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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (04/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 193624 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de octubre de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11321 Autorizan a la Superintendencia Na- cional de Aduanas el pago de cuota a la OMA RESOLUCION SUPREMA Nº 472-2000-RE Lima, 3 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 811-2000-ADUANAS, del 22 de agosto de 2000, de la Superintendencia Nacional de Aduanas, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la auto- rización para el pago de la cuota correspondiente al período julio 2000 - junio 2001 a la Organización Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º numeral 11.2 de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2000, señala que la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS), efectúa con cargo a sus Recursos Directa- mente Recaudados, el pago de las cuotas y contribuciones a los organismos internacionales relacionados con las activi- dades que ésta ejecuta y de los cuales el Gobierno peruano es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación de asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota a la mencionada organización internacional, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS), el pago de hasta SETECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/ 100 FRANCOS BELGAS (FB 723,750.00) a la Organización Mundial de Aduanas (OMA), por concepto del pago de la cuota correspondiente al período julio 2000 - junio 2001. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presu- puesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11322 Oficializan eventos sobre pediatría y medicina del adolescente, realizados en la ciudad de Chiclayo RESOLUCION SUPREMA Nº 473-2000-RE Lima, 3 de octubre del 2000Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 593-2000, del Viceministro de Salud, de 29 de agosto del año 2000, mediante el cual comunica que la Sociedad Peruana de Pediatría, ha solicitado la oficialización de las siguientes actividades : XXI Congreso Peruano de Pediatría - II Jornada de Medicina del Adolescente - Curso Internacio- nal "Neptalí Rivasplata", eventos que se realizaron en la ciudad de Chiclayo, del 30 de agosto al 2 de setiembre del año 2000; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- En vía de regularización, oficializar las siguientes actividades: XXI Congreso Peruano de Pediatría - II Jorna- da de Medicina del Adolescente - Curso Internacional "Neptalí Rivasplata", eventos que se realizaron en la ciudad de Chiclayo, del 30 de agosto al 2 de setiembre del año 2000. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11323 Oficializan eventos internacionales sobre control y eliminación de la rabia, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 474-2000-RE Lima, 3 de octubre del 2000 Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 580-2000, del Viceministro de Salud, de 21 de agosto del año 2000, mediante el cual comunica que el Programa Nacional de Control de Zoonosis y la Dirección de Enfermedades Trans- misibles de la Dirección General de Salud de Personas del Ministerio de Salud, ha solicitado la oficialización de la "XI Reunión Internacional sobre Avances en la Investigación y Control de la Rabia en las Américas" y la "VIII Reunión Internacional de Directores de Programas Nacionales para la Eliminación de la Rabia en las Américas", eventos que se realizarán en la ciudad de Lima, del 16 al 21 de octubre del año 2000; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar la "XI Reunión Internacional sobre Avan- ces en la Investigación y Control de la Rabia en las Améri- cas" y la "VIII Reunión Internacional de Directores de Programas Nacionales para la Eliminación de la Rabia en las Américas", eventos que se realizarán en la ciudad de Lima, del 16 al 21 de octubre del año 2000. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11324