NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (03/09/2000)
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Pág. 192498 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de setiembre de 2000 acciones con los Organos Descentralizados del CGBVP. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General o Superior, quien depende del Director General de Administra- ción Artículo 59º.- Dirección de Informática La Dirección de Informática es la encargada de analizar, desarrollar, coordinar, ejecutar, normar y evaluar la sistema- tización informática de las actividades operativas y adminis- trativas del CGBVP. Está a cargo de un Director, profesional- mente calificado, con el nivel jerárquico de Oficial General o Superior, quien depende del Director General de Administra- ción. Capítulo 6 De los Organos de Línea Subcapítulo 1 Dirección General de Operaciones Artículo 60º.- Dirección General de Operaciones La Dirección General de Operaciones está encargada de planear, organizar, dirigir y controlar todas las actividades operativas del CGBVP. Está a cargo de un Director General, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende funcionalmente del Vicecomandante General. Artículo 61º.- Competencia de la Dirección General de Operaciones La Dirección General de Operaciones del CGBVP es el órgano encargado de: a) Estudiar, fomular, proponer, evaluar, ejecutar y hacer cumplir las Normas y Procedimientos Operativos para actua- ción en casos de Incendios, Rescate, Desastres y todo tipo de emergencias en las cuales interviene el CGBVP en razón de sus funciones. b) Especificar y normalizar los Sistemas, equipos y materiales de protección, prevención, detección y control de incendios, de los servicios técnicos de comunicaciones, sanidad y seguridad. c) Dirigir, normar y controlar las funciones de los sistemas de comunicación del CGBVP. d) Estudiar y proponer las normas de aplicación de los equipos, detección, prevención, control y extinción de incendios y de operaciones técnicas de rescate y salvataje, así como todo equipo de intervención de siniestros y desastres que requiere el CGBVP de acuerdo al avance tecnológico. e) Disponer la ejecución e inspecciones programadas o inopi- nadas a todas las dependencias del CGBVP, para asegurar el cumplimiento técnico operativo de Procedimientos, Normas y Reglamentos a través de las Comandancias Departamentales. f) Proporcionar asesoría y apoyo en los campos de sus responsabilidades. Artículo 62º.- Organización de la Dirección General de Operaciones La Dirección General de Operaciones para el cumplimiento de su misión cuenta con la siguiente Direcciones: • Dirección de Comunicaciones • Dirección de Técnica • Dirección de Seguridad • Dirección de Sanidad Artículo 63º.- Dirección de Comunicaciones La Dirección de Comunicaciones es el órgano encargado de dirigir, normar, supervisar y controlar las funciones de los sistemas de comunicación del CGBVP. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General de Operaciones. Artículo 64º.- Dirección de Técnica La Dirección de Técnica es el órgano encargado de dirigir, normar, supervisar y controlar las edificaciones del CGBVP; de estudiar y proponer las normas de aplicación de los equipos de detección, prevención, control y extinción de incendios, en las operaciones técnicas de rescate y salvataje así como de todo equipo de intervención en siniestros y desastres, de acuerdo al avance tecnológico. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General de Operaciones. Artículo 65º.- Dirección de Seguridad La Dirección de Seguridad es el órgano encargado de supervisar el cumplimiento de las especificaciones de los equi- pos de detección, prevención, control y extinción de incendios y de operaciones técnicas de rescate y salvataje, así como todo equipo de intervención de siniestros y desastres que use o aplique el CGBVP, tipificando la falta y denunciando al infrac- tor a la instancia correspondiente del Consejo Nacional de Disciplina. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General de Operaciones Artículo 66º.- Dirección de Sanidad La Dirección de Sanidad es el órgano encargado de estudiar, evaluar, proponer los equipos y técnicas médicas y paramédicaspara la atención de las emergencias producidas por incendios así como en las operaciones de rescate y salvataje, supervisando su correcta aplicación. Está a cargo de un Director, de profesión Médico Cirujano, con el nivel jerárquico de Oficial General o Superior, quien depende del Director General de Operaciones. Subcapítulo 2 Centro de Instrucción Artículo 67º.- Centro de Instrucción El Centro de Instrucción del CGBVP está encargado de la formación, capacitación y perfeccionamiento de las técnicas operativas de las labores propias del bombero. Está a cargo de un Director General, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Comandante General. Artículo 68º.- Competencia del Centro de Instrucción El Centro de Instrucción del CGBVP es el órgano encargado de: a) Normar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar todas las actividades de instrucción del CGBVP; a) Formular y aprobar la currícula en todos los niveles de capacitación; b) Aprobar y difundir los textos de instrucción que utilice con fines de capacitación el CGBVP; c) Organizar, evaluar y supervisar el Equipo de Instructo- res del CGBVP; d) Promover y coordinar todas las actividades de capacita- ción que ejecuten los órganos del CGBVP; e) Coordinar la cooperación técnica internacional en mate- ria de instrucción, evaluando y designando al personal que debe viajar al exterior con fines de capacitación. f) Autorizar al personal del CGBVP para que proporcione apoyo técnico en materia de capacitación a entidades públicas o privadas, nacionales y extranjeras; g) Organizar y administrar la Biblioteca de normas y especificaciones de seguridad contra incendio; h) Otras que se le asignen. Artículo 69º.- Organización del Centro de Instrucción El Centro de Instrucción del CGBVP para el cumplimiento de su misión, cuenta con la siguiente organización: a. Escuela Básica. b. Escuela Técnica. c. Escuela Superior. d. Biblioteca. Artículo 70º.- Escuela Básica La Escuela Básica es el órgano de capacitación encargado de dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades concer- nientes a la formación, capacitación y calificación del Bombero Alumno, para el desarrollo de labores específicas, en el nivel de Seccionario, así como de capacitar al personal rentado técnico y administrativo, para un mejor desempeño de sus labores en las diferentes áreas del CGBVP. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General del Centro de Instrucción. Artículo 71º.- Escuela Técnica La Escuela Técnica es el órgano de capacitación encargado de dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades concernientes a la capacitación y calificación de los Oficiales del CGBVP. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General del Centro de Instrucción. Artículo 72º.- Escuela Superior La Escuela Superior es el órgano de capacitación encargado de dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades concer- nientes a la capacitación y calificación de los Oficiales del CGBVP. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial General, quien depende del Director General del Centro de Instrucción. Artículo 73º.- Biblioteca La Biblioteca es el órgano encargado de facilitar el acceso de los conocimientos y técnicas de la prevención y combate de incendios, poniendo a disposición de los Bomberos los medios bibliográfico, hemerográfico y documental, nacional y extranje- ro, acopiando, organizando y custodiando la producción biblio- gráfica. Está a cargo de un Director, con el nivel jerárquico de Oficial Superior, quien depende del Director General del Centro de Instrucción. Subcapítulo 3 Centro de Prevención e Investigación de Incendios Artículo 74º.- Centro de Prevención e Investigación de Incendios El Centro de Prevención e Investigación de Incendios está encargado de realizar los estudios, Inspeccionar e Investigar