Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2000 (18/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 18 de octubre de 2000
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Licitacion Publica Nº 015-IN/OGA-MIN del 16.JUL.95 se convoco la adquisicion de Maquinaria y Equipo de Laboratorio Criminalistico para la Division de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, otorgandose la Buena Pro de los Items: IV, V, VII, IX, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XIX, XX, XXII, XXIII y XXIV a la Firma DROGUERIA MORDAZA S.A. (DROMOSA) por el importe total de US$ 323,605.00 (TRESCIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CINCO DOLARES AMERICANOS), precio que incluia la instalacion, puesta en operacion y capacitacion del personal de la Policia Nacional del Peru especializado en el manejo de los equipos adquiridos. Que, a tenor de las estipulaciones contractuales pactadas en las clausulas Tercera y Sexta del respectivo Contrato de Compra - Venta, la citada Firma se comprometio y obligo a entregar la totalidad de los bienes objeto de contratacion en sujecion a las caracteristicas determinadas en las especificaciones tecnicas aprobadas para dicho MORDAZA Licitatorio y dentro de los plazos establecidos en la clausula Setima, las cuales solo han sido cumplidas parcialmente. Que, de las consideraciones glosadas en el Informe Nº 042DINCRI-PNP/DICOCRI de 15.OCT.99 elaborado por la Division Central de Criminalistica de la Direccion Nacional de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, se acredita de manera fehaciente el incumplimiento contractual de la Firma DROGUERIA MORDAZA S.A., el cual se circunscribe entre otros a la inejecucion e imperfeccionamiento en el suministro de maquinaria y equipos sofisticados de Laboratorio Criminalisticos concerniente a los Items V, XXIII y XXIV. Que, a pesar de los requerimientos notariales cursados indistintamente por la Direccion Nacional de Criminalistica y la Oficina General de Administracion del Sector y no obstante el Acta de Compromiso que suscribiera dicha Firma para subsanar las deficiencias puntualizadas en el considerando precedente, dichas irregularidades y observaciones se mantienen inalterables a la fecha, tal y como se desprenden de los Informes emitidos por la DINCRI-PNP. Que, los hechos descritos precedentemente acarrean un grave perjuicio economico a los intereses del Estado, por lo que se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado - Ministerio del Interior, interponga las acciones judiciales a que hubiere lugar, contra la citada Firma y/o sus representantes legales peticionando la indemnizacion por los danos y perjuicios ocasionados. De conformidad con lo prescrito por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado por la Oficina General de Administracion del Sector. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru para que en defensa y representacion de los intereses del Estado - Ministerio del Interior, interponga las acciones judiciales a que MORDAZA lugar contra la Firma DROGUERIA MORDAZA S.A. (DROMOSA) y quienes resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al senor Procurador Publico indicado, los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 11921

568, interiores W, X y Z, distrito y provincia de MORDAZA, con un area de 360,66 m2 de terreno y 603,32 m2 de construccion, valorizada en US$ 63 752,12 (SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 12/100 DOLARES AMERICANOS), cuyo dominio corre inscrito en el Asiento C-6 de la Ficha Nº 1662194 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana adquirio la propiedad del citado inmueble, al declararse vacante la herencia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freyre MORDAZA MORDAZA de MORDAZA propietaria original, cuya gestion de herencia fue reconocida judicialmente a favor de la Asociacion Religiosa "Monasterio de Nazarenas Carmelitas Descalzas" correspondiendole el 40% del valor del inmueble en mencion, por lo que solicita se autorice su transferencia directa a titulo oneroso con el objeto de ampliar su sede principal colindante para dedicarlo a obras de bien social; Que, el Articulo 31º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 02578-VC modificado por Decreto Supremo Nº 004-2000-PRES, permite la venta directa de propiedad inmueble del Estado, siempre que sea autorizada por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por el Ministro de la Presidencia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase a la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana a transferir directamente, sin el requisito de Subasta Publica y a titulo oneroso, a la Asociacion Religiosa "Monasterio de Nazarenas Carmelitas Descalzas", el area de terreno de 360,66 m2 y 603,32 m2 de construccion correspondientes al inmueble ubicado en el MORDAZA Chancay Nºs. 560 - 568 interiores W, X y Z, distrito y provincia de MORDAZA, por el precio de US$ 63 752,12 (SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 12/100 DOLARES AMERICANOS) o su equivalente en moneda nacional, que seran cancelados al contado a la firma de la Minuta respectiva. Articulo 2º.- La Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana queda autorizada a compensar la deuda que mantiene con la Asociacion Religiosa "Monasterio de Nazarenas Carmelitas Descalzas" en su calidad de gestora de herencia, ascendente a la cantidad de US$ 25 500,84 (VEINTICINCO MIL QUINIENTOS Y 84/100 DOLARES AMERICANOS) equivalentes al 40% del valor del inmueble indicado en el articulo anterior. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de la Presidencia y por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de octubre del dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 12006

Autorizan a institucion representada Autorizan a la Sociedad de Beneficen- en el Peru por M. Woll S.A. operar cia de MORDAZA Metropolitana transferir embarcacion para realizar investigainmueble a asociacion religiosa cion sobre mamiferos marinos en DECRETO SUPREMO aguas peruanas Nº 018-2000-PRES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana es propietaria del Inmueble ubicado en el MORDAZA Chancay Nºs. 560 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 274-2000-PE MORDAZA, 13 de octubre del 2000 Visto los escritos de Registros Nºs. 01557003 y 10633002, de fechas 10 de marzo y 4 de octubre del 2000, mediante el cual el

PRES

PESQUERIA

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