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Pág. 201287 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de abril de 2001 Artículo 2º.- Vencido el plazo de prórroga otorgado al Banco Continental, sin que se haya efectuado la venta o arrendamiento financiero de los bienes, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que venció el referido plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIENES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES, SO- BRE LOS CUALES SE AUTORIZA AL BANCO CONTINENTAL PRÓ- RROGA PARA ENAJENARLOS, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 215º DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGÁNICA DE LA SUPERINTENDEN- CIA DE BANCA Y SEGUROS FECHA VALOR PRORROGA Inmueble Calle Los Gorriones 130, 28.3.2000 2 263 680,87 28.9.2001 Lotes 2ª y 2B, Mza. C, Urb. La Campiña, distrito de Chorrillos, Lima. Terreno Calle Sinchi Roca s/n Mza. 8, 31.3.2000 2 559,00 30.9.2001 Lote 9, distrito El Porvenir, Trujillo. Terreno Calle Cápac Yupanqui Nº 651, 31.3.2000 2 018,74 30.9.2001 Lote 15, Mza. 24 del sector Río Seco, distrito El Porvenir, Trujillo. Terreno Lote 9, Mza. 24 del sector Río 31.3.2000 1 516,09 30.9.2001 Seco del distrito El Porvenir, Trujillo. Terreno Calle Sinchi Roca Nº 962, Mza. 8, 31.3.2000 2 702,21 30.9.2001 Lote 8 sector Río Seco, distrito El Porvenir, Trujillo. Inmueble Calle Los Morochucos Nº 185, 4.4.2000 742 140,00 4.10.2001 Dptos. 101, 102, 301 y 302, Urb. Santa Constanza, distrito de Surco, Lima. TOTAL: 3 014 616,91 21684 Autorizan al Banco del Trabajo la apertura de agencia en el distrito de Villa El Salvador, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 251-2001 Lima, 30 de marzo de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La comunicación recibida con fecha 27 de marzo de 2001 del Banco del Trabajo, mediante la cual solicita autoriza- ción para la apertura de una agencia ubicada en la Av. Revolución, Sector 2, Grupo 9, Manzana J, Lote 20, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de dicha agencia; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "D", median- te Informe Nº DESF "D"-035-OT/2001; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98;RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco del Trabajo la apertura de una agencia ubicada en la Av. Revolución, Sector 2, Grupo 9, Manzana J, Lote 20, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 21683 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Chincha colocar crédi- tos no pignoraticios RESOLUCIÓN SBS Nº 263-2001 Lima, 6 de abril de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Chincha, para que se le autorice el acceso al módulo de préstamos no pignoraticios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 885-97 de fecha 97.12.17, se autorizó el funcionamiento de la Caja Munici- pal de Ahorro y Crédito de Chincha, para realizar activida- des de acuerdo al Decreto Supremo Nº 157-90-EF; Que, mediante Resolución SBS Nº 0234-2000 de fecha 2000.4.3, se autorizó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha la captación de depósitos de ahorro y plazo, de conformidad con lo previsto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF; Que, el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF, faculta a la Superintendencia de Banca y Seguros a auto- rizar a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito a conce- der créditos a la pequeña empresa y otros tipos de crédito, luego de transcurridos dos años de operaciones realizadas a su satisfacción; Que, la colocación de préstamos no pignoraticios por la Caja Municipal recurrente, beneficiará a la provincia y a la comunidad; Que la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, mediante comunicación de fecha 2000.7.10, ha emitido opinión favorable respecto a la soli- citud planteada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación de Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº DESF "F"-27/OT-2001 de fecha 2001.3.20; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157- 90-EF; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha a colocar créditos no pignora- ticios, de conformidad con lo previsto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF. El otorgamiento de los créditos comerciales, se podrá realizar a partir de los seis (6) meses de expedida la presente resolución. Artículo Segundo.- La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha deberá publicar el texto de la presente Resolución, por una sola vez, en un diario de extensa circulación de la localidad; debiendo a su vez dicha entidad, exhibirla en sus oficinas en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 21660