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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (04/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 193627 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de octubre de 2000 dos a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Reso- lución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11099 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1597-2000-MTC/15.18 Lima, 11 de setiembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-01539010, sobre conce- sión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Técnico Nº 640-2000-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal; CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTES BREDDE E.I.R.L., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: ABANCAY - CUSCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 640-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cum- ple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y los señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la empresa TRANS- PORTES BREDDE E.I.R.L., la concesión de la ruta: ABAN- CAY - CUSCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :ABANCAY - CUSCO y VICEVERSA ORIGEN :ABANCAY DESTINO :CUSCO ITINERARIO :ABRA SOCLLACCASA-CU- RAHUASI-LIMATAMBO- ABRA HUILLQUE-IZCU- CHACA-ABRA TICA TICA FRECUENCIA :Tres diarias. FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UZ-2265 (1992) y UZ-2266 (1992) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UZ-2267 (1992) HORARIOS :Salidas de Abancay: A las 06.00, 13.00 y 20.00 ho- ras. Salidas de Cusco: A las 06.00, 13.00 y 20.00 ho- ras.Las Tarjetas de Circulación Vehicular serán expedidas con relación al año de fabricación de los vehículos antes indicados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguien- tes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Reso- lución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11090 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1598-2000-MTC/15.18 Lima, 11 de setiembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-00822006, sobre conce- sión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Técnico Nº 652-2000-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES LA MERCED S.R.L., mediante el expediente indicado en visto, ha solici- tado el otorgamiento de la concesión de ruta: AREQUIPA - JULIACA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 652-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y los señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES LA MERCED S.R.L., la concesión de la ruta: AREQUIPA - JULIACA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :AREQUIPA - JULIACA y VICEVERSA ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :JULIACA ITINERARIO :MOQUEGUA-TORATA-LORI- PONGO-PUENTE CUTIMBO- PUNO-PAUCARCOLLA-CA- RACOTO FRECUENCIA :Una interdiaria FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus