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Pág. 194105 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de octubre de 2000 PROMUDEH Designan Subgerenta de la Gerencia de Desarrollo Humano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2000-PROMUDEH Lima, 16 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, de fecha 6 de noviembre de 1998, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, el mismo que establece la nueva estructura orgánica del referido Ministerio; Que se encuentra vacante el cargo de Subgerente de la Gerencia de Desarrollo Humano, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004- 99-PROMUDEH y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la señorita ANA MARIA CAMERO BRETONECHE, en el cargo de Subgerenta de la Gerencia de Desarrollo Humano, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrenda- da por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 12011MINISTERIO DE PESQUERIA COMISION DE SANCIONES FE DE ERRATAS Relación de expedientes archivados por no acreditarse infracción (Sesión Nº 27 del 10 de octubre del 2000) Mediante Oficio Nº 1678-2000-PE/SG el Ministerio de Pesquería solicita se publique Fe de Erratas de la Relación de expedientes archivados por no acreditarse infracción (Sesión Nº 27 del 10 de octubre del 2000) publicada en nuestra edición del 15 de octubre de 2000, en la página 194022. Dictamen Nº Denunciado Lugar y fecha Materia DICE: 346-2000 JORGE SAMUEL Huacho 19-10-99 ... ...... CREVOISIER VIACAVA DEBE DECIR: 346-2000 JORGE SAMUEL Huacho 7-1-2000 ... ...... CREVOISIER VIACAVA 11910 SALUD Modifican resolución que aprobó el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2000-SA/DM Lima, 16 de octubre del 2000 Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que en la prescripción de medicamentos se deberá consignar obligatoriamente la Denominación Común Internacio- nal (DCI); Que, el Artículo 75º de la citada Ley, señala que la Autoridad de Salud de nivel nacional es la encargada de velar por el uso racional de medicamentos; Que, por Resolución Ministerial Nº 308-98-SA/DM del 13 de agosto de 1998, se aprobó el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, y se establecieron las condiciones para su aplicación a nivel de los servicios asistenciales del Ministerio de Salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 614-99-SA/DM del 14 de diciembre de 1999, se dispuso la constitución de comités farma- cológicos en los hospitales nacionales e institutos especializa- dos; Que, es necesario adoptar medidas para que en los hospitales nacionales e institutos especializados del Ministerio de Salud se apliquen programas para garantizar el uso racional y la prescrip- ción de medicamentos de conformidad con lo señalado en la Ley General de Salud; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º. Sustituir el texto del numeral 2.- de la Resolución Ministe- rial Nº 308-98-SA/DM por el siguiente: "2.- Las Direcciones de Salud elaborarán, para cada nivel de atención y dentro del marco que proporciona el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, los petitorios de medicamentos a los que se sujetarán las adquisiciones de medicamentos de los esta- blecimientos de salud de su ámbito." 2º. Sustituir el texto del numeral 3.- de la Resolución Ministe- rial Nº 308-98-SA/DM por el siguiente: "3.- Los hospitales e institutos especializados elaborarán, dentro del marco del Petitorio Nacional de Medicamentos Esen- ciales, sus respectivos petitorios de medicamentos. Los referidos