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Pág. 201276 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de abril de 2001 Visto: El Expediente Nº 33009193, organizado por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro - ELECTROCENTRO S.A., sobre renuncia a la autorización de generación de energía eléctrica en la Cen- tral Térmica Tarma; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 086-94-EM/DGE, de fecha 21 de febrero de 1994, se otorgó autorización por tiempo indefinido a ELECTROCENTRO S.A., para desarrollar activida- des de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Tarma con una capacidad instalada de 3,95 MW, ubicada en el distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín; Que, cumpliendo con lo previsto en el Artículo 89º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimien- tos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94- JUS y al amparo de la Ley Nº 26539, ELECTROCENTRO S.A. ha formulado renuncia a la autorización a la que se refiere el considerando que antecede, manifestando que tal renuncia no compromete el Servicio Público de Electricidad; Que la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos forma- les, ha verificado que la renuncia no compromete el Servi- cio Público de Electricidad, por lo que ha emitido el Informe Nº 053-2001-EM/DGE, opinando favorablemente por la aceptación de la renuncia formulada; Estando a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acéptase la renuncia formulada por ELEC- TROCENTRO S.A. a la autorización otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 086-94-EM/DGE, la misma que queda cancelada. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 21710 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 156-2001-EM/VME Lima, 29 de marzo de 2001 Visto: El Expediente Nº 33008593, organizado por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro - ELECTROCENTRO S.A., sobre renuncia a la autorización de generación de energía eléctrica en la Cen- tral Térmica Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 097-94-EM/ DGE, de fecha 21 de febrero de 1994, se otorgó autorización por tiempo indefinido a ELECTROCENTRO S.A., para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Huánuco con una capacidad instala- da de 6,60 MW, ubicada en el distrito de Amarilis, provin- cia y departamento de Huánuco; Que, cumpliendo con lo previsto en el Artículo 89º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y al amparo de la Ley Nº 26539, ELECTROCENTRO S.A. ha formulado renuncia a la auto- rización a la que se refiere el considerando que antecede, manifestando que tal renuncia no compromete el Servicio Público de Electricidad; Que la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos forma- les, ha verificado que la renuncia no compromete el Servi- cio Público de Electricidad, por lo que ha emitido el Informe Nº 051-2001-EM/DGE, opinando favorablemente por la aceptación de la renuncia formulada; Estando a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acéptase la renuncia formulada por ELEC- TROCENTRO S.A. a la autorización otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 097-94-EM/DGE, la misma que queda cancelada. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 21711 Disponen prepublicar en la página web del Ministerio los proyectos de dispositi- vos legales de carácter general RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2001-EM/SG Lima, 5 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, es pertinente que los proyectos de dispositivos legales de carácter general formulados, por las depen- dencias del Ministerio de Energía y Minas y Organismos Públicos Descentralizados del Sector Energía y Minas, sean previamente puestos en conocimiento de los ciudada- nos con el objeto de armonizar diversos criterios; para lo cual es necesario que dichos proyectos sean prepublica- dos en la Página Web del Ministerio de Energía y Minas, durante diez (10) días calendario, a fin de que todas aquellas personas leyendo la Página Web del MEM, puedan realizar las observaciones y sugerencias perti- nentes; Que, debe entenderse que las normas de carácter gene- ral son aquellas que a partir de cuyo texto no es posible identificar a las personas naturales o jurídicas específicas que deben cumplirlas, o aquellas en cuyo beneficio han sido dictadas, y que dada la naturaleza del dispositivo, su contenido debe ser puesto en conocimiento de todas las personas, pues podría demandar de cualquiera de ellas, el cumplimiento de una obligación o un derecho, o generar otra consecuencia jurídica; De conformidad con el inciso f) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93- EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Disponer que los proyectos de dispo- sitivos legales de carácter general formulados por las dependencias del Ministerio de Energía y Minas y Organis- mos Públicos Descentralizados del Sector Energía y Minas sean necesariamente prepublicados en la Página Web del Ministerio de Energía y Minas, durante diez (10) días calendario. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 21664 MITINCI Declaran infundadas apelaciones inter- puestas contra resoluciones referidas a solicitudes de autorización expresa para explotar máquinas tragamonedas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 085-2001-MITINCI/VMT Lima, 5 de abril del 2001