NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (03/09/2000)
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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de setiembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7377 Pág. 192491Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Autorizan viaje de representantes de PROMPERU para participar en evento turístico "Sur del Perú en la Paz", a realizarse en Bolivia RESOLUCION SUPREMA Nº 379-2000-PCM Lima, 2 de setiembre del 2000 Vista la Carta Nº S.E. Nº 262-2000 de la Secretaría Ejecu- tiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; tiene previsto participar en la Caravana Turística "Sur del Perú en La Paz" a llevarse a cabo en la ciudad de la Paz, Bolivia, el 5 de setiembre del presente año; Que, en el citado evento se llevarán a cabo acciones conjun- tas con empresarios del Sector Privado a fin de presentar la oferta turística de los departamentos fronterizos del Perú con Bolivia para incrementar el flujo turístico boliviano hacia nuestro país; Que, en tal sentido resulta pertinente designar a los repre- sentantes de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU para que participen en dicho evento internacional; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Supremo Nº 163-81-EF y su modificatoria Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios de los señores PERCY TAPIA CAMPUSANO y JORGE MORENO LESEVIC, del Area de Promoción Turística de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU a la ciudad de La Paz, Bolivia , del 5 al 6 de setiembre del presente año, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: SR. PERCY TAPIA CAMPUSANO -Viáticos :US$ 200.00 SR. JORGE MORENO LESEVIC -Viáticos :US$ 200.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros 10070Aprueban Reglamento Interno de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-2000-PCM Lima, 31 de agosto del 2000 Visto, el Oficio Nº 257-2000-CGBVP/CG de la Comandancia General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27067, modificada por Ley Nº 27140 de fecha 17 de junio de 1999, se aprobó la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, estableciendo sus fines y objetivos, modernizando su organización y precisando su adscripción a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en cumplimiento de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27067 y de la Sexta Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros aprobar el Reglamento Interno de Organización y Funciones de la referida institución; Que, mediante el documento de visto, la Comandancia General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, alcanza a esta Presidencia del Consejo de Ministros, el Regla- mento Interno del CGBVP elaborado por la Comisión designada mediante Resolución Jefatural Nº 116-CGBVP para tal efecto; De conformidad con las Leyes Nºs. 27067, 27140, y 27227 y Decreto Supremo Nº 031-99-PCM y con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento Interno de Organi- zación y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Volunta- rios del Perú, el mismo que consta de ciento veintidós (122) Artículos, nueve (9) Títulos y forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución al Cuer- po General de Bomberos Voluntarios del Perú. Regístrese y comuníquese. FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Contenido El presente Reglamento determina la naturaleza, funcio- nes, estructura básica y relaciones de los Organos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Artículo 2º.- Alcances Las normas contenidas en este Reglamento son de aplica- ción a todos los Organos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. TITULO II DE LA PERSONERIA JURIDICA, DURACION, OBJETIVOS Y FUNCIONES Artículo 3 º.- Personería Jurídica y Duración El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, al que se identificará también por las siglas CGBVP , es un