nicipalidad Distrital de La Molina, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa, continua, sin referen- cia de año, conforme establece la Ordenanza Metropoli- tana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13090 Ratifican Ordenanzas de la Municipali- dad de San Borja que regulan los arbi- trios de limpieza pública, parques y jardines, relleno sanitario y serenazgo en su jurisdicción ACUERDO DE CONCEJO Nº 194 Lima, 17 de octubre de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de San Borja,