Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2000 (16/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 16 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, por Decreto de Alcaldia Nº 127 del 13 de agosto de 1992 se puso en vigencia el Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima-Callao 1990 - 2010; Que, por Acuerdo Nº 001-96-AMA de fecha 31 de enero de 1996, la Asamblea Metropolitana de Alcaldes aprobo por unanimidad declarar en "EMERGENCIA AMBIENTAL" a la MORDAZA de MORDAZA Metropolitana, en atencion a la grave situacion y problemas existentes en la recoleccion, tratamiento y disposicion final de los residuos solidos; Que, el mantenimiento de la limpieza publica es obligacion de todos los habitantes de la MORDAZA, correspondiendo al Estado un rol fundamental; asi el Codigo de Medio Ambiente y los Recursos Naturales - Decreto Legislativo Nº 613, senala que corresponde al Ministerio de Salud, como organo rector del sistema nacional de salud, dictar las normas generales en lo referente a salubridad publica; siendo competencia de los gobiernos locales dictar las normas especificas en su jurisdiccion y velar por su correcta aplicacion; entre las que se encuentra la Limpieza Publica la que comprende las etapas de: recoleccion, transporte y disposicion final de los residuos solidos urbanos, asi como la educacion ambiental de sus habitantes; Que, igualmente el Art. 107º de la Ley Nº 26842 - "Ley General de Salud" establece que la autoridad de salud dictara las normas referidas a la disposicion de los Residuos Solidos, vigilando ademas su cumplimiento; Que, la "Ley General de Residuos Solidos Nº 27314" establece nuevas competencias y obligaciones de las Municipalidades, las que requieren de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la expedicion de la normatividad correspondiente, acorde a sus caracteristicas de gobierno metropolitano; Que, conforme a lo normado en el Articulo 12º la Ley Organica de Municipalidades, concordado con el inciso 1) del Articulo 134º, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA esta facultada para prestar directamente los servicios comunes de las municipalidades de la jurisdiccion, asi como coordinar y complementar o suplir la accion de estas cuando lo considere necesario; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 70º de la Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales tienen como atribucion el formular, aprobar, ejecutar y supervisar el plan de acondicionamiento territorial de su jurisdiccion, de igual manera, la atribucion de prestar, a nivel provincial, los servicios que requiera esta extension para su mayor eficacia y economia; Que, el grave deterioro ambiental que presenta la MORDAZA de MORDAZA exige la implementacion de un Sistema de Gestion de los Residuos Solidos en MORDAZA Metropolitana; Que, por razones de Salud Publica y de Defensa del Ambiente es necesario revertir la situacion actual y para ello se requiere el ordenamiento del Servicio Metropolitano de Limpieza Publica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 191º, MORDAZA parrafo de la Constitucion Politica del Peru, concordante con los Articulos 62º, 65º inciso 5), 110º y 134º, inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades; APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA SISTEMA METROPOLITANO DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS TITULO I.- GENERALIDADES Articulo 1º.- Objeto de la Ordenanza. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y determinar las responsabilidades de las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que generan residuos solidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos. Articulo 2º.- Ambito y alcance. La presente Ordenanza es de obligatorio cumplimiento por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por quienes generen residuos solidos en la provincia de MORDAZA y por las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos.

TITULO II SISTEMA METROPOLITANO DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 3º.- Creacion del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos de la provincia de Lima.- Crease el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos, que tiene por finalidad fomentar el bienestar de los vecinos de MORDAZA asegurando el saneamiento ambiental a traves de un servicio coordinado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales que la integran. Articulo 4º.- Conformacion del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos de la provincia de Lima. El Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos esta conformado por: 1. Los organos de ejecucion de los servicios de gestion de residuos solidos de todas las municipalidades de la provincia de Lima. 2. Los organos de supervision, fiscalizacion y control de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. 3. Los operadores de vehiculos recolectores, vehiculos de transporte, centros de acopio, plantas de transferencia, plantas de tratamiento, plantas de disposicion final y otros lugares de disposicion final de residuos solidos especiales. Cada municipalidad crea dichos organos y establece su estructura y funciones, con tendencia a homogeneizarlos para que la calidad del servicio sea lo mas uniforme posible en toda la MORDAZA capital. Articulo 5º.- Competencia de los organos de Planificacion. Es competencia de los organos de planificacion de las municipalidades en lo referente a la gestion de residuos solidos: 1. Formular los Planes Metropolitanos, Interdistritales y Distritales -segun corresponda- sobre la Gestion de los Residuos Solidos a corto, mediano y largo plazo en concordancia con los Planes Integrales de Desarrollo Metropolitano. 2. Proponer la asignacion de los recursos que son necesarios para financiar cada uno de los programas o proyectos que plantean los planes. 3. Proponer a los diferentes ambitos funcionales de la institucion municipal que deben participar en la formulacion y ejecucion de los planes. 4. Plantear modificaciones a los planes de gestion de residuos solidos aprobados, la cual requerira la misma aprobacion que el instrumento original. 5. Dirigir la evaluacion de los planes, determinando la eficiencia y la eficacia de la gestion de los residuos solidos y determinar la necesidad de su actualizacion o modificacion. 6. Difundir los planes y presupuestos a fin de que la comunidad tenga conocimiento de los objetivos y metas previstas, asi como las acciones propuestas. Articulo 6º.- Aprobacion de los Planes de Gestion de Residuos Solidos. La aprobacion del Plan Metropolitano y de los Planes Distritales de Gestion de Residuos Solidos se MORDAZA mediante Ordenanza que para tal efecto expedira el Concejo Metropolitano o Distrital respectivo. Para el caso de los Planes Interdistritales, estos seran aprobados por los Concejos Distritales de las jurisdicciones en los que se aplicara y por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 7º.- Competencia de los organos de ejecucion. Compete a los organos municipales de ejecucion de los servicios de gestion de residuos solidos: 1. Organizar y dirigir el servicio de gestion de residuos solidos de su jurisdiccion distrital, observando obligatoriamente lo establecido en los respectivos planes. 2. Prestar el servicio de gestion de residuos solidos a cargo de la municipalidad aplicando las condiciones y requisitos previstos en esta Ordenanza y en sus disposiciones reglamentarias. Articulo 8º.- Competencia de los organos de supervision y de fiscalizacion y control. Compete a los

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